English Deutsch Français Italiano Español Português 繁體中文 Bahasa Indonesia Tiếng Việt ภาษาไทย
Todas las categorías

Aquí en Galicia,si la pareja no decide otra cosa,al contraer matrimonio automáticamente se está en Régimen de Gananciales.¿Se puede modificar ésto una vez contraido matrimonio?¿Cómo sería el reparto de bienes en cada uno de los casos?.De nuevo,gracias.

2006-08-16 04:19:53 · 5 respuestas · pregunta de LdeLola 1 en Familia, Amor y relaciones Matrimonios y Divorcios

5 respuestas

En España si te casas en régimen de gananciales todo lo que se genere en la pareja durante el tiempo de matrimonio es a partes iguales entre los dos, por lo que en caso de divorcio habría que partirlo. Pero lo que cada uno tenga antes de casarte son bienes privativos y no se ven afectados por el contrato matrimonial: es decir, los bienes que tu tengas antes de casarte no tienes que compartirlos si te divorcias.

En el régimen de separación de bienes cada uno de los cónyuges es dueño de sus propios bienes y no hay "sociedad de gananciales". Es la mejor solución, ya que en caso de divorcio no hay problemas de dinero: cada uno se queda con lo suyo y punto.

Hoy día cualquier persona con dos dedos de frente optaría por este régimen para evitar los matrimonios interesados (desgraciadamente es mayor este abuso entre las mujeres que ven en el matrimono un medio de vida sin tener que trabajar) que tanto se dan en los matrimonios en régimen de gananciales.

2006-08-16 05:40:42 · answer #1 · answered by Ireth 4 · 1 0

Simplemente quiero añadir que el contrato matrimonial se puede cambiar en cualquier momento, siempre y cuando haya mutuo acuerdo para decidir, frente a un notario, cómo se reparten los bienes de la pareja.

2006-08-18 09:42:12 · answer #2 · answered by Malco Jones 2 · 0 0

En mexico, separación de bienes es que cada una de las propiedades sera a nombre de quien las compro.
la sociedad conyugal es que todos los bienes que se adquieran durante el matrimonio seran de los dos,
y si se puede cambiar el regimen, y queda a consideración de las partes...

2006-08-16 13:50:15 · answer #3 · answered by ALI R 3 · 0 0

Aqui en Argentina, creo que una vez casado no se puede modificar, el reparto es 50 y 50 en el divorcio .-Pregunta al registro de las personas o Civil diríamos nosotros los argentinos.juanca

2006-08-16 11:27:19 · answer #4 · answered by juanca 5 · 0 0

Separación de bienes implica que en caso de divorcio, cada cónyuge se queda con lo que compró durante el casamiento. Es muy usada últimamente, sobre todo para evitar los típicos braguetazos en los que el cónyuge que venía pobre se lleve una burrada. El régimen de gananciales es lo contrario, se comparten los bienes y en caso de divorcio hay que compensar al cónyuge más pobre.
En toda España menos en Cataluña, el contrato por defecto es de gananciales. Allí se usa la separación de bienes si no se establece otra cosa.
Las capitulaciones matrimoniales son cláusulas que se añaden al contrato matrimonial.
Respecto a si el contrato se puede cambiar, me parece que no. Sin embargo, doctores tiene el Derecho que le podrán decir.

Suerte.

2006-08-16 13:00:24 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 1

fedest.com, questions and answers