NO... ESO NO ES VERDAD. el castellano, ya no se usa, checalo en la pagina de la real academia español., español se ha convertido en palabra mas usada. y bueno mexico jamas ha estado en centroamerica, creo que es lo contrario ahora no somos de centroamerica, somo de norte America , yo eh visto ese cambio en la primaria se tomaba como centroamerica, hace unos 12 años, y ahora nos ponen en Norte America
Pues si Pero los programas estan mal, hay mapas oficiales, y esos son los que tienes q consultar, checalo en INEGI POR FAVOR, Y NOS HARIAS UN GRAN FAVOR....Y LO DE EL CASTELLANO, VERIFICALO EN UN LIBRO DE LITERATURA QUE LUEGO TE PASARE EL NOMBRE, YO CREO MAÃANA TE LO HAGO LLEGAR PERO LOS BUSCAS SI? PARA Q TE INFORMES... UNO DA UNA RESPUESTA QUE ESTAS PIDIENDO , QUE NO TE PARESCA PUES ES MUY DIFERENTE.
JEJE ESPERO Q TE SIRVA ESTO, AQUI EXPLICAN TODO ... NO SOLO ES PORQUE EXISTE EL INTERNET,,, Y LA VERDAD NO TIENEN NADA QUE VER JEJE
Español. Para designar la lengua común de España y de muchas naciones de América, y que también se habla como propia en otras partes del mundo, son válidos los términos castellano y español. La larga polémica sobre cuál de estas denominaciones resulta más apropiada está hoy superada. El término español resulta más recomendable por carecer de ambigüedad, ya que se refiere de modo unÃvoco a la lengua que hablan hoy cerca de cuatrocientos millones de hablantes. Asimismo, es la denominación que se utiliza internacionalmente (spanish, espagnol, Spanisch, spagnolo, etc.). Aun siendo también sinónimo de español, resulta preferible reservar el término castellano para referirse al dialecto románico nacido en el Reino de Castilla durante la Edad Media, o al dialecto del español que se habla actualmente en esta región peninsular. En España, se usa asimismo el nombre castellano cuando se alude a la lengua común del Estado en relación con las otras lenguas cooficiales en sus respectivos territorios autónomos, como el catalán, el gallego o el euskera.
[RAE]
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El español fue el desarrollo del castellano, dialecto de Castilla, a lo largo de la Reconquista. A partir de los Reyes Católicos, el castellano se convirtió en la lengua del Imperio. Desde el siglo XVIII, el término castellano se va sustituyendo por el de español.
Cuando se redactó la Constitución de 1978, la discusión se centra en tres posturas distintas, basadas las tres en un acuerdo general: que haya una lengua oficial y ésta sea la lengua común de españoles e hispanoamericanos.
En cuanto al nombre que se le debe dar a esa lengua oficial y común de españoles e hispanoamericanos:
a) La derecha tradicional abogó por el uso exclusivo de español, argumentando que el español actual no es sólo el castellano ya que el dialecto de Castilla fue enriquecido por aportaciones de otras hablas españolas y americanas. Rafael Lapesa, en la Historia de la lengua española, dice que "el nombre de lengua española, empleado en la Edad Media con antonomasia demasiado exclusivista entonces, tiene desde el siglo XVI absoluta justificación y se sobrepone al de lengua castellana".
b) La Real Academia Española y la de la Historia eran partidarias de la sinonimia y se inclinaban por el uso de castellano cuando nos referimos a la situación interna, donde hay otras lenguas españolas, mientras que español serÃa el término hacia afuera, hacia el resto del mundo.
c) La postura que triunfarÃa fue la apoyada por los organismos lingüÃsticos oficiales de las regiones bilingües, es la uso exclusivo de castellano, argumentando que las otras lenguas son tan españolas como el castellano, y no hay razón para aplicar ese adjetivo con exclusividad a una de ellas, convirtiéndolo en su nombre oficial. El argumento contra la sinonimia era que el aplicar español a castellano favorecÃa el separatismo.
En cuanto al ArtÃculo 3 de la Constitución, que usted cita, comprendo muy bien que, un abogado que al mismo tiempo es traductor del español como es Usted, encuentre que el texto de este artÃculo de la Constitución es muy impreciso, por no decir ambiguo. Cuando se promulgó la Constitución de 1978, hubo grandes discusiones sobre la pésima redacción de algunos párrafos, entre ellos el que Usted cita. (Ver más abajo Ecos constitucionales de un problema español, del profesor Francisco Marcos MarÃn).
Para Manuel Seco: «En las regiones de España con lengua materna propia, el nombre de castellano parece más adecuado que el de español, porque el catalán, el gallego y el vascuence son también lenguas españolas (aunque no son la lengua española, el español).»
Yo creo que ahà está la confusión: ¿las lenguas de Galicia, PaÃs Vasco y Cataluña, son lenguas españolas sin más, aunque no son la lengua española, ni se hablan en todo el territorio nacional (español)?
Según Francisco Marcos MarÃn (ver abajo): «Hay bastantes razones que apoyan actitudes a favor de una pura y oportunda sinonimia. Somos muchos los españoles que no llamarÃamos español al castellano si pensáramos causar con ello la más leve ofensa a las otras lenguas o sus hablantes, y los que apoyamos cualquier posibilidad de desarrollo de las otras lenguas – asà como protestamos, en su momento, de las restricciones a las que se vieron sometidas. Lo que sucede es que, desde el punto de vista del observador del idioma, no cabe duda de que, en la mayor parte de su dominio lingüÃstico, castellano y español se usan alternativamente, como sinónimos perfectos, sin otras implicaciones.»
Menéndez Pidal dejaba castellano para la lengua del Poema del Mio Cid y español para la lengua en cuyo florecimiento estético colaboraron todas las regiones de España.
