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estoy escribiendo una novela y necesito información de la inquisición de la nueva españa.

2006-10-28 15:42:05 · 6 respuestas · pregunta de Anonymous en Arte y humanidades Historia

6 respuestas

El término Inquisición (latin: Inquisitio Haereticae Pravitatis Sanctum Officium) hace referencia a varias instituciones dedicadas a la supresión de la herejía en el seno de la Iglesia Católica. La Inquisición medieval, de la que derivan todas las demás, fue fundada en 1184 en la zona de Languedoc (en el sur de Francia) para combatir la herejía de los cátaros o albigenses. En la Edad Moderna surgieron la Inquisición española (1478 - 1834), bajo control directo de la monarquía hispánica, cuyo ámbito de acción se extendió después a América; la Inquisición portuguesa (1536 - 1821) y la Inquisición romana (desde 1542 hasta la actualidad).

La Inquisición Española fue creada en 1478 por una bula papal con la finalidad de combatir las prácticas judaizantes de los judeoconversos españoles. A diferencia de la Inquisición medieval, dependía directamente de la corona española. Se implantó en todos los reinos de España, en Sicilia y Cerdeña (que entonces formaban parte de de la Corona de Aragón) y en los territorios de América (hubo tribunales de la Inquisición en México, Lima y Cartagena de Indias. La Inquisición se convirtió en la única institución común a todos los españoles, con excepción de la propia Corona, a quien servía como instrumento del poder real: era un organismo policial interestatal, capaz de actuar a ambos lados de las fronteras entre las coronas de Castilla y Aragón, mientras que los agentes ordinarios de la Corona no podían rebasar los límites jurisdicionales de sus respectivos reinos.
Historia
La historia de la Inquisición española puede resumirse en las siguientes etapas:

Fundación (1478 a 1530): gran actividad. Objetivo principal: los conversos y otros herejes, los focos protestantes de la Universidad de Alcalá de Henares y de Sevilla. Periodo de severas penas.
Decaída (1530 a 1640). La actividad del tribunal fue menor, salvo un pequeño rebrote durante el reinado de Felipe II. El Santo Oficio se hizo más burocrático. El objetivo principal en esta época fueron los cristianos nuevos y la censura de libros a causa de la represión ideológica derivada del Concilio de Trento. Empezó una represión contra los erasmistas (Carlos I era erasmista). La falta de reos hizo a los inquisidores extender su jurisdicción a causas relativas a sodomía y se encargó de vigilar estrechamente las actividades de los extranjeros relacionadas con delitos ideológicos y de fe.
Rebrote (1640 a 1660). Se reinició la actividad, principalmente sobre conversos o cristianos nuevos.
Disolución (1668 a 1820): inactividad cada vez mayor. El tribunal se limitó a coartar la libertad de expresión y a impedir la propagación de las ideas ilustradas o excesivamente progresistas. El maestro valenciano Cayetano Ripoll fue el último condenado a muerte por el tribunal.
La Inquisición española no fue abolida definitivamente hasta 1820, aunque pudo tener alguna vigencia todavía en los territorios dominados por los carlistas, que propugnaban su reimplantación.
Organización
La Inquisición española estaba dirigida por el Consejo de la Suprema, que elaboraba instrucciones para los tribunales, examinaba informes de las vistas, ordenaba inspecciones, revisaba causas, y actuaba como tribunal para los miembros del Santo Oficio que hubiesen cometido algún crimen. Su presidente era el Inquisidor general. Los demás eran prelados, letrados e inquisidores provinciales designados por el rey.

Los tribunales que juzgaban a los reos estaban formados por tres inquisidores, la gran mayoría clérigos seculares con sesuda formación jurídica, además de otros funcionarios como fiscales, secretarios, alguaciles, notarios e incluso la oscura figura de un defensor del reo, cuyo papel se limitaba por lo general a asesorar a éste en cuestiones de procedimiento.

Colaboraban también en la actividad inquisitorial los familiares, servidores laicos del Santo Oficio que tenían ciertos privilegios (estaban exentos de contribuciones fiscales, podían ir armados y poseían privilegio de jurisdicción) y cuyo prestigio social venía del hecho de que ser familiar del Santo Oficio era una prueba de limpieza de sangre.

Proceso penal
Al llegar a una población se proclamaban dos edictos, el "edicto de fe", obliga a los fieles, bajo pena de excomunión, a denunciar a los herejes y cómplices, y el "edicto de gracia", en que el hereje, en un plazo de quince a treinta días, podía confesar su culpa sin que se le aplicase la confiscación de sus bienes, la prisión perpetua ni la pena de muerte. Esto provocaba autoinculpaciones, pero también numerosas delaciones, protegidas por el anonimato. Los denunciados no conocían en ningún momento de qué se les acusaba. El secreto sumarial con que el Santo Oficio llevaba sus procesos, con el fin de evitar represalias, provocaba un gran temor en la población y convertía a cualquier ciudadano en un posible delator o colaborador del tribunal. Por otra parte, los acusados tienen derecho a proporcionar previamente el nombre de los que tendrían un motivo para perjudicarles, lo que constituye un modo de recusar su denuncia. En caso de falso testimonio, la sanción equivale al castigo previsto para el acusado. El primer interrogatorio tiene lugar en presencia de un jurado local constituido por clérigos y laicos cuya opinión se escucha antes de promulgar la sentencia. Con el fin de evitar represalias, el nombre de los acusadores es secreto, pero el inquisidor debe comunicarlo a los asesores del juicio que deben controlar e investigar la veracidad de las acusaciones. Si el acusado mantiene sus negativas, sufre un interrogatorio completo cuyo fin es el de recibir su confesión. En 1235, el concilio regional de Narbona pide que la condenación sea decidida exclusivamente a la vista de pruebas irrefutables bajo el pensamiento que más vale soltar a un culpable que condenar a un inocente.

