Existen tres tipos de Divorcio:
a)Divorcio Administrativo:Es un trámite administrativo que se realiza ante el mal llamado Juez del Registro Civil que caso a los conyuges, y no tiene que haber hijos y tiene que haber pasado como minimo un año de la celebración del matrimonio.
b)Divorcio Necesario: Es propiciado por las causales de divorcio ennumeradas en el Codigo Civil, este tipo se da generalmente cuando uno de los conyuges no quiere deshacer el vinculo matrimonial y el conyuge restante tiene que buscar una de las causales para poder demostrarle al Juez que ya no es posible seguir con el matrimonio .
c) Divorcio Voluntario: Es de comun acuerdo, sólo que este se realiza ante un Juez Civil en turno y no ante el del Registro Civil.
2006-08-14 11:31:20
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answer #1
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answered by jacob 1
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dos:
el de comun acuerdo o voluntario.- cuando los dos se ponen de acuerdo en que se quieren divorciar, en la división de los bienes (las cosas, casas, autos) y en la custodia (cuidado) de los hijos.
el contencioso o necesario.- cuando no se ponen de acuerdo en lo anterior. debe de ser ocasionado por no cumplir con el contrato de matrimonio, ya sabes, ser fiel, proveer, no maltratar, etc.
2006-08-14 10:26:26
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answer #2
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answered by jorsh 4
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Pues en México existen tres, el administrativo (derivado del mutuo consentimiento pero no existen bienes), el de mutuo consentimiento y el divorcio necesario, ahhh y también existe el divorcio ranchero, (se elimina al conyuge problematico, jejejeje).
Salu2.
2006-08-14 10:24:55
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answer #3
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answered by Anonymous
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buenas tardes soy de Jalisco, mi marido esta casado con otra persona pero separado desde hace 9 años y tiene dos hijas en su anterior matrimonio, ella dice estar divorciada y tener papeles legales pero que solo ella esta divorciada alguien me puede decir como es eso posible, aparte que les cambio apellidos a sus hijas ella . a lo que fuimos al registro civil de Guadalajara y sacamos un acta de matrimonio de el y ella y sigue actual entonces ya no se como esta eso , ella ya se caso según al civil y religioso mormon y presento papeles legales según su iglesia.POR FAVOR ALGUIEN QUE ME DE RESPUESTA
2015-05-05 13:32:03
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answer #4
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answered by canales 1
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El de mutuo consentimiento y contencioso.
2006-08-16 13:04:10
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answer #5
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answered by Lily 2
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En Argentina hay tres
a) de común acuerdo
b) contencioso o "por injurias"
c) "por causal objetiva" (cuanto se encuentran separados más de tres años sin voluntad de volver a unirse).
2006-08-15 11:59:34
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answer #6
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answered by Angelorum 6
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Algunos doctrinarios en México han creado una clasificación diferente a la que se ha venido manejando que y se ha comentado (Administrativo, Voluntario y Contencioso), a este tipo de divorcios se les conoce como "Vincular", y existe una clasificación de divorcio "No vincular" en la que se hace una separación de cuerpos de los cónyuges; lo hay de tres tipos:
Medios preparatorios: Antes de la demanda de divorcio, se solicita al juez se decrete la separación de cuerpos de los cónyuges. (Art. 205 párrafo 3o Código Civil para el D.F.)
Medidas Provisionales: Junto con la demanda de divorcio se le pide al juez que permita que los cónyuges vivan separados. (Art. 282 fracción 1a Código Civil para el D.F.)
Medida Eugénésica: No existe una demanda, sino que se solicita al juez como una medida de salud (Cuando uno de los cónyuges tiene una enfermedad contagiosa), sin que esto genere una causal directa de divorcio. (Art. 277 Código Civil para el D.F.)
2006-08-15 11:21:21
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answer #7
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answered by Mr_Arana 3
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hasta donde yo sé, sin ser abogado, existen 2, el voluntario, que es de común acuerdo, y el contencioso, que es donde existe, o mejor dicho donde no existe un acuerdo entre las partes
2006-08-14 10:41:30
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answer #8
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answered by Anonymous
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existen tres tipos:
a) administrativo.- llevado ante el juez del resgitro civil que te casó.
b) voluntario.- es de común acuerdo y se lleva a cabo ante el juez de lo familiar que te corresponda por turno.
c) necesario.- ante el juez que te corresponda por turno y se propicia por las causales de divorcio que establece el código. todas ellas son consideradas como suficientes para terminar el vínculo matrimonial.
en la primera incluso el trámite puede ser personal, ya que tratas directamente con el juez del registro civil o su secretario.
en los dos restantes tienes que contratar un abogado, pero aguas, no todos son lo que aprentan o dicen. ejemplo: si un abogado te dice que sabe de todas las materias, es un mentiroso o te quiere robar.
busca uno con experiencia en materia civil o familiar. (todo lo anterior en México).
2006-08-14 10:34:52
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answer #9
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answered by flyhunter 3
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Contencioso, Administrativo cuando no hay hijos y hay bienes mancomunados, Voluntario cuando están de acuerdo los dos, Necesario cuando ha habido violencia familiar, Divorcio por consentimiento mutuo, Divorcio por culpa cuando uno está recluído en cárcel, Divorcio por cese de convivencia mutua ( que hayan pasado seis años y este enfermo uno de los conyuges)
2006-08-14 10:34:12
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answer #10
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answered by Anonymous
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