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trabaje desde el 5 de abril al 12 de agosto del presente, con un sueldo de 257 pesos diarios, ¿a cuanto asciende mi liquidacion y por que conceptos?, tengo entendido que proceden proporcional de aguinaldo, proporcional de vacaciones, proporcional de prima vacacional, pero no se si proceda la Prima de Antigüedad en mi caso, tuve un contrato por obra determinada o tiempo determinado no recuerdo, pero el trabajo que haciamos ya se termino.
Les agradecere dicha informacion ya que mañana voy a cobrar mi liquidacion y quiero ir preparado.

gracias

2006-08-17 14:35:43 · 2 respuestas · pregunta de lggomtz_8791 1 en Política y gobierno Leyes y Ética

2 respuestas

Pues en los casos de obra determinada no procede la prima de Antigüedad, pero como dices si te toca parte proporcional de aguinaldo, prima y vacaciones.

Ademas de que si hay utilidades te toca una parte el proximo año, tendras que estar pendiente de si la empresa las genera o no para cobrar tu parte proporcional en mayo del 2007.

2006-08-17 15:15:15 · answer #1 · answered by Osita Koala 7 · 0 0

La verdad es que no te toca prima de antigüedad únicamente te toca lo siguiente:

Parte proporcional de Vacaciones $ 544.84
Parte proporcional de prima vac. $ 136.21
Parte proporcional de aguinaldo $ 1,362.10
Total $ 2,043.15

2006-08-18 03:40:43 · answer #2 · answered by aguila 2 · 0 0

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