El detenido era encarcelado en una cárcel especial. Se secuestraban sus bienes para su mantenimiento y los gastos de su proceso. Incomunicado, el reo ignoraba a menudo por completo los cargos que se le imputaban. El proceso consistía en una serie de audiencias en que se escuchaba a los denunciantes y al acusado. Este último contaba con un abogado defensor, que no la defendía sino meramente le amonestaba a que confesase sus culpas o le asesoraba en cuestiones de procedimiento. Para obtener la confesión se podía utilizar la coacción; ya sea mediante la prolongación de la prisión(carcer durus), ya sea por la privación de alimentos, o bien, en útlimo lugar, por la tortura. Durante mucho tiempo la iglesia fue hostil a ello. En 886, el papa Nicolás I declaraba que este método "no era admitido ni por las leyes humanas ni por las leyes divinas, pues la confesión debe ser espontánea". En el siglo XII, el decreto de Graciano, una recopilación de derecho canónico, repite esta condena. Pero en el siglo XIII, el desarrollo del derecho romano provoca el restablecimiento de la tortura en la justicia civil. En 1252, Inocencio IV autoriza su uso por los tribunales eclesiásticos, con condiciones muy concretas no existentes en los tribunales civiles: la víctima no debe correr riesgo ni de mutilación ni de muerte; el obispo del lugar debe dar su consentimiento; y la confesión obtenida debe ser reiterada libremente para ser válida.

Al final, y después de consultar al jurado, el proceso podía terminar con la libre absolución (en pocos casos), con la suspensión del proceso o con una condena. La condena podía ser leve o vehemente. En el primer caso el castigo podía ser una multa, una reprensión y llevar un sambenito para que la gente supiese que había sido penitenciado por el Santo Oficio y prestase atención a lo que decía por si volvía a cometer herejía En el segundo caso, era, según la fórmula, "relajado al brazo secular", esto es, entregado a la jurisdicción ordinaria para su ejecución. Si el reo a ajusticiar se arrepentía, se le ahorcaba (baja condición social) o se le degollaba (alta condición social); si no abjuraba de sus errores, se le quemaba vivo. Los procesos podían hacerse también en ausencia del reo, de forma que si se sentenciaba al mismo a la máxima pena, se les podía quemar en efigie, en forma de un muñeco con sus rasgos. Si el reo había muerto ya, se desenterraban sus huesos y se quemaban. Eso pasó, por ejemplo, con los padres del humanista Juan Luis Vives.

Las ejecuciones se realizaban en los autos de fe, actos públicos en los que se buscaba la ejemplaridad del castigo y que terminaron convirtiéndose en aparatosos festejos.

2006-10-28 15:44:20 · answer #1 · answered by Darío B 6 · 0 0

Inquisición, institución judicial creada por el pontificado en la edad media, con la misión de localizar, procesar y sentenciar a las personas culpables de herejía. En la Iglesia primitiva la pena habitual por herejía era la excomunión. Con el reconocimiento del cristianismo como religión estatal en el siglo IV por los emperadores romanos, los herejes empezaron a ser considerados enemigos del Estado, sobre todo cuando habían provocado violencia y alteraciones del orden público. San Agustín aprobó con reservas la acción del Estado contra los herejes, aunque la Iglesia en general desaprobó la coacción y los castigos físicos.



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Orígenes

En el siglo XII, en respuesta al resurgimiento de la herejía de forma organizada, se produjo en el sur de Francia un cambio de opinión dirigida de forma destacada contra la doctrina albigense. La doctrina y práctica albigense parecían nocivas respecto al matrimonio y otras instituciones de la sociedad y, tras los más débiles esfuerzos de sus predecesores, el papa Inocencio III organizó una cruzada contra esta comunidad. Promulgó una legislación punitiva contra sus componentes y envió predicadores a la zona. Sin embargo, los diversos intentos destinados a someter la herejía no estuvieron bien coordinados y fueron relativamente ineficaces.

La Inquisición en sí no se constituyó hasta 1231, con los estatutos Excommunicamus del papa Gregorio IX. Con ellos el papa redujo la responsabilidad de los obispos en materia de ortodoxia, sometió a los inquisidores bajo la jurisdicción del pontificado, y estableció severos castigos. El cargo de inquisidor fue confiado casi en exclusiva a los franciscanos y a los dominicos, a causa de su mejor preparación teológica y su supuesto rechazo de las ambiciones mundanas. Al poner bajo dirección pontificia la persecución de los herejes, Gregorio IX actuaba en parte movido por el miedo a que Federico II, emperador del Sacro Imperio Romano, tomara la iniciativa y la utilizara con objetivos políticos. Restringida en principio a Alemania y Aragón, la nueva institución entró enseguida en vigor en el conjunto de la Iglesia, aunque no funcionara por entero o lo hiciera de forma muy limitada en muchas regiones de Europa.

Dos inquisidores con la misma autoridad --nombrados directamente por el Papa-- eran los responsables de cada tribunal, con la ayuda de asistentes, notarios, policía y asesores. Los inquisidores fueron figuras que disponían de imponentes potestades, porque podían excomulgar incluso a príncipes. En estas circunstancias sorprende que los inquisidores tuvieran fama de justos y misericordiosos entre sus contemporáneos. Sin embargo, algunos de ellos fueron acusados de crueldad y de otros abusos.



