Sí, como ciudadano sí puedo legitimar a Andrés Manuel López Obrador como presidente legítimo de México, y basta con aplicar el principo de que se establece en la constitución de 1917 y que para tal efecto los ciudadanos podemos volver a establecer un procedimiento para reescribr nuestra carta magna. Pero veamos la historia de esto: El documento recogía algunos de los principios políticos y aspiraciones de independencia de los "Sentimientos de la Nación". Escrito por el padre de la patria José María Morelos y Pavón. Aunque no pudo estar en vigor un solo día , porque amenazaba los intereses de los españoles, que aún dominaban al país, la Constitución de Apatzingán establecía los derechos humanos de igualdad, seguridad, propiedad y libertad, la religión católica como la única reconocida en el país, así como la división de poderes. Para fines del sufragio, instituía juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia.
Acta Constitutiva de la Federación y Constitución federal de los Estados Unidos Mexicanos, 1824.
Tras la consumación de la independencia, se instaló el primer Congreso Constituyente en febrero de 1822, en el cual se proclamó emperador a Agustín de Iturbide. Éste lo disolvió tres meses después pero, ante la posibilidad de ser despojado del trono debido a la inestabilidad política que provocó su autoritarismo, lo reinstaló en marzo de 1823 y ahí se declaró la nulidad de su coronación.
En enero de 1824 un nuevo Congreso estableció el Acta Constitutiva de la Federación, que instituía el sistema federal. Dos meses después inició el debate que llevó a la promulgación, el 3 de octubre de ese año, de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos.
La constitución de 1824 dio vida en México al federalismo, y entre sus disposiciones figuran las siguientes:
•La soberanía reside esencialmente en la nación.
•Se constituye una república representativa popular federal.
•División de poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
•La religión católica es la única oficialmente autorizada.
•Libertad de escribir y publicar ideas políticas sin censura previa.
•Congreso integrado por las cámaras de Diputados y Senadores.
•Se deposita el Poder Ejecutivo en una sola persona y se instituye la Vicepresidencia.
Las Siete Leyes Constitucionales, 1835-1836
Con la caída de Iturbide se habían empezado a gestar las pugnas entre las corrientes federalista -republicana y de inspiración democrática- y centralista –monárquica y defensora de privilegios. El conflicto político entre ambas se recrudeció al instituirse la constitución de 1824 el cargo de presidente de la República para aquel que resultara ganador en votaciones, y de vicepresidente para el vencido, lo que provocó numerosos enfrentamientos entre federalistas y centralistas.
Esa fue una época de rebeliones y destituciones presidenciales, nulificación de elecciones y presidencias interinas que incluyeron a Manuel Gómez Pedraza, Vicente Guerrero, Anastasio Bustamante, Antonio López de Santa Anna y Valentín Gómez Farías, entre otros.
En enero de 1835, con Santa Anna en la presidencia por segunda ocasión, el Congreso, de mayoría conservadora centralista, inició la elaboración de las Bases para una nueva Constitución, conocida como Las Siete Leyes, que pondría fin al sistema federal. La primera ley se promulgó en diciembre de 1835, la segunda en abril de 1836 y las restantes en diciembre de ese año.
Con este ordenamiento se dividía al país en departamentos, éstos en distritos y los distritos en partidos. Entre otras disposiciones, fijó el periodo presidencial en ocho años y estableció un Supremo Poder Conservador, sólo responsable ante Dios, con atribuciones para declarar nulidad de una ley o decreto , la incapacidad física o moral del presidente de la República, y la clausura del Congreso.
Bases Orgánicas de la República Mexicana, 1843.
Las revueltas internas entre federalistas del Partido Liberal y centralistas del Partido Conservador no cesaron. Además sacudió al país la separación de Texas, el intento que en 1840 se hizo para proclamar la independencia de Yucatán, la amenaza de invasión extranjera, el descontento popular por las arbitrariedades de Santa Anna y la posibilidad de que éste intentara establecer una monarquía constitucional.
En abril de 1842 el Congreso formuló un proyecto para una nueva Constitución , en el cual el diputado Mariano Otero propuso un gobierno republicano, representativo, popular y federal, así como un sistema de representación de las minorías, lo que ocasionó gran descontento de la fracción conservadora que derivó en diversos enfrentamientos, por lo que el Congreso fue disuelto. Sólo hasta junio de 1843 se sancionó una nueva Carta Magna , llamada Bases Orgánicas de la República Mexicana.
Estas Bases, que solo estuvieron en vigor tres años, reiteraron la independencia del país , la organización política en República Centralista, y suprimieron al Supremo Poder Conservador que encabezaba el propio Santa Anna. Se instauró la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta, ratificando que el país protegía y profesaba la religión católica.
La elección de los representantes era indirecta, esto es, se dividió a la población en secciones de 500 habitantes, mismos que elegirán un elector primario; éste nombraba los electores secundarios, los cuales formaban el Colegio Electoral que a su vez elegía a los diputados al Congreso. El ejecutivo tenía un demostrado derecho de veto de leyes.
