Hola soy LAE y tengo experiencia en esto.
CHAC TIENE TODA LA RAZÓN, SÍ TIENES DERECHOS si tu trabajaste únicamente para ese patrón, está prohibido pagarte por honorarios y te deben pagar como trabajador, como lo sugiere CHAC. En tu caso por haber renunciado, te corresponden dias laborados mas los proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional a la porción de año que hayas laborado. Habla primero con tu patrón antes de meterte a conciliación y arbitraje y dile que eso es lo que te corresponde y pídeselo en buen plan , si no te lo da, pues acude a conciliación y arbitraje a poner tu demanda y le va a ir como en feria por no haber pagado IMSS, INFONAVIT, crédito al salario y algunas otras prestaciones de ley, mas le vale pagarte lo que es tuyo, no te dejes, no es justo!!
2006-08-11 07:52:57
·
answer #1
·
answered by JUSTICIERO 1
·
1⤊
0⤋
Al tu renunciar pierdes finiquito. lo que te corresponde conforme a la ley es el tiempo laborado hasta el dia de tu renuncia y prima vacacional, si no las habias tomado.
Lo que te corresponde por antiguedad es solo si la empresa quiere...pero no esta dentro de la ley...a menos que la empresa de liquide.
2006-08-11 07:43:47
·
answer #2
·
answered by Anonymous
·
0⤊
0⤋
CHAC te dio una buena respuesta, al igual que varios.
No tienes derecho a nada por que estas por honorarios (no eres trabajador de ellos mas que una prestadora de servicios)
Si quieres pedir algo, pues negocia con ellos (es lo mas recomendable, pero no se que vayas a pedir si tu renunciaste)
Y si lo que dice CHAC es el metodo legal para conseguir algo, mediante un Juicio en materia Laboral, pero como sugerencia, no lo hagas, 4 años hacen buen curriculum, y una buena carta de recomendación
2006-08-11 06:55:10
·
answer #3
·
answered by phanton1202 5
·
0⤊
0⤋
no soy experto pero se que si renuncias pierdes todos los derechos , sobre todo si estaban por honorarios , es la peor manera de trabajar pues no es nada seguro.
2006-08-11 06:42:32
·
answer #4
·
answered by itaruiz 1
·
0⤊
0⤋
Si estabas por honorarios, pero recibias aguinaldo, te deben dar tu parte proporcional al tiempo quellevas este ultimo año es decir de enero a agosto, si tus honorarios eran con recibosa y eso pues yo creo que no por que eres como un prestador de servicios externo
2006-08-11 06:39:55
·
answer #5
·
answered by Rosauro Castro 4
·
0⤊
0⤋
Mira en Argentina te corresponderia la mitad de la indemnización que te hubiera correspondido en caso de que te hubieran hechado.Exitos!!!!
2006-08-11 06:39:22
·
answer #6
·
answered by Anonymous
·
0⤊
0⤋
Si es por honorarios, nada, porque cuentas como un proveedor de servicios y no como un empleado.
Cuando a un proveedor se le dejan de solicitar sus servicios no se le da ninguna compensación.
En todo caso, queda a criterio y voluntad de tu empleador el darte una bonificación, pero no es obligación por Ley.
2006-08-11 06:37:47
·
answer #7
·
answered by ❀Ikebana❀ 6
·
0⤊
0⤋
yo no soy experta, pero entiendo que si renunciaste no puedes pedir el finiquito, claro que algunas empresas (mínimas) acostumbran hacerlo.
Ahora que si nunca te dieron aguinaldo y el bono anual, si podrías demandarlos.
En los juzgados hay abogados de oficio que podrían orientarte mejor y seguir tu caso.
Suerte
2006-08-11 06:37:33
·
answer #8
·
answered by ANA 4
·
0⤊
0⤋
mira la neta si tu renunciaste no te toca nada, si te renunciaron y estabas por honorarios la neta te deben de dar tus 3 meses, pero es muy complicado lograrlo por la estructura de leyes mejor asi quedate por que vas a gastar mas en pedir tu finiquito que lo que te van a dar
2006-08-11 06:36:51
·
answer #9
·
answered by alejotribol 2
·
0⤊
0⤋
También trabajo por honorarios y ha sido una duda que tengo desde hace tiempo.... varios compañeros me han dicho que no te deben dar nada... porque trabajas como por tu propia cuenta...
2006-08-11 06:35:02
·
answer #10
·
answered by Anonymous
·
0⤊
0⤋