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Procedimientos

Los inquisidores se establecían por un periodo definido de semanas o meses en alguna plaza central, desde donde promulgaban órdenes solicitando que todo culpable de herejía se presentara por propia iniciativa. Los inquisidores podían entablar pleito contra cualquier persona sospechosa. A quienes se presentaban por propia voluntad y confesaban su herejía, se les imponía penas menores que a los que había que juzgar y condenar. Se concedía un periodo de gracia de un mes más o menos para realizar esta confesión espontánea; el verdadero proceso comenzaba después.

Si los inquisidores decidían procesar a una persona sospechosa de herejía, el prelado del sospechoso publicaba el requerimiento judicial. La policía inquisitorial buscaba a aquellos que se negaban a obedecer los requerimientos, y no se les concedía derecho de asilo. Los acusados recibían una declaración de cargos contra ellos. Durante algunos años se ocultó el nombre de los acusadores, pero el papa Bonifacio VIII abrogó esta práctica. Los acusados estaban obligados bajo juramento a responder de todos los cargos que existían contra ellos, convirtiéndose así en sus propios acusadores. El testimonio de dos testigos se consideraba por lo general prueba de culpabilidad.

Los inquisidores contaban con una especie de consejo, formado por clérigos y laicos, para que les ayudaran a dictar un veredicto. Les estaba permitido encarcelar testigos sobre los que recayera la sospecha de que estaban mintiendo. En 1252 el papa Inocencio IV, bajo la influencia del renacimiento del Derecho romano, autorizó la práctica de la tortura para extraer la verdad de los sospechosos. Hasta entonces este procedimiento había sido ajeno a la tradición canónica.

Los castigos y sentencias para los que confesaban o eran declarados culpables se pronunciaban al mismo tiempo en una ceremonia pública al final de todo el proceso. Era el sermo generalis o auto de fe. Los castigos podían consistir en una peregrinación, un suplicio público, una multa o cargar con una cruz. Las dos lengüetas de tela roja cosidas en el exterior de la ropa señalaban a los que habían hecho falsas acusaciones. En los casos más graves las penas eran la confiscación de propiedades o el encarcelamiento. La pena más severa que los inquisidores podían imponer era la de prisión perpetua. De esta forma la entrega por los inquisidores de un reo a las autoridades civiles, equivalía a solicitar la ejecución de esa persona.

Aunque en sus comienzos la Inquisición dedicó más atención a los albigenses y en menor grado a los valdenses, sus actividades se ampliaron a otros grupos heterodoxos, como la Hermandad, y más tarde a los llamados brujas y adivinos. Una vez que los albigenses estuvieron bajo control, la actividad de la Inquisición disminuyó, y a finales del siglo XIV y durante el siglo XV se supo poco de ella. Sin embargo, a finales de la edad media los príncipes seculares utilizaron modelos represivos que respondían a los de la Inquisición.

Inquisición española

Diferente también de la Inquisición medieval, la Inquisición española se fundó con aprobación papal en 1478, a propuesta del rey Fernando V y la reina Isabel I. Esta Inquisición se iba a ocupar del problema de los llamados marranos, los judíos que por coerción o por presión social se habían convertido al cristianismo; después de 1502 centró su atención en los conversos del mismo tipo del Islam, y en la década de 1520 a los sospechosos de apoyar las tesis del protestantismo. A los pocos años de la fundación de la Inquisición, el papado renunció en la práctica a su supervisión en favor de los soberanos españoles. De esta forma la Inquisición española se convirtió en un instrumento en manos del Estado más que de la Iglesia, aunque los eclesiásticos, y de forma destacada los dominicos, actuaran siempre como sus funcionarios.

La Inquisición española estuvo dirigida por el Consejo de la Suprema Inquisición, pero sus procedimientos fueron similares a los de su réplica medieval. Con el tiempo se convirtió en un tema popular, en especial en las zonas protestantes, por su crueldad y oscurantismo, aunque sus métodos fueran parecidos a los de instituciones similares en otros países católicos romanos y protestantes de Europa. Sin embargo, su superior organización y la consistencia del apoyo que recibía de los monarcas españoles, descollando Felipe II, hicieron que tuviera un mayor impacto en la religión, la política o la cultura que las instituciones paralelas de otros países. Esta eficacia y el apoyo político permitieron a Tomás de Torquemada, el primero y más notable gran inquisidor, ejecutar por miles a supuestos herejes.

El gran inquisidor y su tribunal tenían jurisdicción sobre los tribunales locales de virreinatos como México y Perú, donde estuvieron más ocupados con la hechicería que con la herejía. El emperador Carlos V introdujo la Inquisición en los Países Bajos en 1522, pero no consiguió acabar con el protestantismo. Se estableció en Sicilia en 1517, aunque no lo pudo hacer en Nápoles y Milán. Los historiadores han señalado que muchos territorios protestantes tenían instituciones tan represivas como la Inquisición española, por ejemplo el consistorio de Ginebra en tiempos del reformador francés Juan Calvino. La Inquisición quedó al fin suprimida en España en 1843, tras un primer intento, fallido, de los liberales en las Cortes de Cádiz, en 1812.

