¿Por qué lo ocurrido en Cromañon involucra la responsabilidad política personal de Aníbal Ibarra?
La masacre de Cromañon causó 194 muertos y dejó un mínimo de 4000 sobrevivientes gravemente dañados, física y/o síquicamente. Superó en un 782 % a las victimas de la Embajada de Israel, en un 199 % a las del avión de LAPA, en un 125 % a las generadas por el ataque a la AMIA. En ella, el 99 % de las victimas fueron jóvenes, con edad promedio entre los 19 y 20 años.
Es entonces la peor masacre de la historia argentina, originada por causas evitables. Por ello, merece de la ciudadanía una consideración seria, profunda y responsable.
La justicia ha actuado hasta el presente, procesando a responsables de la administración del local, a los integrantes del grupo “Callejeros”, a funcionarios públicos como policías, bomberos y personal del Gobierno de la Ciudad, por delitos en general gravísimos (homicidio doloso o culposo) e involucrando a altos funcionarios de carrera de todos los niveles.
A nivel político, ha renunciado todo el personal involucrado directamente hasta nivel de Secretario de Estado (nivel anterior al Jefe de Gobierno), quien a su vez está procesado por homicidio culposo, al igual que otros funcionarios políticos de menor jerarquía.
¿Por qué los hechos ocurridos antes, durante y después de Cromañon involucran también la responsabilidad política personal de Aníbal Ibarra?
Antes de Cromañon
1. Porque desarticuló el área de verificación (Decreto N° 2116 de 10/11/03) invocando un “focazo de corrupción”, pasando a disponibilidad 300 inspectores y reemplazándolos por una cifra 10 veces menor, lo que redujo las inspecciones en un 50% en 2004.
2. Porque a los reemplazantes les retiró la facultad de controlar de oficio, inspeccionándose solo a partir de denuncias de vecinos, no pudiendo inspeccionar por zonas, ni aplicando un mapa de riesgos que indicase cuales eran las zonas más peligrosas (“Once”, “Constitución”, por ejemplo).
3. Porque fue advertido que este sistema desarticulado y desprovisto de recursos entrañaba peligros concretos de una situación como la acontecida en Republica Cromañón, mediante por lo menos 15 gravísimos alertas institucionales y/o de los medios de difusión y/o de ciudadanos.
La lista de advertencias dirigidas al Jefe de Gobierno y desatendidas es la siguiente:
a. la Actuación 2022 de la Defensoría del Pueblo de fecha 8 de mayo de 2003 a partir de la cual se denunciaron controles comunales deficientes que permitían la existencia de muchas discotecas sin habilitación, destacándose que: “Miles de jóvenes asisten todos los fines de semana a locales que no cuentan con habilitación y, por ende, no están debidamente controlados. De esta manera, se desconoce si estos locales cuentan con la infraestructura adecuada para albergar a los asistentes que, en algunos casos llegan a miles, especialmente en lo atinente a las normas de seguridad, prevención contra incendio, medios de salida de emergencia, etc.” (Cfr. Actuación 2022/03 reservada en el Juzgado Instrucción 1, , Sobre K)
b. Actuación 631 de la Defensoría del Pueblo de la ciudad, del 5 de mayo de 2004, señalando muy altos niveles de incumplimiento a las normas vigentes (OM 50.250), destacando que ello “pone en peligro la vida de más de 400.000 personas por fin de semana, especialmente jóvenes”.
c. El artículo en el Diario “Clarín” con fecha 26 de mayo de 2004, (en el cual inclusive se publicó una foto de la discoteca “Kheyvis” en la que años atrás ocurrió algo similar a este hecho), anoticiando sobre el informe de la Defensoria del Pueblo y destacando la gravedad de los hechos advertidos.
d. El informe 10/04 de la Auditoria del Gobierno de la Ciudad que fue presentado en el mes de mayo de 2004, a partir del cual se detectaron en la U.P.I. falencias importantes, tales como escaso personal administrativo e inspectivo; dos mesas de entradas; incumplimiento en el trámite de las denuncias ingresadas a la vez que se carecían de manuales de procedimientos, etc. El informe 10/04 elaborado por la auditora dice que el 75% de los locales se encontraban sin inspeccionar (Cfr. documentación obrante en el Sobre 13, reservado en la secretaria del Juzgado de Instrucción 1).