«La situación polÃtica tiene evidentes repercusiones en la lingüÃstica: al unirse Galicia y León el centro se desplaza hacia el Este, el gallego queda aislado y prosigue su vida hasta hoy. Cuando León se une a Castilla es la segunda la que impone su lengua, quedando marginado el leonés. La unión de Aragón y Cataluña beneficia al catalán, pero lo que acarrea la progresiva pérdida del aragonés es la unión con Castilla. Cataluña, en cambio, alejada de Castilla por la polÃtica de división de los reinos y por la distancia (Aragón mediante) puede conservar su lengua y su cultura. Para la designación de la lengua eso tiene su importancia: las regiones extremas, que conservan sus propias lenguas, tan españolas como el castellano, prefieren que “vasco“, “gallego“ o “catalán“ se contrapongan a “castellano“ y utilizan menos “español“ como equivalente de “castellano“. Las otras regiones, en cambio, que no tienen una lengua autóctona distinta de la de Castilla (descontados los focos reducidos de astur-leonés y aragonés), consideran la lengua de Castilla tan suya como de los castellanos, y prefieren utilizar “español“ para designar la lengua común, mientras que ven en “castellano“ una señal de predominio de una región, en materia lingüÃstica, cuando la lengua es sentida como propiedad de todos.»
[Marcos MarÃn, Francisco: Curso de gramática española. Madrid: Cincel, 1980, pág. 63]
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Según el DRAE:
«castellano: Lengua española, especialmente cuando se quiere introducir una distinción respecto a otras lenguas habladas también como propias en España.»
«español: Lengua común de España y de muchas naciones de América, hablada también como propia en otras partes del mundo.»
Según el EL PAÃS - Libro de estilo:
«español. Puede escribirse, indistintamente, ’español’ o ’castellano’ para el idioma predominante en España. Los que hablan esta lengua son ’hispanohablantes’, no ’hispanoparlantes’.»
«castellano. Puede escribirse, indistintamente, ’español’ o ’castellano’ para el idioma predominante en España. Los que hablan esta lengua son ’hispanohablantes’, no ’hispanoparlantes’. » [pp. 184 y 225]
Según el Libro de estilo de ABC:
«español. Se usará indistintamente español o castellano para designar la lengua común de España y de las Repúblicas hispanoamericanas. Los que hablan el idioma son hispanohablantes, no hispanoparlantes.»
«castellano. Sinónimo de español cuando nos referimos al idioma. Somos hispanohablantes, no hispanoparlantes.» [pp. 93 y 104]
Manuel Seco resume asà el problema:
«Español:
a) Para designar la lengua común de España y de las Repúblicas hispanoamericanas pueden emplearse los nombres de castellano y español. En muchas regiones se usan indistintamente las dos palabras. Sin emabargo, en América y en algunas zonas de España se prefiere la denominación de castellano. Esto se debe, ante todo, a una larga tradición que estuvo apoyada hasta 1925 por la propia Academia Española (pero no olvidemos que el primer diccionario de nuestro idioma, el de Sebastián de Covarrubias, 1611, se titula Tesoro de la lengua castellana o española). En América se ha unido a ello tal vez un resto de recelo patriótico frente al nombre español, considerando acaso como una manera de sumisión a España, la antigua metrópoli, el reconocimiento explÃcito de que se sigue hablando su lengua. En las regiones de España con lengua materna propia, el nombre de castellano parece más adecuado que el de español, porque el catalán, el gallego y el vascuence son también lenguas españolas (aunque no son la lengua española, el español).
b) Los hispanoamericanos deben recordar que los norteamericanos no se consideran “colonizados! por Inglaterra por decir que ellos hablan inglés. Los españoles deben recordar el uso universal: en cada paÃs, normalmente, la lengua oficial, sea cual fuere la región del paÃs en la que se haya nacido, ha tomado el nombre de toda la nación: en RumanÃa, el rumano; en Alemania, el alemán; en Italia, el italiano; en Francia, el francés ... En estos paÃses existen (como en España) idiomas importantes que no son la lengua común o general.
c) El empleo del nombre castellano implica una inexactitud: la de suponer que la lengua general o común, no ya de toda España, sino de todas las naciones hispanoamericanas, es patrimonio de una sola región, Castilla. Y esto es falso, pues la lengua castellana hoy no es propiedad de Castilla, sino de todas las regiones y naciones en que es hablada, las cuales, además de tenerla como suya, colaboran todas en su conservación y enriquecimiento. Lo exacto serÃa emplear el nombre castellano solamente para designar la lengua que durante la Edad Media fue privativa del reino de Castilla, o las modalidades particulares que presenta el habla de Castilla en los tiempos modernos frente al español general al lado de las otras lenguas españolas (catalán, etc.).
d) En conclusión, y volviendo a lo expuesto en el párrafo a): Las dos denominaciones, castellano y español son válidas. La preferencia de cada hablante por uno de los dos término se funda en una tradición arraigada de siglos, y es ingenuo pretender desalojar del uso cualquiera de ellos. Cada persona puede emplear el que guste; pero debe respetar el derecho a que otros prefieran el otro. En todo caso, téngase en cuenta que, en general, la denominación de español es más exacta que la de castellano.»
[Manuel Seco: Diccionario de dudas y dificultades de la lengua española. Madrid: Espasa Calpe, 1998, p. 202]
Asà define el DRAE los dos términos:
castellano, na (Del lat. CastellÄnus)
1. adj. Natural de Castilla. U. t. c. s.
2. adj. Perteneciente o relativo a esta región de España.
3. adj. Dicho de una gallina: De cierta variedad negra muy ponedora.
4. m. Lengua española, especialmente cuando se quiere introducir una distinción respecto a otras lenguas habladas también como propias en España.
5. m. Dialecto románico nacido en Castilla la Vieja, del que tuvo su origen la lengua española.
6. m. Variedad de la lengua española hablada modernamente en Castilla la Vieja.
español, la (Del prov. espaignol, y este del lat. mediev. HispaniÅlus, de Hispania, España)
1. adj. Natural de España. U. t. c. s.
2. adj. Perteneciente o relativo a este paÃs de Europa.
3. m. Lengua común de España y de muchas naciones de América, hablada también como propia en otras partes del mundo.
