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6 respuestas

Porque de acuerdo al Código Penal para el Distrito Federal el que incurre en este delito, consistente en alterar un documento oficial, pretende obtener un beneficio o causar un daño.

Para mayor referencia ahí te va:

ARTÍCULO 339. Al que para obtener un beneficio o causar un daño, falsifique o altere un documento público o privado, se le impondrán de tres a seis años de prisión y de cien a mil días multa, tratándose de documentos públicos y de seis meses a tres años de prisión y de cincuenta a quinientos días multa, tratándose de documentos privados.
Las mismas penas se impondrán al que, con los fines a que se refiere el párrafo anterior, haga uso de un documento falso o alterado o haga uso indebido de un documento verdadero, expedido a favor de otro, como si hubiere sido expedido a su nombre, o aproveche indebidamente una firma o rúbrica en blanco.

2006-11-04 06:50:31 · answer #1 · answered by felix c 4 · 0 1

Porque estas robando una identidad, y puede ser utilizada para dañar personas.

2006-11-08 10:41:08 · answer #2 · answered by Rider 6 · 0 0

ES OBVIO////

2006-11-06 17:43:04 · answer #3 · answered by Anonymous · 0 0

nadamas porque estás haciendo algo indevido... suerte!!!

2006-11-04 13:58:21 · answer #4 · answered by eli 3 · 0 0

Vas a tener que cambiarte el nombre despues de esta pregunta, porque de la forma que se te debe haber calentado el cerebro te quedaste sin un pelo. Vos sos de los que falsificaban el boletin de notas de la escuela a tus padres, no!!!!! asi se empieza

2006-11-06 21:02:06 · answer #5 · answered by DARULA 3 · 0 1

delito tipificado en el Còdigo Penal Federal:

LIBRO SEGUNDO


TITULO DECIMO TERCERO FALSEDAD



CAPITULO IV FALSIFICACION DE DOCUMENTOS EN GENERAL



ARTICULO 244
EL DELITO DE FALSIFICACION DE DOCUMENTOS SE COMETE POR ALGUNO DE LOS MEDIOS SIGUIENTES:


I.- PONIENDO UNA FIRMA O RUBRICA FALSA, AUNQUE SEA IMAGINARIA, O ALTERANDO UNA VERDADERA;


II.- APROVECHANDO INDEBIDAMENTE UNA FIRMA O RUBRICA EN BLANCO AJENA, EXTENDIENDO UNA OBLIGACION, LIBERACION O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE PUEDA COMPROMETER LOS BIENES, LA HONRA, LA PERSONA O LA REPUTACION DE OTRO, O CAUSAR UN PERJUICIO A LA SOCIEDAD, AL ESTADO O A UN TERCERO;


III.- ALTERANDO EL CONTEXTO DE UN DOCUMENTO VERDADERO, DESPUES DE CONCLUIDO Y FIRMADO, SI ESTO CAMBIARE SU SENTIDO SOBRE ALGUNA CIRCUNSTANCIA O PUNTO SUBSTANCIAL, YA SE HAGA AÑADIENDO, ENMENDANDO O BORRANDO, EN TODO O EN PARTE, UNA O MAS PALABRAS O CLAUSULAS, O YA VARIANDO LA PUNTUACION;


IV.- VARIANDO LA FECHA O CUALQUIERA OTRA CIRCUNSTANCIA RELATIVA AL TIEMPO DE LA EJECUCION DEL ACTO QUE SE EXPRESE EN EL DOCUMENTO;


V.- ATRIBUYENDOSE EL QUE EXTIENDE EL DOCUMENTO, O ATRIBUYENDO A LA PERSONA EN CUYO NOMBRE LO HACE: UN NOMBRE O UNA INVESTIDURA, CALIDAD O CIRCUNSTANCIA QUE NO TENGA Y QUE SEA NECESARIA PARA LA VALIDEZ DEL ACTO;


VI.- REDACTANDO UN DOCUMENTO EN TERMINOS QUE CAMBIEN LA CONVENCION CELEBRADA EN OTRA DIVERSA EN QUE VARIEN LA DECLARACION O DISPOSICION DEL OTORGANTE, LAS OBLIGACIONES QUE SE PROPUSO CONTRAER, O LOS DERECHOS QUE DEBIO ADQUIRIR;


VII.- AÑADIENDO O ALTERANDO CLAUSULAS O DECLARACIONES, O ASENTANDO COMO CIERTOS HECHOS FALSOS, O COMO CONFESADOS LOS QUE NO LO ESTAN, SI EL DOCUMENTO EN QUE SE ASIENTAN, SE EXTENDIERE PARA HACERLOS CONSTAR Y COMO PRUEBA DE ELLOS;


VIII.- EXPIDIENDO UN TESTIMONIO SUPUESTO DE DOCUMENTOS QUE NO EXISTEN; DANDOLO DE OTRO EXISTENTE QUE CARECE DE LOS REQUISITOS LEGALES, SUPONIENDO FALSAMENTE QUE LOS TIENE; O DE OTRO QUE NO CARECE DE ELLOS, PERO AGREGANDO O SUPRIMIENDO EN LA COPIA ALGO QUE IMPORTE UNA VARIACION SUBSTANCIA, Y


IX.- ALTERANDO UN PERITO TRADUCTOR O PALEOGRAFO EL CONTENIDO DE UN DOCUMENTO, AL TRADUCIRLO O DESCIFRARLO.


X.- ELABORANDO PLACAS, GAFETES, DISTINTIVOS, DOCUMENTOS O CUALQUIER OTRA IDENTIFICACION OFICIAL, SIN CONTAR CON LA AUTORIZACION DE LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE.

2006-11-04 14:51:38 · answer #6 · answered by grammynom 1 · 0 1

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