2006-10-29 09:14:49 · answer #2 · answered by salus 4 · 0 0

Inquisición
El término Inquisición (latin: Inquisitio Haereticae Pravitatis Sanctum Officium) hace referencia a varias instituciones dedicadas a la supresión de la herejía en el seno de la Iglesia Católica. La Inquisición medieval, de la que derivan todas las demás, fue fundada en 1184 en la zona de Languedoc (en el sur de Francia) para combatir la herejía de los cátaros o albigenses. En la Edad Moderna surgieron la Inquisición española (1478 - 1834), bajo control directo de la monarquía hispánica, cuyo ámbito de acción se extendió después a América; la Inquisición portuguesa (1536 - 1821) y la Inquisición romana (desde 1542 hasta la actualidad).
Origen
En los inicios de la Iglesia la pena habitual por herejía era la excomunión. Cuando los emperadores romanos convierten el cristianismo en religión estatal en el siglo IV, los herejes empiezan a considerarse enemigos del Estado. En su momento San Agustín aprobó con reservas la acción del Estado contra los herejes, aunque la Iglesia en general desaprobaba en ese momento los castigos físicos.
En el siglo XII, en respuesta al resurgimiento de la herejía de forma organizada, se produce en el sur de Francia un cambio de opinión dirigida contra la doctrina albigense, la cual no coincidía con los puntos de vista de la iglesia en relación al matrimonio y otras instituciones de la sociedad. Como reacción el papa Inocencio III organiza una cruzada contra los albigenses promulgando una legislación punitiva contra ellos. Sin embargo, los esfuerzos iniciales destinados a someter la herejía no estuvieron bien coordinados y fueron ineficaces.
Historia
La Inquisición medieval
Aunque el procedimiento inquisitorial como medio para combatir la herejía es una práctica antigua de la Iglesia católica, la Inquisición medieval fue establecida en 1184 mediante la bula del papa Lucio III Ad abolendam, como un instrumento para acabar con la herejía cátara. Fue el embrión del cual nacería el Tribunal de la Santa Inquisición y del Santo Oficio. El castigo físico a los herejes fue asignado a los laicos. Mediante esta bula, se exigía a los obispos que interviniesen activamente para extirpar la herejía y se les otorgaba la potestad de juzgar y condenar a los herejes de su diócesis.
A las anteriores disposiciones [...] agregamos el que cualquier arzobispo u obispo, por sí o por su archidiácono o por otras personas honestas e idóneas, una o dos veces al año, inspeccione las parroquias en las que se sospeche que habitan herejes; y allí obligue a tres o más varones de buena fama, o si pareciese necesario a toda la vecindad, a que bajo juramento indiquen al obispo o al archidiácono si conocen allí herejes, o a algunos que celebren reuniones ocultas o se aparten de la vida, las costumbres o el trato común de los fieles.[1]
En su primera etapa (hasta 1230), se denomina "Inquisición episcopal", porque no dependía de una autoridad central, sino que era administrada por los obispos locales. En 1231, ante el fracaso de la Inquisición episcopal, Gregorio IX, mediante la bula Excommunicamus, creó la "Inquisición pontificia", dirigida directamente por el Papa y dominada por los dominicos. En 1252, el papa Inocencio IV en la bula Ad extirpanda autorizó el uso de la tortura para obtener la confesión de los reos. En ningún caso podía mutilarse al reo ni poner en peligro su vida. Las penas eran variables. Los herejes relapsos eran entregados al brazo secular para la ejecución de la pena de muerte.
La Inquisición pontificia funcionó sobre todo en el sur de Francia y en el norte de Italia. En España, existió en la Corona de Aragón, pero no en la de Castilla.
Texto de Erasmo de Rotterdam tachado por la Inquisición
Inquisición española
Artículo principal: Inquisición española
La Inquisición Española fue creada en 1478 por una bula papal con la finalidad de combatir las prácticas judaizantes de los judeoconversos españoles. A diferencia de la Inquisición medieval, dependía directamente de la corona española. Se implantó en todos los reinos de España, en Sicilia y Cerdeña (que entonces formaban parte de de la Corona de Aragón) y en los territorios de América (hubo tribunales de la Inquisición en México, Lima y Cartagena de Indias. La Inquisición se convirtió en la única institución común a todos los españoles, con excepción de la propia Corona, a quien servía como instrumento del poder real: era un organismo policial interestatal, capaz de actuar a ambos lados de las fronteras entre las coronas de Castilla y Aragón, mientras que los agentes ordinarios de la Corona no podían rebasar los límites jurisdicionales de sus respectivos reinos.
Historia
La historia de la Inquisición española puede resumirse en las siguientes etapas:
Fundación (1478 a 1530): gran actividad. Objetivo principal: los conversos y otros herejes, los focos protestantes de la Universidad de Alcalá de Henares y de Sevilla. Periodo de severas penas.
Decaída (1530 a 1640). La actividad del tribunal fue menor, salvo un pequeño rebrote durante el reinado de Felipe II. El Santo Oficio se hizo más burocrático. El objetivo principal en esta época fueron los cristianos nuevos y la censura de libros a causa de la represión ideológica derivada del Concilio de Trento. Empezó una represión contra los erasmistas (Carlos I era erasmista). La falta de reos hizo a los inquisidores extender su jurisdicción a causas relativas a sodomía y se encargó de vigilar estrechamente las actividades de los extranjeros relacionadas con delitos ideológicos y de fe.
Rebrote (1640 a 1660). Se reinició la actividad, principalmente sobre conversos o cristianos nuevos.
Disolución (1668 a 1820): inactividad cada vez mayor. El tribunal se limitó a coartar la libertad de expresión y a impedir la propagación de las ideas ilustradas o excesivamente progresistas. El maestro valenciano Cayetano Ripoll fue el último condenado a muerte por el tribunal.
La Inquisición española no fue abolida definitivamente hasta 1820, aunque pudo tener alguna vigencia todavía en los territorios dominados por los carlistas, que propugnaban su reimplantación.
Organización
La Inquisición española estaba dirigida por el Consejo de la Suprema, que elaboraba instrucciones para los tribunales, examinaba informes de las vistas, ordenaba inspecciones, revisaba causas, y actuaba como tribunal para los miembros del Santo Oficio que hubiesen cometido algún crimen. Su presidente era el Inquisidor general. Los demás eran prelados, letrados e inquisidores provinciales designados por el rey.