[DRAE]
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Castellano y Español
por Francisco Marcos MarÃn
«La lengua concreta de la que vamos a ocuparnos es conocida con dos nombres, lengua española o lengua castellana, e incluso con términos baciyélmicos, como lengua española castellana. Esta peculiaridad que, en la práctica, para millones de hablantes, entre los que nos incluismos, se resuelve con una simple alternancia estilÃstica, que resulta cómoda, se ha visto complicada por razones extralingüÃsticas, y ha trascendido a ámbitos donde la pasión y el recelo (bastante justificado en algunos casos) han dificultado la solución sinonÃmica, la más simple si no pudiera utilizarse para esconder propósitos e intenciones ajenas a la natural necesidad de dar un nombre a la más extendida de las lenguas románicas.
En un libro cuyo tÃtulo es ya por sà significativo (Castellano, español, idioma nacional. Historia espiritual de tres nombres), Amado Alonso habla, en primer lugar, de cómo las nuevas lenguas necesitan nuevos nombres, para identificarse fren al latÃn. La distinción se inicia en latÃn vulgar con el término romanice, equivalente a romana lingua, frente a latina lingua. Esta conciencia de cambio de lengua para a las designaciones en las nuevas lenguas y asÃ, p. ej., el castellano diferencia lengua vulgar o romance de lengua latina (vb. gr., en el proemio de la traducción de la Eneida por el Marqués de Villena).
Un tercer paso se da cuando las designaciones romances incluyen la referencia geográfica (y/o polÃtica): al valor identificador y peculiarizante tÃpico de lo castellano, frente al latÃn y los otros romances, corresponden términos como lenguaje de Castilla, nuestro lenguaje de Castilla, nuestro romanz de Castilla, el propio romanz castellano, el castellano, en nuestra lengua, en el lenguaje (junto a vulgar, romance, lengua vulgar, como se ve en los tÃtulos de los libros).
Poco a poco se va implantando el término español a medida que se va formando el concepto de nación (y con un amplio valor hispánico, pues los propios portugueses se incluyen en el gentilicio, por su sentido latino de Hispania. El término español, por tanto, - dice A. Alonso – comporta en su expansión un aspecto de la ideologÃa renacentista. Castellano, sin embargo, persiste, y esa persistencia requiere una explicación. Para darla, A. Alonso recurre al recuento de tÃtulos de libros, con lo que quiere apoyar su criterio de que se debe a inercia del arcaÃsmo: en efecto, castellano domina en la primera mitad del XVI de modo amplio, aunque ya desde 1495 hay tÃtulos en los que aparece español. La abuncandia de traducciones aporta un buen material. El propio autor, no obstante, señala que la argumentación pierde fuerza si notamos que gran parte de los usos de español no están en el libro en sÃ, sino en glosas, apostillas, o sólo en registros (como el de Hernando Colón) y bibliografÃas.
Una serie de circunstancias constituyen los argumentos históricos enumerados como explicación de la extensión de español. En primer lugar, el carácter más amplio, empalmando con la idea renacentista-imperialista de universalidad. El castellano se siente sucesor del latÃn; como instrumento nacional y polÃtico la lengua se vincula al Imperio, y se extiende a todos los pueblos que sostienen la idea, es decir, a toda Hispania, haciéndose español. [...]
El segundo argumento a favor de la extensión de español (y que ya fue causa del origen de la palabra misma): más allá de los Pirineos se ve lo que los españoles, en común, tienen de diferente a los otros pueblos, y no se precisan particularismos, ignorándose la peculiaridad del castellano.
Los dos términos siguen siendo intercambiables. [...]
En favor de español interviene también un tercer argumento, el paralelismo con los nombres de los otros idiomas nacionales: francés, inglés, italiano, que el autor une a un cuarto: la concepción del idioma nacional coincide también con un cambio de forma interior: “El nombre de castellano habÃa obedecido a una visión de paredes peninsulares adentro: el de español miraba al mundo“ (p. 31).
Pese a todo, castellano persiste, lo que hace necesaria una segunda explicación de su supervivencia, que vaya más lejos de la simple inercia de un arcaÃsmo; se va asà al contenido sociopolÃtico: “millones de campesinos han sentido siempre la entidad nacional y sus problemas mucho más débilmente que en las ciudades“, explicación que continúa en una tercera, que sigue a la anterior también lógicamente: puesto que castellano cambio su contenido, ampliándolo y haciéndolo coincidente con español, muchos autores pueden utilizar uno u otro nombre. A partir de ahà se llega al uso más curioso, por lo que supone de eclecticismo, que es la unión de ambos adjetivos, en las combinaciones castellana-española o española-castellana, como en el Arte de Gonzalo Correas.
Tras estas explicaciones de la pervivencia de castellano, queda, sin embargo, un quinto argumento a favor de español: desde finales del siglo XVI, salvo rarÃsimas excepciones, debidas a autores españoles que escriben fuera de su patria, el término aceptado mayoritariamente en los paÃses hispanohablantes, para referirse a la lengua común de España, es el de español. [...]
HabÃa un grupo de autores que seguÃan usando “castellano“; este grupo no debió de ser muy polémico, porque no hemos notado señales de encono. Otro grupo se resistÃa a usar este nombre, porque le parecÃa que equivalÃa a colocar a Castilla en lugar preeminente. Notemos que todavÃa hoy podemos notar esta actitud, en AndalucÃa, por ejemplo.
Cuando se rechaza “castellano“ quedan dos opciones: o usar “español“, o crear una designación nueva. No obstante, el uso de español pudo no resultar satisfactorio para algunos autores que tampoco querÃan usar castellano, porque la lengua de Castilla era (y es) una entre las varias lenguas españolas. Llamarla lengua española serÃa asà otorgarle un privilegio injustificado. Esta postura también es importante, porques e traduce hoy en aspectos del problema en las regiones bilingües. [...]
Los argumentos que emplea Amado Alonso al hablar del siglo XVIII y, especÃficamente, de la actitud de la Academia al redactar el Diccionario de Autoridades, han merecido una respetuosa discrepante respuesta de Fernando Lázaro, quien ha limitado el alcance de ciertas afirmaciones. Las puntualizaciones de Lázaro se refieren, concretamente, a la denominación de la Real Academia, su gramática, y su diccionari. La Academia se llama Española por imitación de la Francesa y porque con esta denominación no hay equÃvocos (puede ser académico cualquier español, y no sólo los castellano). El diccionario, en cambio, es de la lengua castellana y asà será hasta 1924, pues a partir de esta fecha será de la lengua española.