Acta Constitutiva y de reforma, 1847.
En plena guerra con EUA, el país dividido en grupos políticos antagónicos, y ante los levantamientos a favor de poner en vigencia nuevamente los ordenamientos constitucionales del federalismo, el 10 de mayo de 1847, en el Congreso Extraordinario Constituyente, se aprobó el Acta Constitutiva y de Reformas. De esa manera se restablecía el federalismo, de manera formal
puesto que la Constitución del 24 había sustituido a la Constitución centralista conocida como Bases Orgánicas desde agosto de 1846, pero con diversas modificaciones para evitar caer nuevamente en situaciones de conflicto político. Por ejemplo, contemplaba que los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial "solo pueden y deben hacer lo que la Constitución otorga como
facultad e impone como obligación".
El Acta Constitutiva y de Reformas estableció las garantías individuales para todos los habitantes de la República, suprimió el cargo de vicepresidente y adoptó elecciones directas para diputados, senadores, presidente de la República y miembros de la Suprema Corte. Además, facultó al Congreso para anular las leyes de los estados que implicasen una violación al pacto federal,
e implantó los derechos de petición y de amparo.
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, 1857
Tras el movimiento revolucionario encabezado por Juan Álvarez y que concluyó con la firma del Plan de Ayutla , en el que se desconocía el gobierno de santa Anna, se convocó un Congreso Extraordinario, reunido en la ciudad de México en febrero de 1856.
Un año después, el 5 de febrero de 1857, fue aprobada y jurada la nueva constitución por el Congreso Constituyente y el presidente Ignacio Comonfort.
"Los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales", señala la Constitución, y entre sus preceptos resaltan el mantenimiento del federalismo, la abolición de la esclavitud, las libertades de trabajo, de propiedad, de expresión de ideas, de imprenta, de asociación, de petición y de comercio. Igualmente, se establece que son ciudadanos con derecho a voto todos los mexicanos varones que hayan cumplido 18 años si son casados y 21 si no lo son.
La nueva Carta Magna no logró estabilizar al país. El propio Comonfort la desconoció unos meses después de su promulgación, al sumarse a la rebelión de Ignacio Zuloaga, dar un golpe de Estado y encarcelar a varios ciudadanos, entre ellos a Benito Juárez, entonces presidente de la Suprema Corte de Justicia y a quien legalmente le correspondía la Presidencia en un caso como éste.
La rebelión derivó en la llamada Guerra de Tres años o Guerra de Reforma, entre los conservadores que desconocían la constitución y los liberales que la defendían. A la postre, los liberales, encabezados por Benito Juárez, triunfaron. En el curso mismo de la guerra, se emitieron una serie de ordenamientos conocidos como Leyes de Reforma, entre las que destacan las que establecen la separación entre la Iglesia y el Estado.
La Constitución de 1857 fue, de hecho, elemento fundamental en la defensa nacional ante la invasión francesa y el imperio de Maximiliano de Habsburgo. Tuvo vigencia plenamente tras la expulsión de los extranjeros y permaneció en vigor hasta 1917.
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, 1917.
En 1910 se inicia el movimiento armado de la Revolución Mexicana, a causa de las condiciones sociales, económicas y políticas generadas por la permanencia de Porfirio Díaz en el poder por más de 30 años.
Este movimiento es justamente el contexto en el que se promulga la Constitución
Que se rige en México hasta la fecha.
Venustiano Carranza, en su carácter de primer jefe del Ejército Constitucionalista, encargado del Poder Ejecutivo, convocó en diciembre de 1916 al Congreso para presentar un proyecto de reformas a la Constitución de 1857. El documento sufrió numerosas modificaciones y adiciones para ajustarse a la nueva realidad social del país. Así, se promulgó el 5 de febrero de 1917 la Carta Magna vigente, en el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro, que conjuntó los ideales revolucionarios del pueblo mexicano y que por su contenido social ha sido definida como la primera Constitución social del siglo XX en el mundo.
El Congreso Constituyente contó con diputados de todos los estados y territorios del país, con excepción de Campeche, Quintana Roo, y estuvieron representadas ahí diversas fuerzas políticas: los carrancistas o "renovadores", como Luis Manuel Rojas, José Natividad Macías, Alfonso Cravioto y Félix F, Palavicini; los protagonistas o "radicales", como Heriberto Jara, Francisco J. Mujica, Luis G Monzón, y también los independientes. Había en el Constituyente hombres de lucha, conocedores de los problemas del pueblo mexicano: generales, exministros , obreros , periodistas , mineros , campesinos , ingenieros, abogados, médicos, profesores normalistas.
La nueva Constitución incluía una gran parte de los ordenamientos de la de 1857, especialmente lo referente a los derechos humanos, ya como "garantías individuales". La forma de gobierno siguió siendo republicana, representativa, demócrata y federal; se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Judicial y Legislativo, si bien este último dejó de ser unicameral para dividirse en cámaras de Diputados y Senadores.
