English Deutsch Français Italiano Español Português 繁體中文 Bahasa Indonesia Tiếng Việt ภาษาไทย
Todas las categorías

no lo se muy bien pero creo k en ningun sitio de la constitucion esta recogido k los inmigrantes puedan votar y si el gobierno y los partidos deciden k si deberia consultarse al pueblo pues puede k no este conforme como yo no lo estoy

2006-08-25 10:53:43 · 18 respuestas · pregunta de camisa 2 en Política y gobierno Inmigración

18 respuestas

No deberían practicar el derecho al voto personas que, aunque sean residentes legales, no sean nacidas en España, inclusive los inmigrantes comunitarios.No debemos olvidar que si España es lo que es hoy en día, es gracias al esfuerzo y la sangre derramada por los españoles.Donde estaban los inmigrantes durante la guerra civil??, durante los años de represión de la dictadura? por que va a poder decidir quien me va a gobernar a mi una persona que lleva dos días aquí.
Según el INE a Julio de este año hay 1.215.331 parados en España. Para que necesitamos inmigrantes si no hay trabajo para los de aquí.
Actualmente España es como una casa, en la que una una familia le quita el pan a uno de sus hijos para dárselo a un invitado. USTED DEJARÍA DE DARLE DE COMER A UN HIJO SUYO PARA DÁRSELO A UNA VISITA?????
Primero resolvamos nuestros problemas y luego ayudemos a los demás.

2006-08-25 16:33:06 · answer #1 · answered by sector4 1 · 0 3

los inmigrantes venidos de fuera de la UE,se duda que puedan votar, mientras los comunitarios votan libremente. ¿ hay que distinguir entre inmigrantes ricos y pobres y darles más derechos a unos que a otros? ¿Por qué un inglés o un alemán jubilado puede votar y un joven colombiano que trabaja no?

2006-08-25 18:20:31 · answer #2 · answered by ninapilla 3 · 3 0

Después que el inmigrante tenga residencia o nacionalidad puede votar, puesto que goza de los mismos derechos que tu eso no es para nada incostitucional...

2006-08-25 18:13:38 · answer #3 · answered by Ana O 3 · 3 0

La constitucion dice al respecto:articulo13.2 "solamente los españoles seran titulares de los derechos reconocidos en el articulo 23 (este articulo habla del derecho a participar en los asuntos publicos mediante la eleccion de representantes a traves de sufragio) salvo lo que atendiendo a criterios de reciprocidad pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales"
De esto puedo entender que los extranjeros podran votar siempre y cuando haya un tratado con el pais al cual pertenece y los españoles pudieramos hacer lo mismo en su pais.
Ahora bien: un inmigrante en situacion irregular en españa no podra votar puesto que no esta reconocido legalmente en el estado. Si el inmigrante estuviera en situacion legal supongo que podria utilizarse el mencionado criterio de reciprocidad. Si el inmigrante esta nacionalizado tambien podria votar.

2006-08-26 06:45:27 · answer #4 · answered by Stone 6 · 2 0

yo si asi nos apoderamos los extranjeros de todo, ya falta poco, danos 10m años mas.
camisa de fuerza escuchame, españa no tenia natalidad cuando empezaron a llegar los imigrantes empezaron a subir las tazas, o que queres el dia de mañana cobrar €300 de jubilacion????
si no fuera por los que nos nacionalizamos y pagamos impuestos el dia de mañana vas a tener futuro en tu pais, y obvio si sos ciudadano podes votar, como en cualquier pais del mundo, o por que te pensas que terminaitor es alcalde de los angeles en eeuu??

2006-08-25 19:15:06 · answer #5 · answered by el vincen 4 · 2 0

mira tampoco en ningun articulo de la costitucion dice que hay que hacer un referendun pues no esta recogido y tu pides que la costitucion se la salten a la torera
yo si estoy de acuerdo que los emigrantes puedan decidir ante los ayuntamientos o no son emigrantes los otros que se llaman europeos los cuales votan en españa para el ayuntamiento si pagan impuestos como los demas tienen que tener los mismos derechos

2006-08-25 18:00:15 · answer #6 · answered by Jose F 4 · 2 0

Lo lógico es que tengan derecho al voto todos los ciudadanos/as españoles, incluidos los inmigrantes ya nacionalizados. Si no están nacionalizados, no deben tener derecho al voto. Le pese a quien le pese.

2006-08-26 15:30:27 · answer #7 · answered by Anonymous · 1 0

Pues sino lo sabes muy bien, no hagas juicios de valor. La Constitución recoge el voto de extranjeros, de hecho los residentes comunitarios hace unos cuantos años que votan en las municipales y también en las autonómicas. Sólo hay que leerse la Constitución Española, aunque claro, yo entiendo que esto de leer puede resultar un poco pesado...