1726-1924 DRAE: Diccionario de la lengua castellana
A partir de 1925 DRAE: Diccionario de la lengua española
Cambio de denominación que se extiende a todas las obras y documentos académicos. [...] La distinción estriba para Lázaro, en una razón mecánica o, si se quiere, retórica. La proximidad de los sintagmas Academia Española y Lengua Castellana en varios textos salva asà la fea construcción que se produce con los dos adjetivos iguales. Se trata, en suma, de una elegante variación estilÃstica entre el adjetivo que la Academia se asigna y el que atribuye a su lengua. Precisamente cuando es consciente de la confusión que tal variación comporta, decide aplicar a la lengua el adjetivo “española“ que se habÃa aplicado a sà misma en principio, y asà lo hace oficialmente, a partir de 1927, en sus publicaciones. [...]
La pasión desatada en torno a la denominación no ha sido motivada por un nominalismo bizantino, sino porque detrás de cada designación puede haber, en muchos casos, una manera de interpretar la historia de España. [...]
Lo que no conviene olvidar es que la designación de lengua oficial no añade nada al lustre cultural de una lengua. Con palabras de Cela, en el discurso inaugural del Ateneo, que no llegó a pronunciar, podrÃamos decir el que castellano “es la lengua común de todos los españoles. Repárese que es más importante, bastante más importante, y duradero y glorioso, ser la lengua de Cervantes, de Quevedo y de Fray Luis, que ser la lengua del BoletÃn Oficial del Estado.
“Español“, palabra extranjera
Fue el suizo Paul Aebischer quien señaló primero este origen necesario, tras insistir en la imposibilidad de que de uno de los tres gentilicios latinos: Hispanus, Hispanicus, Hispaniensis, pueda salir español. Esta última palabra puede proceder, según las distintas teorÃas, de *hispanionem o de *hispaniolem, formas ambas reconstruidas, no documentadas en latÃn. [...] Habrá que volverse a la segunda forma, lo que supondrÃa una derivación desde lenguas extrapeninsulares y, concretamente, desde el provenzal, donde la terminación en –ol, sin diptongar, es abundante. Esta es la tesis aceptada por Américo Castro y Rafael Lapesa, para quien “el romanista suizo Paul Aebischer dilucidó el asunto de manera definitiva“. [...]
Español, pues, pertenecerÃa a la misma oleada que nos trajo palabras que hoy son tan nuestras como solaz, donaire, fraile, monja, homenaje o deleite. La razón por la que fue necesario que viniera de afuera está ligada a una visión también externa de nuestra historia. Los habitantes del norte de la PenÃnsula eran, todos ellos, cristianos, etc., con estas denominaciones satisfacÃan sus necesidades comunicativas. Al norte de los Pirineos, sin embargo, se imponÃan otras denominaciones: el particularismo de leonés o castellano no tenÃa ya objeto, lo que el habitante de la antigua Galia buscaba era un nombre que cuadrase a los habitantes de Hispania (diferenciados de los moros). Cristiano no era término que pudiera emplear, puesto que franceses y provenzales eran también cristianos, y, por otro lado, a diferencia de los cristianos de Hispania, para los de Francia y Provenza este término era sólo religioso, no polÃtico: necesitaban un término, por decirlo asÃ, laico, y español satisfizo esta necesidad. El término, luego, hizo fortuna y fue adoptado por aquellos a quienes designaba, aunque parece claro que, mucho tiempo después, español sigue sin significar lo mismo para todos nosotros.
Lengua y morada vital
Los habitantes de la PenÃnsula Ibérica que se expresaban en lengua románica (y ello incluce a los vascos evangelizados, o sea, al mundo euskaldún, tempranamente bilingüe) sentÃan que tenÃan entre sà de común, solvo los mozárabes que se hubiesen islamizado, el ser cristianos. [...]
En el caso de los españoles, lo peculiar es que, en la relación entre el habitante y la tierra habitada, se interpuso una circunstanci debida al contacto con lasdos culturas semÃticas: la dimensión oriental sobrenatural. Fueron asà constituyendo su morada vital, que se refiere a dos aspectos: como morada de la vida designa “el hecho de vivir ante un cierto horizonte de posibilidades y de obstáculos (Ãntimos y exteriores), ... o puede referirse al modo cómo los hombres manejan su vida dentro de esta morada, toman conciencia de existir en ella“, en ese segundo caso, Américo Castro habla de vividura. (La Realidad Histórica de España, México, Porrúa, 1966, reimp., pp. 109-110).
A lo largo de la lucha con el musulmán, con la religión como aglutinante, va constituyéndose, de modo peculiar, la morada vital de los españoles. El elemento aglutinador es una Castilla que centra, por diversas razones, los elementos que constituirán España: por su carácter vascorrománico incorporará la mayor resistencia a la herencia latina (frente a lo que supone León en Derecho, o Galicia y Cataluña en este punto, sino también en manifestaciones culturales, como la lÃrica culta), por su condición de adelantada frente al invasor recibirá directamente el influjo árabe, y será transmisora a Europa de la mayor cultura medieval universalista, reintegrándose en el mundo clásico a través de la interpretación árabe de la ciencia, el pensamiento y las artes greco-iranias.
En esos ocho siglos de lucha los cristianos peninsulares, que fueron asimilando conceptos vitales semÃticos en contacto con judÃos y musulmanes, se hicieron españoles. “De acuerdo con la razonable propuesta de Américo Castro, damos el nombre de ’cultura española’ sólo a la que nace y se constituye después de Covadonga“ (Antonio Tovar). [...]