Los tribunales que juzgaban a los reos estaban formados por tres inquisidores, la gran mayoría clérigos seculares con sesuda formación jurídica, además de otros funcionarios como fiscales, secretarios, alguaciles, notarios e incluso la oscura figura de un defensor del reo, cuyo papel se limitaba por lo general a asesorar a éste en cuestiones de procedimiento.
Colaboraban también en la actividad inquisitorial los familiares, servidores laicos del Santo Oficio que tenían ciertos privilegios (estaban exentos de contribuciones fiscales, podían ir armados y poseían privilegio de jurisdicción) y cuyo prestigio social venía del hecho de que ser familiar del Santo Oficio era una prueba de limpieza de sangre.
Proceso penal
Al llegar a una población se proclamaban dos edictos, el "edicto de fe", obliga a los fieles, bajo pena de excomunión, a denunciar a los herejes y cómplices, y el "edicto de gracia", en que el hereje, en un plazo de quince a treinta días, podía confesar su culpa sin que se le aplicase la confiscación de sus bienes, la prisión perpetua ni la pena de muerte. Esto provocaba autoinculpaciones, pero también numerosas delaciones, protegidas por el anonimato. Los denunciados no conocían en ningún momento de qué se les acusaba. El secreto sumarial con que el Santo Oficio llevaba sus procesos, con el fin de evitar represalias, provocaba un gran temor en la población y convertía a cualquier ciudadano en un posible delator o colaborador del tribunal. Por otra parte, los acusados tienen derecho a proporcionar previamente el nombre de los que tendrían un motivo para perjudicarles, lo que constituye un modo de recusar su denuncia. En caso de falso testimonio, la sanción equivale al castigo previsto para el acusado. El primer interrogatorio tiene lugar en presencia de un jurado local constituido por clérigos y laicos cuya opinión se escucha antes de promulgar la sentencia. Con el fin de evitar represalias, el nombre de los acusadores es secreto, pero el inquisidor debe comunicarlo a los asesores del juicio que deben controlar e investigar la veracidad de las acusaciones. Si el acusado mantiene sus negativas, sufre un interrogatorio completo cuyo fin es el de recibir su confesión. En 1235, el concilio regional de Narbona pide que la condenación sea decidida exclusivamente a la vista de pruebas irrefutables bajo el pensamiento que más vale soltar a un culpable que condenar a un inocente.
El detenido era encarcelado en una cárcel especial. Se secuestraban sus bienes para su mantenimiento y los gastos de su proceso. Incomunicado, el reo ignoraba a menudo por completo los cargos que se le imputaban. El proceso consistía en una serie de audiencias en que se escuchaba a los denunciantes y al acusado. Este último contaba con un abogado defensor, que no la defendía sino meramente le amonestaba a que confesase sus culpas o le asesoraba en cuestiones de procedimiento. Para obtener la confesión se podía utilizar la coacción; ya sea mediante la prolongación de la prisión(carcer durus), ya sea por la privación de alimentos, o bien, en útlimo lugar, por la tortura. Durante mucho tiempo la iglesia fue hostil a ello. En 886, el papa Nicolás I declaraba que este método "no era admitido ni por las leyes humanas ni por las leyes divinas, pues la confesión debe ser espontánea". En el siglo XII, el decreto de Graciano, una recopilación de derecho canónico, repite esta condena. Pero en el siglo XIII, el desarrollo del derecho romano provoca el restablecimiento de la tortura en la justicia civil. En 1252, Inocencio IV autoriza su uso por los tribunales eclesiásticos, con condiciones muy concretas no existentes en los tribunales civiles: la víctima no debe correr riesgo ni de mutilación ni de muerte; el obispo del lugar debe dar su consentimiento; y la confesión obtenida debe ser reiterada libremente para ser válida.
Al final, y después de consultar al jurado, el proceso podía terminar con la libre absolución (en pocos casos), con la suspensión del proceso o con una condena. La condena podía ser leve o vehemente. En el primer caso el castigo podía ser una multa, una reprensión y llevar un sambenito para que la gente supiese que había sido penitenciado por el Santo Oficio y prestase atención a lo que decía por si volvía a cometer herejía En el segundo caso, era, según la fórmula, "relajado al brazo secular", esto es, entregado a la jurisdicción ordinaria para su ejecución. Si el reo a ajusticiar se arrepentía, se le ahorcaba (baja condición social) o se le degollaba (alta condición social); si no abjuraba de sus errores, se le quemaba vivo. Los procesos podían hacerse también en ausencia del reo, de forma que si se sentenciaba al mismo a la máxima pena, se les podía quemar en efigie, en forma de un muñeco con sus rasgos. Si el reo había muerto ya, se desenterraban sus huesos y se quemaban. Eso pasó, por ejemplo, con los padres del humanista Juan Luis Vives.
Las ejecuciones se realizaban en los autos de fe, actos públicos en los que se buscaba la ejemplaridad del castigo y que terminaron convirtiéndose en aparatosos festejos.
Inquisición romana
La Inquisición romana, también llamada Congregación del Santo Oficio, fue creada en 1542, ante la amenaza del protestantismo, por el Papa Pablo III. Se trataba de un organismo bastante diferente de la Inquisición medieval, ya que era una congregación permantente de cardenales y otros prelados que no dependía del control episcopal. Su ámbito de acción se extendía a toda la Iglesia Católica. Su principal tarea fue mantener y defender la integridad de la fe, y examinar y proscribir los errores y falsas doctrinas.
Al comienzo, la actividad de la Inquisición romana se restringió a Italia, pero cuando Gian Pietro Caraffa fue elegido Papa, como Pablo IV, en 1555, comenzó a perseguir a numerosos sospechosos de heterodoxia, entre los que se encontraban varios miembros de la jerarquía eclesiástica, como el cardenal inglés Reginald Pole.
En 1600 fue juzgado, condenado y ejecutado el filósofo Giordano Bruno. En 1633 fue procesado y condenado Galileo Galilei.
En 1965 el papa Pablo VI reorganizó el Santo Oficio, denominándolo Congregación para la Doctrina de la Fe.
Inquisición portuguesa
En Portugal, donde se habían refugiado numerosos judíos españoles luego de la expulsión de 1492, el rey Manuel I, presionado por sus suegros, los Reyes Católicos, decretó la expulsión de los judíos que no se convirtieran al cristianismo en 1497. Esto produjo numerosas conversiones al catolicismo.
