Parece que te estas confundiendo. Este año, por ser la tranmisión del poder ejecutivo (Fox entrega el poder a... ¿?) es entonces que el 1ro. de Diciembre de cada 6 años es día festivo y no laborable por ley. (Teóricamente si trabajas ese día deberían de pagarlo al triple). Ahí te va la disposición oficial Art. 74 que fué reformado en enero de este año. Cualquier duda o aclaración estoy para servirte.
SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
Decreto por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
“EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMA EL ARTICULO 74 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
I.El 1o de enero;
II.El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III.El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV.El 1o de mayo;
V.El 16 de septiembre;
VI.El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII.El 1o de diciembre cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII.El 25 de diciembre, y
IX.El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada laboral.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Por la conmemoración en el año 2006 del natalicio de Don Benito Juárez García, Benemérito de las Américas, la fracción III, tendrá vigencia a partir del año 2007.
México, D.F. a 15 de diciembre de 2005.- Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Patricia Garduño Morales, Secretaria.- Sen. Micaela Aguilar González, Secretaria.- Rúbricas.
En cumplimiento a lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Carlos María Abascal Carranza.- Rúbrica.
2006-08-28 05:22:58
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answer #1
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answered by Anonymous
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Afirmativo, cada seis años en el último informe de gobierno es de descanso obligatorio. Bye
2006-08-28 05:22:50
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answer #2
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answered by andy_fields 2
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no mi amiga te debes de estar confundiendo
el dia que es festivo es el 1ro de Diciembre de cada 6 años por cambio de presidente de la Republica, asi que ese fin de semana sera puente ! ! ! ! ! !!
2006-08-28 05:41:47
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answer #3
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answered by McGiver 3
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No es feriado el 1o. de septiembre, será feriado como sucede cada 6 años el 1o. de diciembre por ser el cambio de poderes.
2006-08-28 05:36:58
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answer #4
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answered by LAREDO 3
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No, el que si será feriado será el 1 de diciembre que es cuando tome posesión el nuevo presidente
2006-08-28 05:23:43
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answer #5
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answered by si'stoy 5
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no es feriado!! solo el 1o. de diciembre cuando es el cambio de presidente.... asi que, a trabajar el 1o. de septiembre!! :-)
saludos :-)
2006-08-28 05:23:38
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answer #6
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answered by ♥«Kåndÿ»♥ 5
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Lamentablemente ya no es feriado :(, así que no nos queda de otra... a chambear :(
2006-08-28 05:22:21
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answer #7
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answered by Erubiel 6
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Noup, no es feriado, pero si quieres tomarte el día no hay bronca yo te doy permiso.
2006-08-28 05:21:51
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answer #8
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answered by Dr. Dragg 5
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NO AMIGA YA NO ES FERIADO
2006-08-28 05:21:43
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answer #9
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answered by CJ 3
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Dios te oiga "amiga".
espero que asi sea.
2006-08-28 05:20:29
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answer #10
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answered by Tachidito 6
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