tres años.
2006-10-09 06:56:39
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answer #1
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answered by gustavo c 1
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La ley 23515 en su texto establece lo siguiente:
Art. 205. - Transcurridos dos años del matrimonio, los cónyuges en presentación conjunta, podrán manifestar al juez competente que existen causas graves que hacen moralmente imposible la vida en común y pedir su separación personal conforme a lo dispuesto en el artículo 236.
Art. 215. - Transcurridos tres años del matrimonio los cónyuges, en presentación conjunta podrán manifestar al juez competente que existen causas graves que hacen moralmente imposible la vida en común y pedir su divorcio vincular, conforme lo dispuesto en el artículo 236.
Consecuentemente dos años para promover juicio por separación personal y tres para divoricarte.
Espero te sea útil.
Si el problema surge en menor tiempo dependerá de la entidad del conflicta y existiría la alternativa de plantear la nulidad del matrimonio, ese es otro terreno.
2006-10-13 06:57:59
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answer #2
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answered by carlos c 3
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no hagas caso al ****** que te dijo 72 hs porque no es asi. si qures depende el caso puedo ayudarte diegogvillamayor@yahoo.com.ar abogado.
espero tu rta
2006-10-09 17:16:01
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answer #3
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answered by Dr. Diego V. 4
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Tres años, deberían ser menos pero la justicia así lo resolvió.Espero que tengas un buen abogado
2006-10-09 14:48:27
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answer #4
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answered by MAQUI X 100PRE QUILMEÑA 7
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Si es un año.
2006-10-09 14:06:59
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answer #5
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answered by Juan T 3
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si, para poder comenzar los tramites de divorcio debes esperar a cumplir un año de casada.
2006-10-09 13:56:58
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answer #6
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answered by julie 1
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Para que te vas a casar pensando en divorciarte,
pero si existe un minimo 72 horas, te separas haces
haces los tramites, en en 2 meses tienes la sentencia de divorcio.
2006-10-09 13:55:37
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answer #7
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answered by Lobo solitario 3
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paaaa te casaste y ya te queres divorciar o estas pensando en el divorcio antes por las dudas
creo que 6 meses
2006-10-09 13:55:33
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answer #8
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answered by vampiarkesha 7
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