El término “español“ no puede aplicarse a quienes vivieran en la PenÃnsula Ibérica antes de que ésta se constituyese con conciencia española a lo largo de la Reconquista: los iberos, celtas, hispanorromanos o hispanogodos, como Viriato, IndÃbil y Mandonio, Marcial, Séneca o San Isidoro no eran españoles; podemos llamarlos, con criterio geográfico, “hispanos“ o “hispánicos“, pero no españoles. La conclusión histórica procede de observar cómo lo español comienza siendo lo castellano, que se va ampliando hasta englobar en lo abarcable por su radio vital a los otros pueblos españoles, si bien este abarcar ha tenido sus lÃmites (y no trazados por esos otros pueblos precisamente; la empresa del Imperio fue castellana, la reina Isabel excluyó de ella a los aragoneses y los catalanes). En palabras de Américo Castro (Sobre el nombre ..., p. 193):
Los castellanos fueron castellanizando y españolizando, hasta donde les fue posible, a leoneses, gallegos, navarros, catalanes, valencianos, a los indios de América. Pero no españolizaron a los celtÃberos, ni a los tartesios, ni a los iberos, porque ya no existÃan ningunos “nosotros“ que continuaran llamándose visigodos, iberos o celtÃberos.
La situación polÃtica tiene evidentes repercusiones en la lingüÃstica: al unirse Galicia y León el centro se desplaza hacia el Este, el gallego queda aislado y prosigue su vida hasta hoy. Cuando León se une a Castilla es la segunda la que impone su lengua, quedando marginado el leonés. La unión de Aragón y Cataluña beneficia al catalán, pero lo que acarrea la progresiva pérdida del aragonés es la unión con Castilla. Cataluña, en cambio, alejada de Castilla por la polÃtica de división de los reinos y por la distancia (Aragón mediante) puede conservar su lengua y su cultura. Para la designación de la lengua eso tiene su importancia: las regiones extremas, que conservan sus propias lenguas, tan españolas como el castellano, prefieren que “vasco“, “gallego“ o “catalán“ se contrapongan a “castellano“ y utilizan menos “español“ como equivalente de “castellano“. Las otras regiones, en cambio, que no tienen una lengua autóctona distinta de la de Castilla (descontados los focos reducidos de astur-leonés y aragonés), consideran la lengua de Castilla tan suya como de los castellanos, y prefieren utilizar “español“ para designar la lengua común, mientras que ven en “castellano“ una señal de predominio de una región, en materia lingüÃstica, cuando la lengua es sentida como propiedad de todos. [...]
Ecos constitucionales de un problema español
Promulgada la Constitución de 1978, está explÃcitamente dispuesto (TÃtulo Preliminar, artÃculo 3, apartado 1) que “el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho de usarla.“
Además de la pésima redacción del párrafo (como la de todo el texto, según se ha insistido por todas partes), con esos la finales referidos a la lengua española oficial, femenino, y no al castellano, masculino, defecto tan fácil de obviar con la simpre expresión de lengua castellana, en femenino, o el uso de Estado, de resonancias totalitarias, como caldo del Reich alemán (si no en su origen prÃstino, sà al menos en su expansión en la llamada España nacional), dejando aparte esos aspectos, todos sabemos que en torno al nombre de la lengua des desató una polémica que produjo vacilaciones y cambios, aunque sin éxito final. [...]
La discusión en las Cortes, a la hora de redactar la nueva Constitución, en 1978, se centran en tres posturas distintas, tras el acuerdo general de que haya una lengua oficial y ésta sea la lengua común de españoles e hispanoamericanos:
1) Una postura minoritaria defiende el uso exclusivo de español. Se apoya en el argumento de que el español actual no es sólo el castellano, sino el resultado del enriquecimiento de este dialecto románico con las aportaciones de las otras hablas españolas y americanas. Vinculada a la derecha y a personalidades del régimen anterior, la propuesta no es atendida.
2) Una postura amplia, que llega incluso a hacer triunfar inicialmente su propuesta en el Senado, partidaria de la sinonimia. Con el criterio de la Real Academia Española y la de la Historia, se inclinarÃa por el uso de castellano con referencia a la situación interna, donde hay otras lenguas españolas, mientras que español serÃa el término hacia fuera, hacia el resto del mundo. Además de recoger el argumento evidente de que el españnol no es, técnicamente, sólo castellano, y la paradoja de tantos españoles (aragoneses, leoneses, andaluces, extremeños, canarios) monolingües, que no son castellanos y hablan una lengua española, la cual, para ellos, no es castellano, sino español, se recoge también el argumento de derecho comparado, sobre las constituciones hispanoamericanas, y se advierte, apelando al sentido común, de la extrañeza que produce que el español sea la lengua oficial de viente repúblicas y que en su lugar de origen se lleme sólo castellano. El uso, por último, y la traducción a otras lenguas, consagra español.
3) La postura que resultarÃa triunfante, apoyada por los organismos lingüÃsticos oficiales de las regiones bilingües, es la de sólo castellano. El argumento aparente es que las otras lenguas son tan españolas como el castellano, yno hay razón, por tanto, para aplicar ese adjetivo con exclusividad a una de ellas, convirtiéndolo en su nombre oficial. A él se vuelve una y otra vez en las discusiones, rebatiendo los otros razonamientos en favor de la sinonimia con el de que aplicar espanol a castellano favorece el separatismo, argumento idéntico al utilizado por el escritor mallorquÃn Gabriel Alomar en la discusión de 1931, y que ha triundado en las dos ocasiones.
La discusión dejó de ser técnica para hacerse polÃtica, con lo que sus implicaciones derivaron. A lo largo de este capÃtulo, creemos, hay bastantes razones que apoyan actitudes a favor de una pura y oportunda sinonimia. Somos muchos los españoles que no llamarÃamos español al castellano si pensáramos causar con ello la más leve ofensa a las otras lenguas o sus hablantes, y los que apoyamos cualquier posibilidad de desarrollo de las otras lenguas – asà como protestamos, en su momento, de las restricciones a las que se vieron sometidas. Lo que sucede es que, desde el punto de vista del observador del idioma, no cabe duda de que, en la mayor parte de su dominio lingüÃstico, castellano y español se usan alternativamente, como sinónimos perfectos, sin otras implicaciones.