"Según los datos de la Secretaría de Estado de Inmigración, a finales de 2002, poco antes de los últimos comicios, había 362.858 extranjeros con tarjeta de residencia y derecho a voto, esto es, ciudadanos miembros de la UE y Noruega. A 30 de junio de 2006, esos ciudadanos, sumados a los 10 nuevos miembros de la UE, alcanzan los 619.341. Si a ellos se añaden los ciudadanos de Rumania y Bulgaria, a punto de incorporarse, y los cinco países iberoamericanos con los que el PSOE ha prometido que se firmarán convenios antes de las elecciones, los extranjeros que voten en 2007 serán 1,2 millones, el triple que en 2003."

La primera y hasta ahora única reforma constitucional, ha consistido en añadir, en el artículo 13.2, la expresión "y pasivo" referida al ejercicio del derecho de sufragio de los extranjeros en elecciones municipales.

El 7 de febrero de 1992 se firmó en Maastrich el Tratado de la Unión Europea por el que, entre otros, se modificaba el Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea. El artículo 8.B de éste, prescribiría, tras la aprobación del Tratado de Maastrich, que "todo ciudadano de la Unión europea que resida en un Estado miembro del que no sea nacional tendrá derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales del Estado miembro en el que resida…".

El Gobierno de la Nación, en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el 24 de abril de 1992, acuerda iniciar el procedimiento previsto en el artículo 95.2 de la Constitución al objeto de que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la eventual contradicción entre la Constitución española y el que sería articulo 8.B citado.

El pronunciamiento del Tribunal Constitucional, de fecha 1 de julio de 1992, declaraba:

1º que la estipulación contenida en el futuro artículo 8 B, apartado 1, del Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea, tal y como quedará redactado por el Tratado de la Unión Europea, es contraria al artículo 13.2 de la Constitución en lo relativo a la atribución del derecho de sufragio pasivo en elecciones municipales a los ciudadanos de la Unión Europea que no sean nacionales españoles.

2º que el procedimiento de reforma constitucional, que debe seguirse, para obtener la adecuación de dicha norma convencional a la Constitución, es el establecido en su artículo 167" (Declaración del TC 1/1992).

En aplicación, de lo dispuesto en el artículo 167.3 de la Constitución, a partir de la fecha de aprobación de la Proposición de Reforma, se abrió plazo para que, bien una décima parte de los miembros del Congreso, bien una décima parte de los miembros del Senado, solicitaran que la reforma aprobada por las Cortes Generales fuera sometida a referéndum para su ratificación. (BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 147-4 y BOCG. Senado, serie III B, núm. 24-f). Transcurrido el plazo sin que se hubiera solicitado someter la reforma a referendum, se publicó el texto definitivo de la Reforma del artículo 13, apartado 2 de la Constitución española en el BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 147-5, de 20 de agosto de 1992.

5. Sanción, Promulgación y Publicación

Su Majestad el Rey sancionó y promulgó la reforma constitucional en el Palacio de Oriente de Madrid, el 27 de agosto de 1992.

El Boletín Oficial del Estado publicó el texto de la Reforma Constitucional el día 28 de agosto de 1992. Ese mismo día se publicaron, también, las versiones en las restantes lenguas de España.

Como ves, nada anticonstitucional...

2006-08-26 08:07:29 · answer #8 · answered by juanferpt 3 · 1 0

que va en contra de los derechos de los españoles????jajaj,no estás conforme pero logicamente quieres que paguen impuestos y coticen a la Seguridad Social no?por qué precisamente tú ibas a tener más derechos?

2006-08-26 04:50:15 · answer #9 · answered by QUINITA 3 · 1 0

El derecho a votar de los inmigrantes es legitimo, y no va contra el espiritu de la Constitucion. Todo texto debe ser interpretado.
Hasta los textos sagrados lo son.
El literalismo es simplemente no comprender que un texto, un codigo penal, o un poema no pueden ser totalmente explicitos. Ocuparian miles de paginas:-)

2006-08-25 18:04:44 · answer #10 · answered by Horacio P 1 · 2 1

Pueden votar en las elecciones municipales ya los extranjeros comunitarios y los que en su país nos reconozcan el derecho de voto a nosotros. No es anticonstitucional, otra cosa es que guste más o menos.

2006-08-25 18:01:35 · answer #11 · answered by Némesis 5 · 1 0

fedest.com, questions and answers