La Inquisición portuguesa fue establecida en Portugal en 1536 por el rey Juan III. En un principio, la Inquisición portuguesa estaba bajo la autoridad del papa, pero en 1539, el rey nombró inquisidor mayor a su propio hermano, Don Enrique. Finalmente, en 1547, el papa terminó aceptando que la Inquisición dependiese de la corona portuguesa.
El primer auto de fe tuvo lugar en Lisboa el 20 de septiembre de 1540.
En 1560 se estableció un tribunal de la Inquisición en Goa.
La Inquisición portuguesa fue abolida por las Cortes Generales en 1821.
Inquisición y brujería
Recientemente se publicó "Las actas del simposio internacional: La inquisición", gracias a la apertura de los archivos secretos de la Congregación para la Doctrina de la Fe (el antiguo Santo Oficio) ordenada por Juan Pablo II en 1998. En estas actas se recogen toda la documentación sobre los procesos inquisitoriales en la Europa católica donde regía el Vaticano en el campo espiritual. Desmitifíca una parte del genocidio en países como España por brujería, exagerados por la exitosa campaña protestante (ver Leyenda Negra de la Inquisición Española) para mejorar su oposición al Imperio Español de la época.
Primero habría que comentar que se inició como un fenómeno popular, la aparición de la figura de la bruja poseída por el diablo, y así se irían ajusticiando por la población local. En 1484, cuando Inocencio VIII da por oficial la existencia de la brujería por medio de la bula Summis desideratis affectibus:
Ha llegado a nuestros oídos que gran número de personas de ambos sexos no evitan el fornicar con los demonios, íncubos y súcubos; y que mediante sus brujerías, hechizos y conjuros, sofocan, extinguen y hacen perecer la fecundidad de las mujeres, la propagación de los animales, la mies de la tierra.
Características
En la Europa central, se vio especialmente agravada por varios motivos:
La difusión de la imprenta con la enorme difusión de obras como La Divina Comedia, en los años posteriores a la peste negra donde se hablaba de los suplicios del infierno, el teatro donde se puso de moda incluir al diablo y sus acólitos en sus representaciones.
Las tensiones religiosas, sobre todo en zonas afectadas por el Reformismo, la Guerra de los treinta años, la revuelta de los Países Bajos, el anglicismo, las herejías albigense y cátara.
Entonces se puede hablar de dos regiones diferenciadas según la fuerza de la brujería:
Alemania, Suiza, la región del Jura, los Países Bajos españoles, Francia e Inglaterra, donde hubo una brutalidad excepcional
Los países nórdicos, orientales y mediterráneos especialmente, la caza de brujas fue algo tardío, sin fuerza y poco importante demográficamente.
Brujería en España
En España, durante los tres siglos que dura especialmente, prácticamente la mayoría de los casos se someten al proceso de la Inquisición local de forma regulada y documentada. Aunque sería el último país en abandonar la cruel figura de la Inquisición, ya hacía mucho tiempo que no ejecutaba a muerte a supuestas brujas; se ejecuta a la última en 1611, la adolescente catalana Magdalena Duer. Los últimos casos son en uno de los cantones suizos con Anne Goldin en Glarus, 1782 (es la última ejecución en Europa occidental) o en Polonia en 1793.
Además en el caso español a diferencia de otros países europeos como Alemania o Reino Unido, los juicios por brujería de la Inquisición eran juicios con un proceso legal, documentados y organizados por el estado aunque todos los países usaron la tortura como medio habitual. La pena más común era la abjuración de levi, con destierro de seis años de la ciudad donde viviera, la absolución era frecuente. Era significativa la suposición de que las supuestas brujas habían bebido vino y estaban enfermas de modorra. Con la confesión del brujo, la inquisición advertía:
Que no procede en estos casos por solo la forma de ser brujos y hacer los dichos daños, si no testifican de haverlos visto hacer algunos daños, porque muchas veces lo que dicen han visto y hecho les succede en sueños y juzgan se hallaron en cuerpo y lo vieron e hicieron con los que testiffican y les figura el demonio cuerpos phantasiosos de aquellos que dicen vieron sin haverlos visto ni hallándose allí para que hagan esos daños de inflamar en peligro a los que no tienen culpa.
Julio Caro Baroja afirma en "El señor Inquisidor y otras vidas por oficio":
Los inquisidores eran más juristas que humanistas y teólogos. La jurisprudencia más o menos secreta que podían estudiar era grande, casi tan grande como el escepticismo de muchos de ellos, acostumbrados a ver imposturas y engaños en cantidad de actos hechiceriles. En el siglo XVII los españoles, por otra parte, no tenían mucha fama como magos y hechiceros. Alguien sostuvo -con clara animadversión hacia el país- que el diablo no se fiaba de sus habitantes.
Cifras
Algunas cifras de las ejecuciones por tribunales civiles (estimadas) y por procesos inquisitoriales constatados[1], por proporcionalidad en relación ejecutados/población:
Suiza: 4000 personas de un total de un millón de personas (4 por cada mil)
Polonia-Lituania: unas 10.000, en una población de 3.400.000 (casi 3 por cada mil)
Reino Unido, miles de ejecutados. Destacar además que en este país protestante existió la figura pícara de los punzadores que se aprovechaban para "cazar" brujas para ejecutar de forma lucrativa.
Alemania donde más gente es ejecutada, hasta 25.000 personas de unos 16 millones (1,5 personas por cada mil)
Dinamarca-Noruega 1.350 de 970.000 personas (1,4 por cada mil)
España sólo 59 brujas (de unos 125.000 procesos llevados por la inquisición)[1]
Italia 36[1]
Portugal tan sólo 4[1]
En total la mayoría de las cazas de brujas se produjo en el norte de Europa, con más de 50.000 ejecuciones y en la gran mayoría de los casos por tribunales civiles. La gran mayoría de los ajusticiados por brujería fueron mujeres.
Bruja y hechicera
La hechicera tradicional fue la que dio origen popular a la brujería. La hechicería, era una figura ancestral, mística, local, su propio nombre variaba en función de su especialidad (adivinadora, curandero, etc) y con un fin generalmente lucrativo. La bruja en el folclore apareció como una figura degenerada de la hechicería, irreal, anónima, sobrenatural, pervertida por el diablo y de intenciones malvadas y sanguinarias.