Detrás de la discusión institucional terminológica habÃa dos implicaciones, la primera de resonancias lingüÃstico-culturales, la segunda más especÃficamente polÃtica. En primer lugar, la exigencia del término castellano venÃa dada por la preocupación sobre la suerte de los otros idiomas españoles y el temor de que, si el término español se reservaba sólo a aquél, los demás pudieran encontrarse, de nuevo, con limitaciones y restricciones. En segundo lugar está el problema del modelo mismo de Estado: un estado plurinacional con una lengua oficial que es una entre otras.»
[Marcos MarÃn, Francisco: Curso de gramática española. Madrid: Cincel, 1980, pp. 51-66]
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Departamento de Español Urgente de la Agencia EFE:
español y castellano
Debemos utilizar castellano cuando nos refiramos al modo de expresión utilizado en España para diferenciarlo de las lenguas de determinadas comunidades autónomas. Y cuando nos refiramos al instrumento expresivo empleado por la comunidad hispanohablante deberemos decir español.
Los puntos uno y dos del artÃculo tres de la Constitución española dicen asÃ: "El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos", de lo que parece desprenderse que el nombre "oficial" de nuestra lengua, en España, es castellano. Esta redacción no fue del agrado de la Real Academia Española, que, en 1978, pidió oficialmente a las Cortes la adición de un párrafo al artÃculo tercero de la Constitución: "La Real Academia Española tiene el honor de dirigirse a V.E. para elevar a las Cortes Españolas el ruego de que en el artÃculo 3º, tÃtulo I, del proyecto de Constitución aprobado por la comisión correspondiente, se añada, tras el punto final, el siguiente párrafo: "Entre todas las lenguas de España, el castellano recibe la denominación de español o lengua española, como idioma común a toda la nación".
Funda su petición en estas consideraciones:
1. Según reconoce la propuesta de enmienda, todas las lenguas que se emplean en España, como constitutivas de su patrimonio idiomático, son lenguas españolas, y su libre utilización debe ser protegida, conforme a la garantÃa que establece el proyecto constitucional. Sin embargo, y puesto que se reconoce que la lengua castellana será oficial en todo el territorio de la nación y servirá de instrumento de comunicación para todos los ciudadanos españoles, parece natural que sea denominada lengua española por antonomasia.
2. Este idioma constituye un patrimonio que España comparte con numerosas naciones americanas. Una decisión tan importante como es la de reconocer constitucionalmente su nombre oficial no parece que deba ser adoptada por nuestro paÃs, desconociendo el hecho de que en tales naciones, tras los lógicos recelos que surgieron a raÃz de su independencia y que las llevaron a favorecer el término lengua castellana, exista hoy una preferencia generalizada por el de español y lengua española. ResultarÃa sorprendente para millones de hispanohablantes que, en el propio solar de la lengua, se frenara legalmente el proceso de difusión de ese término.
3. No parece que la Constitución pueda dejar de reconocer el hecho evidente de que, en el uso y en el sentimiento de la mayorÃa de los españoles, el nombre de su idioma común es el de español (o lengua española), usado en perfecta sinonimia con el de castellano (o lengua castellana). Esta sinonimia, recogida en los diccionarios españoles, no puede ser ignorada por la Constitución.
4. Esos términos, cuyo reconocimiento constitucional se propone, son los normales para designar internacionalmente el idioma común de nuestro paÃs. Lo emplean de modo casi unánime los extranjeros, y con la definición de lengua nacional de España figura en los diccionarios de todos los idiomas del mundo. La norma universalmente generalizada es la de designar con el adjetivo derivado del nombre de la nación su lengua oficial o más difundida: francés, italiano, ruso, etc., sin que ello signifique que no haya idiomas franceses, italianos y rusos.
5. Ese es también el nombre empleado en sus trabajos cientÃficos por todos los lingüistas, que sólo utilizan el término castellano cuando se refieren a fenómenos especÃficos de la lengua de Castilla frente a los que se producen en otras áreas románicas.
6. Designar exclusivamente como castellano el idioma común a España e Hispanoamérica implica reducir abusivamente la realidad que español y lengua española significan. Porque el castellano es la lengua surgida por evolución del latÃn en un cierto territorio de la PenÃnsula, que, al extenderse, en un secular proceso de difusión hasta implantarse en su ámbito actual, fue transformándose y enriqueciéndose paulatinamente con multitud de elementos no castellanos: árabes, vascos, catalanes, aragoneses. leoneses, gallegos, canarios y, muy en especial, hispanoamericanos, etc. De tal manera que, cientÃficamente, el castellano, como modo de hablar propio de su viejo solar, es hoy un dialecto del español. A la constitución de éste han contribuido generaciones de hablantes castellanos y no castellanos. Sólo por costumbre, consagrada por el diccionario, se llama al español con el término castellano. Pero serÃa abusivo que este último nombre desplazara al anterior en el texto constitucional, donde, insistimos, la igualdad sinonÃmica de ambas designaciones debe quedar reconocida.
7. De no hacerse asÃ, pueden producirse circunstancias tan chocantes como ésta: los departamentos que en nuestras Universidades se denominan de Lengua Española tendrán que pasar a llamarse de Lengua Castellana, para ajustarse a lo que determine la Constitución, mientras que, en las facultades extranjeras, a las cuales, como es natural, ésta no obliga, podrán seguir manteniendo su denominación actual, es decir, la de Departamento de Lengua Española.
La Academia renuncia a aportar argumentos históricos en favor de su petición, entendiendo que ésta puede apoyarse con hechos como los anteriores, de observación general.
Al elevarla a V.E., la Academia declara explÃcitamente que no la guÃa ninguna motivación de tipo polÃtico -motivación que serÃa completamente ajena a su misión- y sà únicamente la de solicitar que nuestro primer texto legal reconozca, ateniéndose a la lógica y a la realidad, la sinonimia espontánea, a todas luces irreversible, decidida por la mayor parte de los hispanohablantes. En cualquier caso, la Academia acata la autoridad soberana y que en este grave asunto poseen las Cortes y el pueblo español. Y al formular su petición, lo hace obligada por sus propios Estatutos, que le imponen el deber de expresar su criterio ante cualquier problema importante que afecte a la lengua española". A pesar de tan claras explicaciones y aplastantes razones, pudo más la polÃtica, y la petición de la Academia no fue atendida.
