Su misión consiste en difundir el mensaje de que el trabajo y las circunstancias ordinarias son ocasión de encuentro con Dios, de servicio a los demás y de mejora de la sociedad. El Opus Dei colabora con las iglesias locales, ofreciendo medios de formación cristiana (clases, retiros, atención sacerdotal), dirigidos a personas que desean renovar su vida espiritual y su apostolado.
Para incorporarse al Opus Dei se requiere una vocación sobrenatural: una llamada de Dios a poner la vida entera a su servicio y a difundir el mensaje de que todos los hombres pueden alcanzar la santidad a través del trabajo y la vida ordinaria.
UNA VOCACIÓN "SECULAR"
Cuando una persona se hace del Opus Dei, sigue siendo un ciudadano y un católico corriente. Sigue perteneciendo a su diócesis y puede involucrarse en las actividades políticas, religiosas o culturales que desee. El compromiso con la Prelatura es de carácter contractual y excluye los votos (de pobreza, castidad y obediencia) propios de las órdenes religiosas.
La incorporación al Opus Dei no separa de la vida previa: se continúa en el mismo trabajo y con la misma vida social que de costumbre. No se vive aparte del mundo, sino en él. Es más, la vocación al Opus Dei consiste en saber encontrar a Dios en el día a día —en casa, en la calle y en el trabajo—, y mostrar a los demás el atractivo de una vida en la que cabe el Señor.
Por eso, el Opus Dei anima a sus fieles a alcanzar la santidad, y a ayudar a los demás a buscarla, en las pequeñas cosas de cada día —en los trabajos, las contrariedades, las rutinas...—. Como ciudadanos católicos corrientes, las personas del Opus Dei viven su vocación con naturalidad, y no ostentan innecesariamente, pero tampoco ocultan, su pertenencia a la Prelatura. Su trabajo diario y su empeño por transmitir la fe cristiana deben ser el principal reflejo de su compromiso con Dios.
Quien solicita incorporarse al Opus Dei lo hace movido por una llamada divina, que es una determinación específica de la vocación cristiana recibida con el bautismo y que lleva a buscar la santidad y a participar en la misión de la Iglesia según el espíritu que el Señor inspiró a san Josemaría.
Para pertenecer al Opus Dei se requiere solicitarlo libremente, con la convicción personal de haber recibido esta vocación divina, y que las autoridades de la prelatura admitan la petición. La solicitud se hace por escrito, y la admisión se concede después de seis meses como mínimo.
Tras un período de al menos un año, el interesado puede incorporarse temporalmente a la prelatura mediante una declaración formal de carácter contractual, renovable anualmente. De acuerdo con el derecho canónico, nadie se incorpora jurídicamente al Opus Dei si no es mayor de edad (18 años o más). La incorporación definitiva tiene lugar al menos cinco años después de la incorporación temporal (es decir, con un mínimo de 23 años).
La incorporación al Opus Dei supone, por parte de la prelatura, el compromiso de proporcionar al interesado una asidua formación en la fe católica y en el espíritu del Opus Dei; así como la necesaria atención pastoral por medio de sacerdotes de la prelatura.
Por parte del interesado, lleva consigo los compromisos de permanecer bajo la jurisdicción del prelado, en lo que se refiere al fin de la prelatura, y de respetar las normas por las que ésta se rige.
El vínculo con la prelatura cesa al terminar el plazo de vigencia de la convención, o antes, si el interesado lo desea, de acuerdo con la autoridad de la prelatura. La salida de la prelatura lleva consigo el cese de los derechos y deberes mutuos.
2006-10-25 02:35:19
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Solicitud y admisión
Para pertenecer al Opus Dei se requiere solicitarlo libremente, con la convicción personal de haber recibido esta vocación, y que las autoridades de la prelatura admitan la petición. La incorporación formal a la prelatura se realiza mediante una convención bilateral que estipula los compromisos mutuamente asumidos por el interesado y por la propia prelatura.
La solicitud se hace por escrito, el aspirante debe escribirle al prelado del Opus Dei solicitando su incorporación como determinado tipo de miembro, según le hayan aconsejado quienes descubrieron su vocación. Esto se llama "pitar" dentro del Opus Dei.y la admisión se concede después de seis meses como mÃnimo. Al ser verbales todas las respuestas de la organización, en el proceso de admisión de los laicos, estos no tienen prueba escrita de su pertenencia a la Obra. Es decir el contrato no se hace en papel, por lo que al aspirante si bien durante ese tiempo se le explican aspectos del Opus Dei, no conoce hasta su incorporación completa todos los detalles de su compromiso.
Tras un perÃodo de al menos un año, el interesado puede incorporarse temporalmente a la prelatura mediante una declaración verbal de carácter contractual, llamada oblación, renovable anualmente. Al menos cinco años después, se puede incorporar definitivamente. A este paso se le llama Fidelidad, que vincula a perpetuidad al miembro del Opus Dei, el cual solo podrá salir legÃtimamente de la Obra con la dispensa del Prelado o si es dimitido por este. Es aquà cuando los numerarios y agregados se ponen un anillo como señal del compromiso que han adquirido. ´
La Fidelidad lleva consigo las siguientes obligaciones especiales:
1) impedir con especial empeño todo cuanto pueda perjudicar la unidad de la Obra;
2) evitar y rechazar cualquier murmuración contra los Directores;
3) poner aún mayor esmero en ser fieles, en su actividad, a la doctrina de la Iglesia y al espÃritu de la Obra.
