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2006-08-18 10:06:44 · 2 respuestas · pregunta de Crazy_Diamond 1 en Política y gobierno Leyes y Ética

2 respuestas

La anticresis es un derecho real de garantía, aunque una parte de la doctrina no lo considera derecho real. En virtud del mismo, el titular (acreedor) tiene derecho a percibir los frutos de un bien inmueble del deudor con el fin de aplicarlos al pago de los intereses o, en su caso, del capital debido.

2006-08-18 10:12:39 · answer #1 · answered by Zarina 6 · 1 0

es cuando al acreedor se le otorga la facultad de percibir los frutos del inmueble puesto en garantia, con obligacion de decucir los intereses y el capital..

2006-08-21 07:04:32 · answer #2 · answered by Lis V 3 · 0 0

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