Castellano, español, idioma nacional, es el tÃtulo de un libro de Amado Alonso en el que el autor estudia y explica la historia de nuestra lengua y de sus nombres. De él hemos creÃdo interesante reproducir las siguientes afirmaciones: "El nombre de castellano habÃa obedecido a una visión de paredes peninsulares adentro; el de español miraba al mundo. Castellano y español situaban nuestro idioma intencionadamente en dos distintas esferas de objetos: castellano habÃa hecho referencia, comparando y discerniendo, a una esfera de hablas peninsulares -castellano, leonés, aragonés, catalán, gallego, árabe-; español aludÃa explÃcitamente a la esfera de las grandes lenguas nacionales -francés, italiano, alemán, inglés-".
"...bien podrÃamos decir que en estricto sentido los nombres de nuestro idioma tienen significaciones distintas. Castellano y español nombran a un mismo objeto con perspectivas diferentes".
"El uso de uno u otro nombre tiene, pues, justificaciones diversas y ocasionales. En el terreno empÃrico aluden a diversas circunstancias y peripecias histórico-culturales de los individuos o de las comunidades que prefieran uno al otro término; en el terreno teórico-lingüÃstico, la alternancia de castellano y español responde a la idea filosófica de que los nombres que damos a las cosas nada dicen de qué sean las cosas en sà y por sÃ, sino qué son para los hablantes que asà las nombran (...) Por consiguiente no es atinado decir que la lengua se llame "más propiamente" con uno o con otro nombre".
También hay que hacer notar el hecho de que, excepto los diccionarios de catalán-castellano, gallego-castellano o vasco-castellano, en ningún otro encontraremos la denominación de castellano. Los demás diccionarios se llamarán "inglés-español", "francés-español", "árabe-español", etc.
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Agencia EFE
Departamento de Español Urgente
enero 1996
Recientemente, el Departamento de Español Urgente de la Agencia EFE redactó la siguiente nota, que pasará a engrosar el VADEMÃCUM DE ESPAÃOL URGENTE III:
español y castellano
Debemos utilizar castellano cuando nos refiramos al modo de expresión utilizado en España para diferenciarlo de las lenguas de determinadas comunidades autónomas. Y cuando nos refiramos al instrumento expresivo empleado por la comunidad hispanohablante deberemos decir español.
Los puntos uno y dos del artÃculo tres de la Constitución española dicen asÃ: „El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos“, de lo que parece desprenderse que el nombre „oficial“ de nuestra lengua, en España, es castellano. Esta redacción no fue del agrado de la Real Academia Española, que, en 1978, pidió oficialmente a las Cortes la adición de un párrafo al artÃculo tercero de la Constitución:
„La Real Academia Española tiene el honor de dirigirse a V.E. para elevar a las Cortes Españolas el ruego de que en el artÃculo 3º, tÃtulo I, del proyecto de Constitución aprobado por la comisión correspondiente, se añada, tras el punto final, el siguiente párrafo: ‘Entre todas las lenguas de España, el castellano recibe la denominación de español o lengua española, como idioma común a toda la nación’.
Funda su petición en estas consideraciones:
1. Según reconoce la propuesta de enmienda, todas las lenguas que se emplean en España, como constitutivas de su patrimonio idiomático, son lenguas españolas, y su libre utilización debe ser protegida, conforme a la garantÃa que establece el proyecto constitucional. Sin embargo, y puesto que se reconoce la lengua castellana será oficial en todo el territorio de la nación y servirá de instrumento de comunicación para todos los ciudadanos españoles, parece natural que sea denominada lengua española por antonomasia.
2. Este idioma constituye un patrimonio que España comparte con numerosas naciones americanas. Una decisión tan importante como es la de reconocer constitucionalmente su nombre oficial no parece que deba ser adoptada por nuestro paÃs, desconociendo el hecho de que en tales naciones, tras los lógicos recelos que surgieron a raÃz de su independencia y que las llevaron a favorecer el término lengua castellana, exista hoy una preferencia generalizada por el de español y lengua española. ResultarÃa sorprendente para millones de hispanohablantes que, en el propio solar de la lengua, se frenara legalmente el proceso de difusión de ese término.
3. No parece que la Constitución pueda dejar de reconocer el hecho evidente de que, en el uso y en el sentimiento de la mayorÃa de los españoles, el nombre de su idioma común es el de español (o lengua española), usado en perfecta sinonimia con el de castellano (o lengua castellana). Esta sinonimia recogida en los diccionarios españoles, no puede ser ignorada por la Constitución.
4. Esos términos, cuyo reconocimiento constitucional se propone, son los normales para designar internacionalmente el idioma común de nuestro paÃs. Lo emplean de modo casi ecuánime los extranjeros, y con la definición de lengua nacional de España figura en los diccionarios de todos los idiomas del mundo. La norma universalmente generalizada es la de designar con el adjetivo derivado del nombre de la nación su lengua oficial o más difundida: francés, italiano, ruso, etc. sin que ello signifique que no haya idiomas franceses, italianos y rusos.
5. Ese es también el nombre empleado en sus trabajos cientÃficos por todos los lingüistas, que sólo utilizan el término castellano cuando se refieren a fenómenos especÃficos de la lengua de Castilla frente a los que se producen en otras áreas románicas.
6. Designar exclusivamente como castellano el idioma común a España e Hispanoamérica implica reducir abusivamente la realidad que español y lengua española significan. Porque el castellano es la lengua surgida por evolución del latÃn en un cierto territorio de la PenÃnsula, que, al extenderse, en un secular proceso de difusión hasta implantarse en su ámbito actual, fue transformándose y enriqueciéndose paulatinamente con multitud de elementos no castellanos: árabes, vascos, catalanes, aragoneses. leoneses, gallegos, canarios y, muy en especial hispanoamericanos, etc. De tal manera que, cientÃficamente, el castellano, como modo de hablar propio de su viejo solar, es hoy un dialecto del español. A la constitución de éste han contribuido generaciones de hablantes castellanos y no castellanos. Sólo por costumbre, consagrada por el diccionario, se llama al español con el término castellano. Pero serÃa abusivo que este último nombre desplazara al anterior en el texto constitucional, donde, insistimos, la igualdad sinonÃmica de ambas designaciones debe quedar reconocida.