Se ratificó el sistema de elecciones directas y se decretó la no reelección , suprimiendo la vicepresidencia y dando mayor autonomía al Poder Judicial y más soberanía a los estados. En este marco se creó el municipio libre, y se estableció un ordenamiento agrario en el país relativo a la propiedad de la tierra.
La constitución vigente determina la libertad de culto, la enseñanza laica y gratuita y la jornada de trabajo máxima de 8 horas, y reconoce como libertades las de expresión y asociación de los trabajadores.
Esta constitución ha experimentado múltiples modificaciones a fin de responder a los cambios políticos y sociales de nuestro país; entre ellas son particularmente importantes las referidas a la organización electoral , ya que permiten un mejor ejercicio del sistema democrático que la propia ley fundamental consagra.
En ese ámbito son significativas las reformas de 1953, en que se otorgó derecho de voto a las mujeres, y de 1969, en que se concedió la ciudadanía a todos los mexicanos mayores de 18 años, así como las sucesivas reformas electorales de 1977, 1986, 1989, 1990, 1993, 1994, y 1996 destinadas a garantizar elecciones plenamente legales, limpias, imparciales y respetuosas de
la voluntad popular.
En la actualidad , por mandato constitucional, el voto es universal, libre, directo y secreto para los cargos de elección popular, y los partidos son entidades de interés público.
Las elecciones federales son organizadas por una institución autónoma, el Instituto federal Electoral, cuyos principios rectores son la certeza, la legalidad, la independencia, la imparcialidad y la objetividad.
Postura del gobierno norteamericano ante la Constitución de 1917.
Desde que se promulgó la Constitución el 5 de febrero de 1917, el gobierno de los Estados Unidos manifestó su rechazo al contenido de algunos artículos constitucionales, principalmente aquellos que limitaban sus intereses como el 3º, 27, 33, 123 y 130. De los anteriores, el 27 era el centro del conflicto, puesto que declaraba propiedad de la nación mexicana todos los recursos naturales existentes en el suelo y subsuelo, lesionando principalmente a las empresas petroleras extranjeras, buena parte norteamericanas, que habían adquirido derechos de propiedad sobre el petróleo desde el porfiriato. A Obregón se le condicionó su reconocimiento como presidente hasta la firma de los Tratados de Bucareli (celebradas entre representantes del gobierno mexicano y norteamericano entre mayo y julio de 1923) en los cuales el gobierno mexicano aceptaba la no
retroactividad del artículo 27, garantizando de paso los derechos de las empresas petroleras. Para Obregón era una necesidad contar con el reconocimiento de los Estados Unidos, ya que los proyectos de reconstrucción económica no eran viables sin el apoyo del capital extranjero, pero sobre todo el respaldo político de la nación mas poderosa del mundo era una garantía para
el gobierno obregonista acechado por peligros de diversa índole. Los acuerdos de Bucareli carecieron de validez internacional porque no fueron presentados a los congresos de ambos países y no pudieron constituirse en un tratado formal, sin embargo fue suficiente para que el presidente Harding otorgara el reconocimiento al gobierno de Obregón el 31 de agosto de 1923.
Al no ratificarse los Acuerdos de Bucareli por los congresos de los respectivos países, fueron considerados un acuerdo entre caballeros, que obviamente no comprometió al sucesor de Álvaro Obregón en la presidencia, por lo que el Gral. Plutarco Elías Calles, en enero de 1926 dio a conocer una nueva reglamentación al artículo 27, a través de una ley petrolera que retoma el nacionalismo original, prohibiendo a extranjeros tener propiedades en una amplia franja fronteriza y costera, además de establecer el cambio de derechos absolutos de propiedad en materia petrolera, por simples concesiones que expirarían en un término de 50 años. Estas disposiciones fueron rechazadas por el gobierno norteamericano, que incluso amenazó al gobierno mexicano con llevar a cabo acciones militares contra México si no se anulaban dichos decretos; en respuesta Calles ordenó al ejército que ocupara las instalaciones petroleras propiedad de compañías extranjeras e incendiarlas en el momento en que fuerzas militares norteamericanas ingresaran a territorio nacional. A pesar de la tirantez de las relaciones entre ambos países el conflicto se solucionó por la vía pacífica cuando el nuevo embajador de los Estados Unidos en México, Dwight Morrow, hábilmente presentó las demandas norteamericanas en un nuevo contexto, en el que parecía que la soberanía nacional no era lesionada por el respeto a los derechos de los extranjeros, con lo que se anulaban las disposiciones contenidas en la ley petrolera de enero del 26. A partir de entonces se establecería una relación bastante amistosa entre Calles y Morrow que se tradujo en una mejor relación entre los dos países, sin desaparecer del todo las situaciones conflictivas en torno al asunto de la deuda externa, las relaciones exteriores y la misma cuestión petrolera que volvió a replantearse en el maximato, aunque sin la gravedad de años anteriores.
Con todos estos antecedentes historicos, Claro que sí se puede!!
2006-10-26 05:31:52
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answer #1
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answered by LIBERTADS21 4
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