Se pierde la independencia del poder Judicial, la que es fundamental para poder administrar justicia en forma imparcial y en ausencia de todo tipo de presiones.
El sentido histórico e ideológico del principio de la separación de poderes es evitar la concentración de poder en manos, sobre todo, del titular del ejecutivo, pero también del legislativo, a fin de lograr el respeto a los derechos y libertades de los ciudadanos.
Aparece así la idea del control y la limitación del poder estatal y de los tres poderes, limitándose recíprocamente, nunca entorpeciéndose innecesariamente, constituyendo una garantía frente al absolutismo y la dictadura
Así se tiene al poder legislativo, creador del Derecho, frente a los poderes ejecutivo y judicial, aplicadores del mismo; es decir, imperio de la ley. ¿Habría base en este sistema para un absolutismo del legislativo, una falta de control, y de limitación sobre la creación del Derecho realizada por el Parlamento o poder Legislativo? La respuesta debe ser, evidentemente, negativa: el poder legislativo está limitado por la Constitución y por los Tribunales, ordinarios o especiales según los sistemas, que velan por la garantía de la Constitucionalidad de las leyes. Pero, además, y muy principalmente, el poder legislativo está sujeto a limitaciones y controles de carácter político general derivadas de la organización y el funcionamiento de los sistemas democráticos: así, crítica de la opinión pública, libertad de prensa, libertad de expresión, pluralismo de partidos políticos, respeto a la oposición política institucionalizada, elecciones periódicas y libres, etc., libertades e instituciones que pertenecen todas ellas a la esencia de todo auténtico Estado de Derecho.
La independencia del poder judicial frente a las presiones tanto del legislativo como, sobre todo, del ejecutivo, constituye una pieza insustituible del Estado de Derecho. Requiere este que la Administración de Justicia se realice a través de un sistema procesal regular, ordenado y coherente, un sistema que garantice adecuadamente la seguridad jurídica de todos los ciudadanos. Este punto es, en efecto, central para comprobar si existe o no auténtico Estado de Derecho; así, cuando faltan garantías procesales, cuando los detenidos y procesados no son respetados, cuando hay amplias zonas de la actividad publica a las que injustificadamente no llegan los recursos jurídicos, cuando el poder político se inmiscuye bajo formas diferentes en la actuación de los Tribunales, cuando las jurisdicciones especiales actúan con demasiada frecuencia en sustitución de la jurisdicción ordinaria, etc., puede decirse que no existe en modo alguno Estado de Derecho.
2006-11-02 06:43:39
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answer #1
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answered by roshpi 3
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se pierden los pesos y contrapesos que sostienen al Estado de Derecho, pues no habría independencia entre estos órganos estatales, en una democracia
2006-11-04 01:16:41
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answer #2
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answered by Coco! 5
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Corrupción a la décima potencia. Nadie enjuicia a los corruptos Legisladores. La Cámara Legislativa que se supone es el poder para enjuiciar a los Magistrados, no actúa por estar en mancuernas
2006-11-03 11:59:07
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answer #3
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answered by Amilkar M 7
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Donde ocurre eso, porque lo normal en un estado de derecho es que los poderes tanto ejecutivo,legislativo y judicial, sean absolutamente independientes.
2006-11-02 17:35:28
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answer #4
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answered by Yo Groucho 4
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Existe una concentración de poder y por tanto desaparece la supuesta imparcialidad de la justicia al estar subordinada al poder político. Generalmente se da en dictaduras, como la se dio en la franquista.
2006-11-02 15:16:27
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answer #6
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answered by Francesc B 3
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