[editar] La postura de la Iglesia católica hoy
En Italia, Galileo Galilei (1564 - 1642) fue obligado por la Inquisición a abjurar de su teoría heliocéntrica, que proponía que el Sol no giraba alrededor de la Tierra sino al revés. Irónicamente, Galileo usó como fuente de información la Biblia para publicar sus teorías e investigaciones.

En el año 2000 el papa Juan Pablo II pidió perdón por los errores que hubieran cometido los hombres de la Iglesia a lo largo de la historia, así como por haber dejado de hacer el bien necesario en favor de judíos y otras minorías perseguidas; no obstante, sostuvo la inocencia de la Iglesia como institución.

2006-10-29 02:31:15 · answer #3 · answered by nitzahom 5 · 0 0

La "santisima" inquisicion era una organizacion española de la iglesia catolica la cual perseguia y mataba a todas las personas que segun ellos practicaban hechizeria, magia o algo por el estilo. Los perseguian, los atrapaban y despues los mataban bien salvajemente: quemados, degollados, y muchas otras formas de tortura.

2006-10-29 01:28:30 · answer #4 · answered by Alexjandro 4 · 0 0

El término Inquisición (latin: Inquisitio Haereticae Pravitatis Sanctum Officium) hace referencia a varias instituciones dedicadas a la supresión de la herejía en el seno de la Iglesia Católica. La Inquisición medieval, de la que derivan todas las demás, fue fundada en 1184 en la zona de Languedoc (en el sur de Francia) para combatir la herejía de los cátaros o albigenses. En la Edad Moderna surgieron la Inquisición española (1478 - 1834), bajo control directo de la monarquía hispánica, cuyo ámbito de acción se extendió después a América; la Inquisición portuguesa (1536 - 1821) y la Inquisición romana (desde 1542 hasta la actualidad).

Inquisición española:
La Inquisición Española fue creada en 1478 por una bula papal con la finalidad de combatir las prácticas judaizantes de los judeoconversos españoles. A diferencia de la Inquisición medieval, dependía directamente de la corona española. Se implantó en todos los reinos de España, en Sicilia y Cerdeña (que entonces formaban parte de de la Corona de Aragón) y en los territorios de América (hubo tribunales de la Inquisición en México, Lima y Cartagena de Indias. La Inquisición se convirtió en la única institución común a todos los españoles, con excepción de la propia Corona, a quien servía como instrumento del poder real: era un organismo policial interestatal, capaz de actuar a ambos lados de las fronteras entre las coronas de Castilla y Aragón, mientras que los agentes ordinarios de la Corona no podían rebasar los límites jurisdicionales de sus respectivos reinos.

Historia:
La historia de la Inquisición española puede resumirse en las siguientes etapas:
Fundación (1478 a 1530): gran actividad. Objetivo principal: los conversos y otros herejes, los focos protestantes de la Universidad de Alcalá de Henares y de Sevilla. Periodo de severas penas.
Decaída (1530 a 1640). La actividad del tribunal fue menor, salvo un pequeño rebrote durante el reinado de Felipe II. El Santo Oficio se hizo más burocrático. El objetivo principal en esta época fueron los cristianos nuevos y la censura de libros a causa de la represión ideológica derivada del Concilio de Trento. Empezó una represión contra los erasmistas (Carlos I era erasmista). La falta de reos hizo a los inquisidores extender su jurisdicción a causas relativas a sodomía y se encargó de vigilar estrechamente las actividades de los extranjeros relacionadas con delitos ideológicos y de fe.
Rebrote (1640 a 1660). Se reinició la actividad, principalmente sobre conversos o cristianos nuevos.
Disolución (1668 a 1820): inactividad cada vez mayor. El tribunal se limitó a coartar la libertad de expresión y a impedir la propagación de las ideas ilustradas o excesivamente progresistas. El maestro valenciano Cayetano Ripoll fue el último condenado a muerte por el tribunal.
La Inquisición española no fue abolida definitivamente hasta 1820, aunque pudo tener alguna vigencia todavía en los territorios dominados por los carlistas, que propugnaban su reimplantación.

