DERECHO SOCIAL
Es el conjunto de normas jurídicas que establecen y desarrollan diferentes principios y procedimientos protectores en favor de las personas, grupos y sectores de la sociedad integrados por individuos socialmente débiles, para lograr su convivencia con las otras clases sociales, dentro de un orden jurídico.
Tradicionalmente, se han clasificado las normas jurídicas en normas de derecho privado y normas de derecho público. En el primer grupo se encuentran las leyes que partiendo de la noción de igualdad, regulan las relaciones de las personas en su carácter de particulares, esto es, no investidas de poder público respecto a dichas relaciones. En el segundo grupo, las normas que reglamentan la organización y actividad del Estado y demás organismos dotados de poder público, y las relaciones en que interviene con tal carácter.
La desarticulación del derecho del trabajo del derecho civil, y las conquistas obreras que se elevaron a rango legal, produjeron un ordenamiento jurídico incompatible con las nociones de derecho privado y derecho público y que quedaba, en consecuencia, fuera de la clasificación tradicional. Con la autonomía de los derechos del trabajo y agrario, con la regulación de la seguridad y asistencia sociales, y con el surgimiento del derecho económico, se constituyó un conjunto de ordenamientos jurídicos con características distintas a las del derecho público y a las del privado, pero comunes entre sí:
1. no se refieren a individuos en general, sino en cuanto integrantes de grupos sociales bien definidos.
2. tienen un marcado carácter protector a los sectores económicamente débiles.
3. son de índole económica.
4. procuran establecer un sistema de instituciones y controles para transformar la contradicción de intereses de las clases sociales en una colaboración pacífica y en una convivencia justas.
5 tienden a limitar las libertades individuales, en pro del beneficio social.
En consecuencia ''aun cuando el contenido de estos ordenamientos sea heterogéneo su objeto establece entre los varios aspectos de ese contenido unidad esencial'' y se agrupan dichos ordenamientos, en una categoría que implica esa unidad esencial y se caracteriza por los rasgos comunes a ellos: el derecho social.
Sedebe afirmar, que el derecho social, debe su contenido a una nueva concepción del hombre por el derecho. Si la concepción jurídica individualista, de donde emana el derecho privado, se orienta hacia un hombre idealmente aislado y a quien se supone igual a los demás y al margen de todo vínculo social la concepción del hombre de donde emana el derecho social, no conoce simplemente personas conoce patrones y trabajadores, terratenientes y campesinos, obreros y empleados, etc., destacando la posición social de poder o de impotencia de los individuos para dictar medidas contra la impotencia social. Para el derecho social, la igualdad humana no es el punto de partida, sino la aspiración del orden jurídico.
De acuerdo a las características del derecho social, enumeradas, se ha modificado la clasificación del orden jurídico positivo, colocando al derecho social a un lado del derecho público y del derecho privado
ORDEN JURÍDICO POSITIVO
Constitucional
Administrativo
Derecho Público
Penal
Procesal
Internacional Público
Civil
Derecho Privado
Mercantil
Internacional Privado
Del Trabajo
Agrario
Derecho Social
Económico
De Seguridad
De Asistencia
Cultural
Las ramas del derecho social mencionadas, no podrían ubicarse dentro del derecho público o privado, y justifican, por lo tanto, el establecimiento del derecho social dentro de las divisiones primarias del derecho. El derecho del trabajo regula las relaciones obrero-patronales y trata de rodear al trabajador de todas las garantías en el desempeño de sus actividades. Protege al trabajador, en tanto es miembro de esa clase. El derecho agrario regula la equitativa distribución de la tierra y su explotación en beneficio del mayor número de campesinos y a la sociedad por el volumen y costo de la producción agrícola ganadera. El derecho agrario es también un derecho de clase no subsumible en las categorías tradicionales. El derecho económico tiende a garantizar un equilibrio, en un momento y en una sociedad determinadas, entre los intereses particulares de los agentes económicos públicos y privados y un interés económico general y tiene una finalidad puramente social: poner al alcance de las masas, elementos de trabajo y de vida. El derecho de seguridad social procura poner a cubierto de la miseria a todo ser humano. Es un derecho de clase porque se dirige a proteger a quienes sólo cuentan con su trabajo personal como fuente de ingresos y los protege en la enfermedad, la invalidez, la desocupación y la vejez. El derecho de asistencia social considera los intereses y las necesidades de quienes no pueden trabajar ni procurarse las atenciones médicas, de alimentación, de indumentaria, de habitación que requieren, constituyéndose instituciones jurídicas con características ajenas al derecho público y al privado. El derecho cultural se integra con las leyes que regulan la instrucción y la educación en todos los grados, clases y aspectos, procurando ofrecer las condiciones necesarias para una buena educación para todos. El carácter de un ordenamiento jurídico se expresa con mayor claridad por la relación que en él tengan, uno frente al otro, el derecho público y el privado y por el modo en que se repartan las relaciones jurídicas entre ambos derechos. La transformación que ahora vivimos del derecho liberal en derecho social se revela, en las nuevas limitaciones del derecho público impuestas al derecho privado, en especial a la propiedad y a la libertad contractual, y constituye un notable avance hacia la justicia social.
2006-08-16 19:34:02
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answer #1
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answered by jackdaniels80mx 3
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2017-02-10 05:58:05
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answer #2
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answered by Stephen 4
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El derecho social se subdivide en cuatro ramas:
*Derecho laboral o del trabajo
*Derecho agrario
*Derecho de la seguridad social
*Derecho económico
Y es un ordenamiento que brinda protección y regula la vida de los sectores de la población vulnerables, pobres o desprotegidos.
2015-03-30 14:45:21
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answer #3
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answered by Karen 1
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el derecho social, es una tercera rama de la divicion del derecho, puede ser publico o privado, pero el derecho que protege a grupos sociales definidos es el llamdo derecho social, como por ejemplo la clase obrera o trabajadora, el derecho laboral, los campesinos o ejidatarios, derecho agrario, todas las demas ramas se encuadran en publico o privado y tiene que ver segun la intervencion del gobierno.
2006-08-16 11:20:43
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answer #4
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answered by Anonymous
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El derecho es social por naturaleza, se fundamenta en dar la justicia a la sociedad, por lo tanto todas las vertientes tienen que ver con el carácter social del derecho:
Derecho penal, mercantil, civil, etc.
A menos que te refieras a el Derecho que da justicia a ciertos grupos, piodría ser el Derecho enfocado a los indigenas, niños, derechos humanos.. en fin..
Creo que es un poco ambigua tu pregunta.
2006-08-16 10:52:11
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answer #5
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answered by Freedom 6
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No lo recuerdo pero creo que seria laboral, agrario, civil, o diablos todas son sociales porquev regulan a la sociedad, porque no buscas en monografias.com, suerte ok.
2006-08-16 11:36:58
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answer #6
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answered by Anonymous
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quien sabe... yo solo se que soy hermoso...
2006-08-16 10:51:26
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answer #7
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answered by Anonymous
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