English Deutsch Français Italiano Español Português 繁體中文 Bahasa Indonesia Tiếng Việt ภาษาไทย
Todas las categorías

2006-08-10 05:13:46 · 4 respuestas · pregunta de Jesus Antonio A 1 en Política y gobierno Política

4 respuestas

Definición Acto Jurídico: manifestación de la voluntad de una o más partes con la intención de crea, modificar o extinguir un derecho.

Se puede desprender:

a) La voluntad debe manifestarse, mientras no lo haga el deseo queda en el fuero interno de la conciencia de la persona y no produce ningún efecto.

b) La persona debe tener intención de producir un efecto jurídico, esto es, crea, modificar o extinguir un derecho.

c) El objetivo del actos es crear, modificar o extinguir un derecho.

3. Clasificación de los Actos Jurídicos:

3.1 Unilaterales o Bilaterales: en los unilaterales interviene una sola persona (testamento); y en los bilaterales concurren dos personas (compra-venta).

3.2 Entre vivos o por causa de muerte o mortis causa: entre vivos son una compra-venta o una sociedad; y por causa de muerte son el testamento.

3.3 Solemnes y no solemnes: es solemne una compra-venta de un bien raiz; y los actos no solemnes no requieren de ninguna formalidad.

3.4 Gratuitos o Onerosos: es gratuito cuando tiene beneficio o utilidad una sola de la partes; y es oneroso cuando ambas partes tienen beneficios o utilidades.

3.5 Causales y Abstractos: en el primero, la causa aparece como ineludiblemente unida a la existencia del acto jurídico del contrato; y en el segundo, es posible que tenga una causa, pero lo que obliga no es esa causa sino la realización de ciertas solemnidades.

3.6 Puro y simple o Sujeto a modalidad: los primeros son los que obligan en cuanto se celebran; y los segundos son los que las partes modifican sus efectos naturales.

3.7 Principales o Accesorios: el primero, no necesita otro AJ para subsistir, puede por si solo; y el segundo, son aquellos que necesitan de otro AJ para subsistir.

4. Elementos de los Actos Jurídicos:

4.1 Elementos de la Esencia: son aquellos que sin los cuales el acto jurídico no nace a la vida del derecho o degenera en otro distinto.

4.2 Elementos de la Naturaleza: son aquellos que sin ser de la esencia, se entienden incorporados a un acto jurídico, sin necesidad de cláusulas especiales.

4.3 Elementos Accidentales: son aquellos que las partes introducen a un acto jurídico mediante cláusulas especiales y que están destinadas a modificar sus efectos naturales en cuanto a su nacimiento, ejercicio o extinción. Estos son la condición, el plazo y el modo.

2006-08-10 05:19:53 · answer #1 · answered by mil20 4 · 0 1

ACTO JURIDICO: Manifestación de la voluntad, que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho, las cuales son reconocidas por el ordenamiento jurídico. Así encontramos que habrá actos jurídicos unilaterales y bilaterales, encontrando entro los últimos a los convenios y a los contratos.Segun el art. 944 del cod, civil argentino.

2006-08-10 05:34:01 · answer #2 · answered by loly23 3 · 0 0

ACTO JURÍDICO.- El Acto Jurídico es considerado como la manifestación de la voluntad humana susceptible de producir efectos jurídicos.

Para que esta manifestación de la voluntad produzca efectos jurídicos, además de la capacidad para realizar ese acto, es preciso que se realice de acuerdo con los requisitos legales previamente establecidos para cada caso.

2006-08-10 05:22:32 · answer #3 · answered by norgodan 4 · 0 0

Es la manifestacion de la voluntad humana, suceptible de producir efectos juridicos.

Para que produzca efecto ademas de la capacidad de realizarlo se precisa que se verifique de acuerdo con los requisitos legales previamente establecidos.

2006-08-10 05:20:12 · answer #4 · answered by OlgaV_deEscobedo 4 · 0 0

fedest.com, questions and answers