Asesorate con un abogado o con alguna institución de gobierno, pues aunque no haya habido matrimonio te corresponde pensión alimenticia para el hijo de ambos, si registró al otro niño como hijo suyo, ahí también estaría obligado a pasar pensión, no te salgas de la casa, ya que una parte le corresponde a su hijo y por consiguiente a tí... en un caso dado que veas que peligra tu integridad física, creo que vale la pena dejar esa casa, ya que es preferible rentar un cuartito que estar en lugar infernal con alguien que no te respeta. Enfócate a sacarle la mayor pesión posible y llévate documentos en donde conste donde trabaja y cuánto ingresa al mes, ya que el abogado los va anecesitar para reclamar tus pensiones. Suerte
2006-10-30 12:11:36
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answer #1
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answered by AZUL CELESTE 4
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Ve a un centro de apoyo para solicitar opension alimenticia y en su caso el derecho a quedarte con la casa por el hijo que tienes de el
2006-10-31 13:10:27
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answer #2
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answered by Anonymous
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hola como andas, en la convivencia sola sin matrimonio no tenes casi ningun derecho. obviamente de los bienes no te corresponde nada. es una sociedad de echo cada uno se lleva lo que tiene a su nombre y listo. en cuanto a que tenes un hijo con el tenes que entablar una demanda por alimentos del menor si qures puedo ayudarte soy abogado especialista en familia. diegogvillamayor@yahoo.com.ar o @hotmail.com
besos
2006-10-31 08:15:55
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answer #3
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answered by Dr. Diego V. 4
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Tenes que comprobar por medio de una declaracion antes un Juez de Paz tu convivencia y te encuandran en concubinato, te corresponde y tenes lo mismo derechos que si estuvieras casada, tal cual, no se donde vivis pero en cualquier tribunal del menor y de la familia te van a asesorar. Suerte!!!
2006-10-30 20:46:25
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answer #4
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answered by juana r 7
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Si tu hijo esta registrado con su apellido y aparece como padre lo menos que puedes pelear es la pensión alimenticia y los gastos del niño hasta que termine sus estudios
2006-10-30 20:44:38
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answer #5
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answered by Vitoque 6
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Por el hijo que tuviste con esa persona te corresponde que te de una pension alimenticia para el menor, fuera de eso, nadams, si adquirieron algun inmueble y lo puso a nombre de los dos, entonces te correspónde el 50% de todo lo que hayan adquirido juntos y que este a nombre de los dos, cuando el fallezca, tu hijo podra reclamar la parte de la herencia que le corresponda, solo eso, a menos que me des mas datos, si te puedo ayudar, soy abogado................
2006-10-30 20:27:35
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answer #6
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answered by lucastelo 6
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*Esto es solo para caso de concubinato
Si acreditas la convivencia (con testigos), otra "prueba" es el acta de tu hija imagino que él al reconocio como su hija, puedes lograr una pension alimenticia para ti y para la hija de él. En cuanto a los bienes mira el concubinato no esta igualmente protegido que el matrimonio en donde los bienes si se repaten al 50%.
Consulta con un abogado, te doy la dirección de la Barra Nacional de Abogados.Calle: Concepción Beistegui No. 515, Colonia del Valle, Delegación Benito Juárez, México Distrito Federal, tambien la UNAM en la Facultad de Derecho brindan asesoria gratuita.
Nota. En otros paises pues supongo que existe algun tipo de ayuda, solo te hablo de Mexico.
****Se reitera: para que exista concubinato es indispensable que los que por esta relación se unen se conserven libres de matrimonio o de otro concubinato, como lo indica el concepto genérico de esta unión.*****
2006-10-30 20:24:03
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answer #7
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answered by Anonymous
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te corresponde lo mismo que si estuvieras casada con él legalmente, siempre y cuando tengas testigos de tu convivencia. Además del domicilio en la misma dirección, declarado en el documento. Hasta las docentes de tu hijo con él pueden ser testigos si compartieron ambos alguna experiencia escolar.
Hay abogados ad honoren en las municipales, que trabajan donde esté el juez de faltas de tu localidad. Consultalos y mucha suerte. Después de cinco años de convivencia tenés los mismos derechos que una esposa legal. Y aún más con un hijo. Lleva su apellido? No te vayas de su casa porque eso juega en tu contra, es abandono de hogar y lo puede usar a su favor hasta para la tenencia de tu hijo.
2006-10-30 20:12:32
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answer #8
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answered by anfi 1
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Si estás en Argentina, te corresponde lo mismo que a una casada, esta ley se implementó en el gobierno de Alfonsín. Consultá con un abogado.
Suerte
2006-10-30 20:10:56
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answer #9
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answered by sinnick 6
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Hazte la pregunta a la inversa, que le darias a el por darte 20 años de su vida; y hallaras la respuesta.
2006-10-30 20:09:00
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answer #10
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answered by walter E 1
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