Todos los Ciudadanos somos personas físicas, ya que las Personas Morales son Sociedades con Personalidad Jurídica Propia (Independiente de la de sus integrantes que son gente común).
Primero necesitas darte de alta en el SAT con la clave de honorarios (llenas el formato R-1). Te pedirán documentos como identificación, acta de nacimiento, CURP y comprobante de domicilio.
Tiempo después te llegará tu cédula Fiscal a tu domicilio (irá a visitarte un verificador) y en cuanto la tengas mandas a hacer tus recibos de honorarios en una imprenta autorizada (abundan alrededor de las oficinas del SAT).
Es obligación tuya guardar las copias de los recibos expedidos pues esos te los pedirá tu contador, así como las constancias de retenciones (más abajo te explico qué son).
Guarda facturas de gasolina (cuida que las elaboren con los datos que dice tu cédula) y en general de todo el material necesario para ejercer tu actividad, incluyendo ropa y gastos médicos, ya que te sirven de deducción para ISR e IVA.
Tus obligaciones a partir de la inscripción serán presentar declaraciones mensuales de ISR e IVA (es sencillo y ahora se hace por internet, en el mismo SAT te ayudan) y en en el mes de abril declaración anual de esos mismos impuestos.
Si vas a trabajar para una empresa, ésta tendrá la obligación de retenerte el 10% por concepto de IVA y el 10% por concepto de ISR, mismas que deberás restar del impuesto mensual a cargo. Mientras trabajes para empresas el impuesto mensual siempre saldrá a favor, ya que el 10% de retención es elevadisimo casi siempre, este saldo lo recuperas en la declaración anual (solicitando la devolución). La empresa deberá entregarte constancias de retención mensuales o una sola anual, según lo convengas con ellos, ya que sin éstas no podrás comprobarlas.
El régimen de honorarios se caracteriza por no tener prestaciones, así que no tendrás IMSS, INFONAVIT, AGUINALDO, VACACIONES, NI DERECHO A LIQUIDACIÓN SI TE CORREN...
Externa tus dudas al contratante al respecto para que no te lleves sorpresas desagradables.
2006-08-09 11:54:47
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answer #1
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answered by AZUL CELESTE 4
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Si podes amplia la pregunta - a que llamás profesionales, que tipo de empresa, horario, tareeas y tal ves pueda darte una mano
2006-08-09 15:16:01
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answer #2
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answered by jcpittella 1
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VOS SOS UNA PERSONA FISICA las demas son personas juridicas por ejemplo un banco una instittucion son persona juricas por que tienen derechos y obligaciones ....los seres humanos somos personas fisicas y en cuanto a los honorarios..que te puedo cobrar por este asesoramiento
2006-08-09 15:14:58
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answer #3
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answered by roco6664 4
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De cajon son las de ISR e IVA.
si necesitas ayuda con el calculo y como presentarlas contactame
astrigosol85@hotmail.com
estudio para eso
2006-08-09 15:13:52
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answer #4
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answered by >>RuGaR<< 4
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