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2 respuestas

OJALA TE SIRVA


1.- Presentar solicitud de matrimonio debidamente requisitada ante el Juez del Registro Civil de su elección.
2.- Copia certificada del acta de nacimiento de los contrayentes, y en su caso, dictamen médico que compruebe la edad del o los contribuyentes, cuando por su aspecto físico sea notorio que son menores de dieciséis años.
3.- Convenio sobre el régimen patrimonial a que deberán sujetarse los bienes presentes y los que se adquieran durante el matrimonio.
4.- Comprobante de domicilio.
5.- Cuando alguno o ambos de los contrayentes no puedan concurrir personalmente a la celebración del acto, se deberá exhibir un documento público o privado mediante el cual se acredite la representación del o los mandatarios; dicho documento deberá estar firmado por el otorgante, aceptante y dos testigos, ratificadas las firmas ante Notario Público, Embajador, Cónsul o Autoridad Judicial.
6.- Cuando uno o ambos pretendientes hayan sido casados con anterioridad, exhibirán copia certificada del acta de matrimonio con la inscripción de divorcio o copia certificada del acta respectiva o copia certificada de la parte resolutiva de la sentencia de divorcio o nulidad del matrimonio y del auto que la declare firme. Para el caso de que alguno de los pretendientes sea viudo, deberá presentar copia certificada del acta de defunción correspondiente.
7.- Cuando se trate de menores de edad, siempre que ambos hayan cumplido dieciséis años, deberán presentarse a otorgar su consentimiento el padre o la madre del menor; a falta de padres, el tutor; y a falta, negativa o imposibilidad de las personas mencionadas, el Juez de lo Familiar suplirá el consentimiento.
8.- Recibo de pago de derechos.
9.- Identificación oficial de los contrayentes.
Tratándose de que alguno de los contrayentes sea del extranjero, deberá presentar además los siguientes requisitos:
10.- Acta de nacimiento apostillada o legalizada, en caso de que esta se encuentre en idioma distinto al castellano, deberá acompañarse de su correspondiente traducción realizada por perito traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del D.F. Se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica de dicho Organismo Jurisdiccional.
11.- Permiso vigente otorgado por la Secretaría de Gobernación.
12.- Comprobante de su legal estancia en el país, así como de su identidad y calidad migratoria.

2006-09-08 11:10:50 · answer #1 · answered by MILY 5 · 0 0

Llenar tu solicitud, las actlas de nacimiento, comprobantes de domicilio, identificación oficial (ife) si eres menor de edad la carta de autorización de los papás, practicarte los exámenes médicos y pagar tu cuota, que por cierto no es muyy cara si te casas en el registro civil, es decir si no pìdes que el juez te case en algun lugar en especial y ya.

2006-09-08 18:15:22 · answer #2 · answered by Mortixxxia 6 · 0 0

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