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6 respuestas

ES UNA INSTANCIA A LA CUAL SE LLEGA PARA HACER LA SUCESIÓN DE LOS VIENES DE UNA PERSONA FALLECIDA A OTRA....PARA PODER HACER ESA CLASE DE SUCESIÓN ENTRE PERSONAS QUE NO ESTÁN DIRECTAMENTE EMPARENTADAS NECESITAN LA EXISTENCIA DE UN TESTAMENTO...........EN MI PAIS ACTUALMENTE LOS TESTAMENTOS NO TIENEN VALIDEZ LEGAL.......

SUERTE!

2006-11-09 15:33:46 · answer #1 · answered by Federico B 3 · 1 0

En pocas palabras que eres la persona que acepta tanto los bienes que pueda dejar el difunto así como sus deudas, así que te recomiendo que si vas a promover un juicio de este tipo solo lo hagas en el caso de recibir bienes porque en el caso de que el difunto tenga deudas también las adquieres, cuidado y asesorate bien.

2006-11-09 23:42:38 · answer #2 · answered by rauleshion 4 · 1 0

Significa que es para saber si el tetamento es verdadero o falso el mismo tiene que tener fecha y lugar donde se realizo, y el cual dice a quien le corresponde cada parte y despues ya entra sucesion.

2006-11-09 23:59:24 · answer #3 · answered by cervezero_08 2 · 0 0

Es un procedimiento judicial en materia Familiar, que consta de cuatro sencillas etapas, en donde inicialmente se traerá la disposición testametaria del Decujus, o sea, del finado; para declarar valido el testamento, y en su caso declarar a los presuntos herederos, quienes en su oportunidad se adjudicarán de los bienes del caudal hereditario.

2006-11-09 23:48:11 · answer #4 · answered by Dikon 2 · 0 0

Un juicio sucesorio es el acatamiento de la voluntad del difunto, en relación al reparto de los bienes ejecutado por el estado en base a un testamento, notariado. Si no hay testamento también habrá juicio, pero esta ves será un reparto equitativo entre los hijos, esposa etc.

2006-11-09 23:48:04 · answer #5 · answered by Amilkar M 7 · 0 0

Con este término se denominan, sobre todo en el léxico propio del notariado, el conjunto de actuaciones recogido en un documento conducente a la determinación de la voluntad del testador; al inventario y evaluación de los bienes y derechos hereditarios; a la averiguación, fijación, valoración y, en su caso, ordenación por rango y vencimiento de las obligaciones pendientes del difunto; al proyecto de liquidación o a la liquidación efectiva de éstas; a la entrega o pago de los legados y mandatos establecidos por el testador; y, por último, a la formación de lotes atribuibles si son varios los herederos designados en el testamento y aceptantes de la herencia. Se trata, en definitiva, de la materialización documental de las diversas fases del iter hereditario llevadas a cabo desde la muerte del causante, hasta la partición. También se distingue con este término el juicio especial, por el cual los jueces y tribunales entienden de las controversias litigiosas que pueden producirse en torno a la sucesión testamentaria, en la que se incluyen, además de las fases enumeradas en el apartado anterior, la capacidad, validez y eficacia del propio testamento; la capacidad específica de los herederos designados; la defensa de los derechos de los herederos forzosos; y cuantas otras afecten al orden sucesorio y sus circunstancias relevantes. Por último, con esta voz se designa también a determinados bienes de un patrimonio subrayando el origen de los mismos.

2006-11-09 23:46:43 · answer #6 · answered by olga2456 1 · 0 0

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