El Fuero del Trabajo (1938) es una de las ocho Leyes Fundamentales del franquismo (Ley Constitutiva de las Cortes -1942-, Fuero de los Españoles -1945-, Ley del Referéndum Nacional -1945-, Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado -1946-, Ley de Principios del Movimiento Nacional -1958- y Ley Orgánica del Estado -1967-), gracias a las cuales se consiguió institucionalizar el régimen franquista. Con esto, Francisco Franco pretendía dar a su dictadura la apariencia de régimen liberal, demostrar al mundo que no era fascista. Muerto ya Franco, se elaboró otra ley más, la Ley para la Reforma Política, que adquirió rango de Ley Fundamental y sirvió de instrumento para llevar a cabo la transición hacia la democracia.
Esta ley fue elaborada antes del fin de la Guerra Civil, si bien es cierto que en el momento de su promulgación los nacionales llevaban una clara ventaja en la contienda; de hecho fue en 1938 cuando Franco creó el Gobierno de la Nación. Este texto es de ideología falangista, familia franquista que tuvo especial influencia en la cuestión laboral y los medios durante la guerra y la dictadura, y entre sus principales puntos se cuentan la regulación de la jornada laboral y del descanso, se crea la Magistratura del Trabajo y así mismo se crean los sindicatos verticales o amarillos, que son aquellos que agrupaban por igual a patronos y obreros, con lo que el acuerdo se hacía imposible.
Ahi te envio un enlace
http://www.arrakis.es/~pacot/rec_pre.htm
Saludos
2006-11-07 04:48:17
·
answer #1
·
answered by NO EXISTO 5
·
0⤊
1⤋
La magistratura del trabajo es la instancia o tribunal que deslinda
procesos y conflictos que se generan en la relación obrero patronal. enjuician y penalizan, como cualquier otro tribunal.
2006-11-07 13:33:56
·
answer #2
·
answered by Amilkar M 7
·
0⤊
1⤋
La Magistratura es para complicar las cosas al trabajador y facilitarlas al empresario.
2006-11-07 13:00:02
·
answer #3
·
answered by Rafael 5
·
0⤊
1⤋
Cuando se produce un despido de personal, antes de finalizar su contrato, porque se hallan producido diversas causas como, retrasos, ausencias, discusiones, etc, se recurre a la Magistratura de Trabajo, para que determine, si el despido es procedente o improcedente. Si sucede que es improcedente, el empresario se encuentra en la obligación de volverle a admitir. Si resulta que es procedente, se tiene que determinar, que dinero le corresponde en concepto de indenización y días trabajados, para que le sean abonados por la empresa, y formalizar los papeles, para la oficina del paro correspondiente.
2006-11-07 12:51:44
·
answer #4
·
answered by Jalysco 4
·
0⤊
1⤋