Para conservar la fuerte unidad –espiritual, moral y jurÃdica- de la Obra, y para evitar cualquier murmuración contra los Directores, los fieles del Opus Dei no olvidan que, cuando sea necesario, deberán ayudarles con la corrección fraterna, sin admitir crÃticas de ningún género en su interior.
Aspectos a tener en cuenta del aspirante
No obstante, antes de la admisión por el Opus Dei se tienen en cuenta algunos aspectos del candidato:
"Los Consejos locales han de tener en cuenta algunos hechos personales que impiden la Admisión: personas esterilizadas, o que hayan consentido o inducido a la esterilización del propio cónyuge; personas divorciadas civilmente o que estén en circunstancias que hagan prever razonablemente que llegarán a esa situación; solteros o casados que han consentido o inducido al aborto de un propio hijo; personas que tienen algún hijo natural; quienes han vivido en concubinato. Esta indicación no supone, como es natural, menoscabo de nadie, ni constituye una regla general que excluye a priori a todos los que se encuentren en esas situaciones". (Vademécum de los Consejos Locales)
"Para dejar que un hijo ilegÃtimo solicite la Admisión como Numerario o Agregado, siempre que reúna las demás condiciones, se necesita permiso de la Comisión Regional. Esta indicación se aplica también a los hijos adoptivos, a no ser que se trate de hijos legÃtimos y naturales de un matrimonio, adoptados por otro; y siempre que se conozca bien a los padres naturales".
"Uno de los aspectos fundamentales, que se ha de cuidar ante las posibles vocaciones —y más concretamente para los Numerarios—, es el conocimiento previo de las circunstancias familiares. Este conocimiento resulta necesario para ayudar en la formación y para juzgar con más objetividad sobre la idoneidad de cada uno. Concretamente, la salud es imprescindible para desempeñar el trabajo apostólico de los Numerarios; se extrema la prudencia especialmente, cuando los posibles candidatos —o algunas personas de su familia— presenten sÃntomas de desequilibrio nervioso, padezcan sonambulismo, o tengan alguna limitación fÃsica importante que haga difÃcil la convivencia en familia". (Vademécum de los Consejos Locales)
Cap II. 14. § 1. de los Estatutos: "El candidato que haya escrito una carta pidiendo la admisión en el Opus Dei en calidad de Numerario o Agregado, cuando se le haga saber normalmente por medio del Director competente, que su petición ha sido considerada digna para que se examine, en este mismo momento queda admitido entre los Supernumerarios, en tanto que se conceda la admisión que ha solicitado".
§ 2. "Si alguien antes de la incorporación como Numerario o Agregado parece carecer de la idoneidad para esto, puede ser retenido en el Opus Dei en calidad de Supernumerario, con tal que tenga las condiciones requeridas".
De acuerdo con el derecho canónico, nadie se incorpora jurÃdicamente al Opus Dei si no es mayor de edad (18 años o más). No obstante desde los 14 años y medio un joven puede manifestar su interés por la organización y comenzar a participar de sus actividades: ayuda espiritual, retiros, dirección espiritual, deber de apostolado. Solo los módulos de formación le son prohibidos.
Incorporación
La incorporación al Opus Dei supone, por parte de la prelatura, el compromiso de proporcionar al interesado una asidua formación en la fe católica y en el espÃritu del Opus Dei ; asà como la necesaria atención pastoral por medio de sacerdotes de la prelatura. Por parte del interesado, lleva consigo los compromisos de permanecer bajo la jurisdicción del prelado, en lo que se refiere al fin de la prelatura; respetar las normas por las que ésta se rige, y cumplir las demás obligaciones de sus fieles.
Incorporarse a la Prelatura del Opus Dei no supone ningún cambio de estatuto personal: permanecen idénticos los derechos y deberes que se tienen como miembro de la sociedad civil y de la Iglesia.
Respecto a las nuevas vocaciones recibidas, "Desde el comienzo, se despierta en ellos la preocupación del proselitismo y el sentido de responsabilidad, en todos los aspectos: no sólo no deben ser gravosos, sino que han de ayudar a los apostolados con todo su esfuerzo".
"Es misión principalÃsima de los Consejos locales proporcionar a las nuevas vocaciones, con don de lenguas, la doctrina contenida en el Programa de formación inicial, que se integrará —desde el primer dÃa—con la enseñanza práctica del espÃritu de la Obra: por medio de pequeños encargos, urgiéndoles con ejemplos vivos a aprovechar el tiempo de estudio o de trabajo, a hacer apostolado y proselitismo, etc." (Vademécum de los Consejos Locales).
"En el caso de la Oblación y de la Fidelidad, el delegado se asegura de que el interesado tiene la decisión de obligarse del modo establecido en los Estatutos; y recordará a los Numerarios y Agregados que —como exigencia de la virtud de la pobreza y del desprendimiento— si poseen bienes patrimoniales, han de ceder libremente la administración y disponer del uso y usufructo a favor de quienes prefieran; y que, antes de hacer la Fidelidad, han de haber otorgado testamento, también con completa libertad, de sus bienes patrimoniales presentes y futuros". (Vademécum de los Consejos Locales)
En sus disposiciones testamentarias, los Numerarios y Agregados preven los casos en que puedan figurar, como parte de la masa hereditaria, bienes procedentes de ingresos por trabajo profesional: como, al incorporarse a la Prelatura, se comprometieron a destinar esos ingresos al sostenimiento de las labores apostólicas y al propio sustento, si en alguna ocasión desean fijar, en el testamento, un destino distinto a esos bienes, han de pedir al Padre el permiso correspondiente, explicando con claridad los motivos (de Las Glosas sobre la obra de San Miguel pág 62).
2006-10-25 01:52:11
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answer #7
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answered by Trastolillo 7
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