Organización:
La Inquisición española estaba dirigida por el Consejo de la Suprema, que elaboraba instrucciones para los tribunales, examinaba informes de las vistas, ordenaba inspecciones, revisaba causas, y actuaba como tribunal para los miembros del Santo Oficio que hubiesen cometido algún crimen. Su presidente era el Inquisidor general. Los demás eran prelados, letrados e inquisidores provinciales designados por el rey.
Los tribunales que juzgaban a los reos estaban formados por tres inquisidores, la gran mayoría clérigos seculares con sesuda formación jurídica, además de otros funcionarios como fiscales, secretarios, alguaciles, notarios e incluso la oscura figura de un defensor del reo, cuyo papel se limitaba por lo general a asesorar a éste en cuestiones de procedimiento.
Colaboraban también en la actividad inquisitorial los familiares, servidores laicos del Santo Oficio que tenían ciertos privilegios (estaban exentos de contribuciones fiscales, podían ir armados y poseían privilegio de jurisdicción) y cuyo prestigio social venía del hecho de que ser familiar del Santo Oficio era una prueba de limpieza de sangre.

Proceso penal:
Al llegar a una población se proclamaban dos edictos, el "edicto de fe", obliga a los fieles, bajo pena de excomunión, a denunciar a los herejes y cómplices, y el "edicto de gracia", en que el hereje, en un plazo de quince a treinta días, podía confesar su culpa sin que se le aplicase la confiscación de sus bienes, la prisión perpetua ni la pena de muerte. Esto provocaba autoinculpaciones, pero también numerosas delaciones, protegidas por el anonimato. Los denunciados no conocían en ningún momento de qué se les acusaba. El secreto sumarial con que el Santo Oficio llevaba sus procesos, con el fin de evitar represalias, provocaba un gran temor en la población y convertía a cualquier ciudadano en un posible delator o colaborador del tribunal. Por otra parte, los acusados tienen derecho a proporcionar previamente el nombre de los que tendrían un motivo para perjudicarles, lo que constituye un modo de recusar su denuncia. En caso de falso testimonio, la sanción equivale al castigo previsto para el acusado. El primer interrogatorio tiene lugar en presencia de un jurado local constituido por clérigos y laicos cuya opinión se escucha antes de promulgar la sentencia. Con el fin de evitar represalias, el nombre de los acusadores es secreto, pero el inquisidor debe comunicarlo a los asesores del juicio que deben controlar e investigar la veracidad de las acusaciones. Si el acusado mantiene sus negativas, sufre un interrogatorio completo cuyo fin es el de recibir su confesión. En 1235, el concilio regional de Narbona pide que la condenación sea decidida exclusivamente a la vista de pruebas irrefutables bajo el pensamiento que más vale soltar a un culpable que condenar a un inocente.
El detenido era encarcelado en una cárcel especial. Se secuestraban sus bienes para su mantenimiento y los gastos de su proceso. Incomunicado, el reo ignoraba a menudo por completo los cargos que se le imputaban. El proceso consistía en una serie de audiencias en que se escuchaba a los denunciantes y al acusado. Este último contaba con un abogado defensor, que no la defendía sino meramente le amonestaba a que confesase sus culpas o le asesoraba en cuestiones de procedimiento. Para obtener la confesión se podía utilizar la coacción; ya sea mediante la prolongación de la prisión(carcer durus), ya sea por la privación de alimentos, o bien, en útlimo lugar, por la tortura. Durante mucho tiempo la iglesia fue hostil a ello. En 886, el papa Nicolás I declaraba que este método "no era admitido ni por las leyes humanas ni por las leyes divinas, pues la confesión debe ser espontánea". En el siglo XII, el decreto de Graciano, una recopilación de derecho canónico, repite esta condena. Pero en el siglo XIII, el desarrollo del derecho romano provoca el restablecimiento de la tortura en la justicia civil. En 1252, Inocencio IV autoriza su uso por los tribunales eclesiásticos, con condiciones muy concretas no existentes en los tribunales civiles: la víctima no debe correr riesgo ni de mutilación ni de muerte; el obispo del lugar debe dar su consentimiento; y la confesión obtenida debe ser reiterada libremente para ser válida.
Al final, y después de consultar al jurado, el proceso podía terminar con la libre absolución (en pocos casos), con la suspensión del proceso o con una condena. La condena podía ser leve o vehemente. En el primer caso el castigo podía ser una multa, una reprensión y llevar un sambenito para que la gente supiese que había sido penitenciado por el Santo Oficio y prestase atención a lo que decía por si volvía a cometer herejía En el segundo caso, era, según la fórmula, "relajado al brazo secular", esto es, entregado a la jurisdicción ordinaria para su ejecución. Si el reo a ajusticiar se arrepentía, se le ahorcaba (baja condición social) o se le degollaba (alta condición social); si no abjuraba de sus errores, se le quemaba vivo. Los procesos podían hacerse también en ausencia del reo, de forma que si se sentenciaba al mismo a la máxima pena, se les podía quemar en efigie, en forma de un muñeco con sus rasgos. Si el reo había muerto ya, se desenterraban sus huesos y se quemaban. Eso pasó, por ejemplo, con los padres del humanista Juan Luis Vives.
Las ejecuciones se realizaban en los autos de fe, actos públicos en los que se buscaba la ejemplaridad del castigo y que terminaron convirtiéndose en aparatosos festejos.

2006-10-29 00:40:04 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 0

Lee:
Solange Alberro, Inquisición y sociedad en Nueva España... (México, Fondo de Cultura Económica).

2006-10-28 23:43:04 · answer #6 · answered by pat-pat 4 · 0 0

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