English Deutsch Français Italiano Español Português 繁體中文 Bahasa Indonesia Tiếng Việt ภาษาไทย
Todas las categorías

Si te han aplicado una infracción administrativa que consideras injusta y de nada te han valido los recursos. E incluso si ya te han pasado la multa a hacienda. Existe alguna posiblidad de recurrir a otra instancia. Y si es así les rogaría me dijeran cómo.

2006-09-01 13:55:48 · 7 respuestas · pregunta de luzvelorio 4 en Política y gobierno Leyes y Ética

7 respuestas

LO QUE TE MENCIONO SE REFIERE A MÉXICO.
NECESITAS ESPECIFICAR PRIMERO QUE TIPO DE INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA (TRÁNSITO, RESPONSABILIDAD DE SERVIDOR PÚBLICO, POR VIOLACIÓN A ALGÚN REGLAMENTO, ETC.).
LO ANTERIOR, PORQUE CADA REGLAMENTACIÓN CONTIENE SUS PROPIOS MECANISMOS DE DEFENSA Y EXISTEN DIVERSOS FUEROS (FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL).
POR LO REGULAR TODOS LOS REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS CONTIENEN EL RECURSO DE REVOCACIÓN O REVISIÓN, QUE SE INTERPONE ANTE LA MISMA AUTORIDAD, PARA QUE UN SUPERIOR JERÁRQUICO REVISA LA INFRACCIÓN Y SANCIÓN.

SI COMO MENCIONAS YA AGOTASTE EL RECURSO ADMINISTRATIVO (REVOCACIÓN O REVISIÓN), LO PROCEDENTE AHORA ES PROMOVER EL JUICIO DE NULIDAD ANTE EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (ESTO ES EN EL D.F. Y EN LOS ESTADOS EXISTEN TRIBUNALES CON NOMBRES SIMILARES) SI SE TRATA DE UNA INFRACCIÓN DE CARÁCTER ESTATAL O MUNICIPAL. EN ESTE SUPUESTO SE CONTEMPLA ADEMÁS EL RECURSO DE APELACIÓN, SI LA SENTENCIA QUE SE DICTE EN EL JUICIO NO TE FAVORECE. SI SE DICTA EN ESTE RECURSO DE APELACIÓN UNA SENTENCIA DESFAVORABLE IGUALMENTE, PUEDES PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO, QUE SE PRESENTA ANTE LA MISMA AUTORIDAD Y SE TRAMITA ANTE UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO (QUE ES UNA AUTORIDAD FEDERAL).



SI POR EL CONTRARIO ES UNA INFRACCIÓN FEDERAL, DEBES PROMOVER EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. EN ESTE CASO NO HAY RECURSO Y PROCEDE DIRECTAMENTE EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO ANTE UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO.

TODO ESTO ES UNA CUESTIÓN MUY TÉCNICA. ESPERO NO HABERTE ENREDADO Y TE SUGIERO CONTACTAR A UN ABOGADO PARA QUE TE ASESORE.

2006-09-01 21:22:03 · answer #1 · answered by IUS 4 · 0 0

si estas en Argentina, sigue las instrucciones de Judith, que aunque viva en España aqui es igual

2006-09-02 12:52:10 · answer #2 · answered by Anonymous · 0 0

sigue la recomendación de IUS

2006-09-02 09:13:02 · answer #3 · answered by ╨╦╨bonita╦╨╦ 3 · 0 0

Interpón una demanda de amparo indirecto ante un juez de distrito, ¡PERO YA!

2006-09-02 04:30:17 · answer #4 · answered by Hans_Kelsen 6 · 0 0

En España, cuando agotas la vía administrativa, o sea, cuando has interpuesto el recurso ante el máximo órgano administrativo posible y te ha sido denegado, has de iniciar la vía judicial. Si es una sanción administrativa, puedes ir a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Sea como sea, búscate abogado y procurador, e inicia la vía judicial.

2006-09-02 00:58:27 · answer #5 · answered by Oscar 6 · 0 0

Deberías aclarar más qué recursos has interpuesto. En cualquier caso, si ya has agotado los recursos, en la última resolución que te notificaron debería decir que "agota la vía administrativa", así como el plazo en el que la sanción será en firme. Si es así, puedes acudir al tribunal contencioso-administrativo, pero te costará un dineral. También tienes la opción, si puedes demostrar que la sanción no se ajusta a derecho o incurre en algún supuesto de nulidad, de presentar un recurso extraordinario de revisión.

Te aconsejo que vayas a un gestor (olvídate de las empresas de multas, la mayoría son unos estafadores) y te asesorará de lo que te puede costar.

2006-09-01 14:28:52 · answer #6 · answered by Hrundi V. Bakshi 3 · 0 0

revisa el codigo civil

2006-09-01 14:02:10 · answer #7 · answered by eduardo bforastero 2 · 0 0

fedest.com, questions and answers