7. De no hacerse asÃ, pueden producirse circunstancias tan chocantes como ésta: los departamentos que en nuestras Universidades se denominan de Lengua Española tendrán que pasar a llamarse de Lengua Castellana, para ajustarse a lo que determine la Constitución, mientras que, en las facultades extranjeras, a las cuales, como es natural, ésta no obliga, podrán seguir manteniendo su denominación actual, es decir, la de Departamento de Lengua Española.
La Academia renuncia a aportar argumentos históricos en favor de su petición, entendiendo que ésta puede apoyarse con hechos como los anteriores, de observación general.
Al elevarla a V.E., la Academia declara explÃcitamente que no la guÃa ninguna motivación de tipo polÃtico -motivación que serÃa completamente ajena a su misión- y sà únicamente la de solicitar que nuestro primer texto legal reconozca, ateniéndose a la lógica y a la realidad, la sinonimia espontánea, a todas luces irreversible, decidida por la mayor parte de los hispanohablantes. En cualquier caso, la Academia acata la autoridad soberana y que en este grave asunto poseen las Cortes y el pueblo español. Y al formular su petición, lo hace obligada por sus propios Estatutos, que le imponen el deber de expresar su criterio ante cualquier problema importante que afecte a la lengua española“.
A pesar de tan claras explicaciones y aplastantes razones, pudo más la polÃtica y la petición de la Academia no fue atendida.
Rafael Lapesa, en la Historia de la lengua española, dice que „el nombre de lengua española, empleado en la Edad Media con antonomasia demasiado exclusivista entonces, tiene desde el siglo XVI absoluta justificación y se sobrepone al de lengua castellana“.
Castellano, español, idioma nacional, es el tÃtulo de un libro de Amado Alonso en el que el autor estudia y explica la historia de nuestra lengua y de sus nombres. De él hemos creÃdo interesante reproducir las siguientes afirmaciones:
„El nombre de castellano habÃa obedecido a una visión de paredes peninsulares adentro; el de español miraba al mundo. Castellano y español situaban nuestro idioma intencionadamente en dos distintas esferas de objetos: castellano habÃa hecho referencia, comparando y discerniendo, a una esfera de hablas peninsulares -castellano, leonés, aragonés, catalán, gallego, árabe-; español aludÃa explÃcitamente a la esfera de las grandes lenguas nacionales -francés, italiano, alemán, inglés-“.
„...bien podrÃamos decir que en estricto sentido los nombres de nuestro idioma tienen significaciones distintas. Castellano y español nombran a un mismo objeto con perspectivas diferentes“.
„El uso de uno u otro nombre tiene, pues, justificaciones diversas y ocasionales. En el terreno empÃrico aluden a diversas circunstancias y peripecias histórico-culturales de los individuos o de las comunidades que prefieran uno al otro término; en el terreno teórico-lingüÃstico, la alternancia de castellano y español responde a la idea filosófica de que los nombres que damos a las cosas nada dicen de qué sean las cosas en sà y por sÃ, sino qué son para los hablantes que asà las nombran (...) Por consiguiente no es atinado decir que la lengua se llame ‘más propiamente’ con uno o con otro nombre“.
También hay que hacer notar el hecho de que, excepto los diccionarios de catalán-castellano, gallego-castellano o vasco-castellano, en ningún otro encontraremos la denominación de castellano. Los demás diccionarios se llamarán „inglés-español“, „francés-español“, „árabe-español“, etc. (En esta nota se citan el Diccionario de dudas y dificultades de la lengua española y el Manual de Español Urgente).
En el Diccionario de uso del español de MarÃa Moliner encontramos la siguiente definición:
español,-a. (Adjetivo y, aplicado a las personas y al idioma, también nombre). Se aplica a los naturales de España, a sus cosas y al lenguaje oficial de España, el cual, cuando se quiere diferenciar de las otras lenguas habladas en España, se llama castellano.
Y, finalmente, recordemos lo que aconseja nuestro Manual de Español Urgente de la Agencia EFE:
ESPAÃOL (Lengua española). Preferible a castellano, a no ser que esta lengua se relacione con cualquier otra de las peninsulares, en cuyo caso recibirá el nombre de castellana: „En Cataluña hay un alto porcentaje de hablantes de lengua castellana“.
Saludos de Pedro GarcÃa DomÃnguez. Departamento de Español Urgente de la Agencia EFE.
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Castellano y Español
«La lengua oficial de España y de otras comunidades hispanohablantes es el español, también llamado castellano por motivos históricos, pues no cabe duda de que su origen está en la variedad que se habló en la Castilla primitiva. Recibió después influencias diversas, se pulió como lengua general y evolucionó hacia normas más o menos alejadas de su origen primero. El nombre de castellano tiene, por tanto, una explicación lógica por su origen, pero, en realidad, si se habla desde un punto de vista lingüÃstico, serÃa preferible usar español – equivalente a francés, inglés, italiano – y reservar castellano para la variedad de Castilla.
Sin embargo, a las razones de tradición histórica que apoyan el uso de castellano junto al de español, se han sumado en los últimos años presiones extralingüÃsticas que han llevado a preferir castellano en la Constitución y a que algunos medios eviten español. Lo cierto es que ambos términos se usan como sinónimos y es frecuente encontrarlos simultaneados en el mismo párrafo de cualquier periódico.
Español o castellano, castellano o español son igualmente válidos en el uso, pero aquÃ, para evitar errores de concepto, se llamará en general español a la lengua y castellano a su primera etapa de reformación y expansión o a la actual variedad de Castilla. Esto permitirá distinguir entre el castellano que desde hace siglos se habla en tierras cercanas, por ejemplo, al leonés, y el español que difunden la escuela y los medios.»
[GarcÃa Mouton, Pilar: Lenguas y dialectos de España. Madrid: Arco/Libros, 1994, p. 24]
2006-10-11 02:40:00
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answer #6
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answered by Anonymous
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