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esta relacionado al titular de un Campo agricola.

2006-08-29 09:23:08 · 4 respuestas · pregunta de pepe d 1 en Política y gobierno Leyes y Ética

la consulta sobre derechos y acciones posesorias, es relativa al ambito de la Republica Argentina. Gracias

2006-08-30 03:41:42 · update #1

4 respuestas

de que pais? al menos en México no puedes venderlo asi como suena. con escrituras, porque no las hay

se le llama "sesion de derechos" y solo para seguir trabajando la tierra,hasta que no sea regularizada

2006-08-29 09:30:22 · answer #1 · answered by Aingerú Aritxa 5 · 0 0

Puede ceder sus derechos y acciones.

2006-09-01 20:54:56 · answer #2 · answered by carlosgarcia956 7 · 0 0

Efectivamente, forma parte del Derecho Agrario, y como álguien mas te dice, deberías precisar el país en que estás, pero al menos en México, déjame contarte que si puedes "Venderlo", pero no con esa forma, sino mediante un Contrato de Cesión de Derechos, ya sea a Título Oneroso o gratuito.

Me imagino que ha de ser un Ejido constituido como tal e inscrito en el registro Agrario Nacional, en este caso para que tenga plena validez, ese contrato de cesión de derechos debe ser celebrando ante el Comisariado Egidal para que se le de la formalidad requerida.

Tambien te cuento que se supone que el Inmueble rural constituido como Ejido, no es "Propiedad Privada" esto es porque no se puede disponer de esas tierras como uno quiera, sino que el propósito de esos terrenos, es dedicarlos a actividades propias del campo, a diferencia de un Tïtulo de Propiedad, con el que de Comprar un inmueble, puedes hacer con él lo que quieras (siempre que no perjudiques a terceros)...

Alguna otra cosa en que te pueda ayudar, con mucho gusto

2006-08-29 10:56:17 · answer #3 · answered by John Come & A 2 · 0 0

El propietario siempre puede venderlo excepto que tenga trabado un embargo o iniciada una prescripcion adquisitiva, de todas maneras si todavia no las tiene te conviene venderlo lo antes posible.
En Argentina siempre que seas titular de un dcho. de dominio (incluyendo terrenos agrarios, no es como en Mexico) podes enajenarlo, excepto por una inhibicion gral., un concurso de acreedores o un embargo.

2006-08-29 09:48:06 · answer #4 · answered by Juan_ARG 5 · 0 0

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