tienes que registrarlo como derechos de autor, si eres de México checa esto:
¿Que es el derecho de autor?
Podemos definir al derecho de autor como "... la facultad exclusiva que tiene el creador intelectual para explotar temporalmente, por sí o por terceros, las obras de su autoría (facultades de orden patrimonial), y en la de ser reconocido siempre como autor de tales obras (facultades de orden moral), con todas las prerrogativas inherentes a dicho reconocimiento.
¿Para quién aplican los derechos de autor?
Escritores
Pintores
Arquitectos
Músicos
Dramaturgos
Intérpretes
Compositores
Diseñadores
Caricaturistas
Escultores
Fotógrafos
Coreógrafos
Cineastas
Artistas en general
Programadores
Radiodifusores
Televisoras
Publicadores de paginas Web en Internet.
Editores de periódicos y revistas
Publicistas
¿Que obras se protegen?
El artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor cataloga las clases de obras que son objeto de protección, a continuación el listado:
· Literaria;
· Musical, con o sin letra;
· Dramática;
· Danza;
· Pictórica o de dibujo;
· Escultórica y de carácter plástico;
· Caricatura e historieta;
· Arquitectónica;
· Cinematográfica y demás obras audiovisuales;
· Programas de radio y televisión;
· Programas de cómputo;
· Fotográfica;
· Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil, y
· De compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras u otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.
Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que les sea más afín a su naturaleza.
¿Como protejo mis obras?
La protección se obtiene en el momento en que las ideas son plasmadas en un soporte material susceptible de ser reproducido, independientemente del merito o destino de las mismas, pero a través de nuestra experiencia, recomendamos ampliamente el registro en el Instituto Nacional del Derecho de Autor, ya que el certificado de registro, es una documental pública que en caso de litigio se convierte en la base de la acción para iniciar acción civil o penal.
¿Cuanto dura la protección del derecho de autor?
La protección que otorga la Ley Federal del Derecho de Autor a las obras es la vida del autor y setenta y cinco años después de su muerte, en caso de coautoría, este termino se computa a partir de la muerte del último autor.
¿Como registro una Obra?
El tramite se realiza ante el departamento de registro del Instituto Nacional del Derecho de Autor, se llena el formato Indautor 001, se pagan derechos por la inscripción, y en un termino de treinta (30) días hábiles se le regresa el certificado de registro correspondiente.
2006-08-17 13:17:43
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answer #1
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answered by Anonymous
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Tienes que registrar el poema o la canción ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor; una vez hecho lo anterior tendrás por lo menos 20 años de regalías cada vez que alguien explote tu creación.
Nada tiene que ver marcas y patentes; eso se refiere a propiedad insdustrial (inventos y esas cosas)
2006-08-17 20:23:50
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answer #2
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answered by JOSSS 5
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Tienes que dirigirte a la Oficina de Propiedad Intelectual, dependiente
del Ministerio de Educación y Cultura.- ( buscá su homónimo en tu
país )
2006-08-17 20:22:37
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answer #3
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answered by WARRIOR 7
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Creo, que tendrías que componerlo tú y no publicarlos, así sería totalmente tuyo e inédito.
2006-08-17 20:18:11
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answer #4
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answered by Solymar 2
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registralo en marcas y patentes
2006-08-17 20:16:24
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answer #5
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answered by chika_fresa_ml 4
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Ve a la oficina de marcas y patentes y lo registras y ya esta!... no se de donde seas, pero investiga donde keda dicha oficina en tu pais
2006-08-17 20:15:43
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answer #6
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answered by Anonymous
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pues escribelo, tu y vete a lo oscurito, y no se lo cuentes a nadie
2006-08-17 20:15:42
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answer #7
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answered by Anonymous
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