e. La recepción de las constancias vinculadas al local “República Cromañon” en cuanto al cumplimiento de la OM 50.250, acontecida en el G.C.B.A. con fecha 10 de junio de 2004, pudiéndose constatar que -conforme la última renovación- el certificado de bomberos vencía el día 24 de noviembre de ese año.
f. La advertencia personal de Atilio Alimena al Jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra, el 15 de julio de 2004 subrayándole la necesidad de inspeccionar los locales de baile por el tema de los incendios (declaración del 17 de febrero de 2005, prestada en la causa 247/05, en tramite por ante el Juzgado de Instrucción 1)
g. Las autoridades de contralor del G.C.B.A. también fueron alertadas por la Legislatura mediante la Resolución 359/04 de fecha 30 de septiembre de 2004, a partir de la cual se le requirió al Poder Ejecutivo que informara sobre diversos puntos vinculados específicamente al cumplimiento de las medidas de seguridad en los locales bailables. Tal resolución fue dictada a instancias de los legisladores Enriquez y Ferrero, quienes plantearon su inquietud en la Legislatura luego de la publicación realizada por el Diario Clarín. Los resultados obtenidos a dicha requisitoria fueron alarmantes: la resolución mencionada fue cursada al Jefe de Gobierno el 30 de septiembre de 2004 y, recibida específicamente en el ámbito de la Secretaría de Justicia el día 15 de octubre del mismo año. El pedido de informe fue respondido en forma incompleta y extemporánea el día 3 de febrero de 2005, luego de los hechos. (Cfr. Expediente nro. 63.514/04 reservado en la Secretaría del Juzgado Criminal 1, Sobre C).
h. El comunicado de la Asociación de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, del 25 de noviembre de 2004, que hizo público, a través de su página en Internet (http://www.aaba.org.ar/) y a través de diversos medios, con la firma de su secretario, Norberto Lorenzo, y su presidente, Ernesto J. Moreau. En dicho comunicado y como consecuencia de lo acontecido en Ycua Bolaños, Asunción del Paraguay, se le requiere una urgente respuesta al Jefe de Gobierno informando las medidas adoptadas para evitar una tragedia similar en nuestra ciudad.
i. Nota de la Asociación de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires dirigida personalmente al Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Dr. Aníbal Ibarra, con fecha 25 de Noviembre de 2004, requiriéndole informe si “, se estudian en nuestro medio algunas medidas orientadas a erradicar en lo factible la terrible posibilidad de que se produjera alguna situación análoga. O si por el contrario se estima que las normativas preexistentes resultan suficientes, en punto a exigencias para aprobación de planos de edificación, controles e inspecciones regulares, referentes a nuestro territorio. Asimismo le destaca allí la enorme responsabilidad de vuestro Gobierno sobre este tipo de eventuales siniestros (a la luz de los arts. 104, 105 y 81 de la Carta Magna local) y se comunica forzosamente a las organizaciones gremiales como la nuestra, que ve con profunda inquietud el suceso tan infortunado de la población vecina, y anhela tener la persuasión de que la autoridad de Buenos Aires adopta por su parte los criterios garantizadores de la seguridad general de sus habitantes, al grado de conjurar la eventualidad.
j. La misma nota al Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Dr. Aníbal Ibarra, es cursada por el Presidente de la Asociación de Abogados al mail personal de aquél.
k. La resolución 496/2004, de fecha 25 de noviembre de 2004, ingresado en la Jefatura de Gobierno el 10 de diciembre de 2004, requiriendo informes sobre puntos referidos al cumplimiento de las medidas de seguridad contra incendios y otros siniestros en establecimientos públicos y en supermercados. El pedido debía ser contestado hasta el 30 de diciembre de 2004, pero lo fue el 25 de abril de 2005. En él se requería Informar cuantas inspecciones se han realizado en dichos establecimientos durante el presente año; informar si se han realizado clausuras como consecuencia de las inspecciones; Si todos los establecimientos cuentan con certificados de seguridad contra incendios y si fueron renovándolos anualmente; Si se han iniciado las acciones para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 1346 (BOCBA N° 1970 del 28/06/2004).
l. La declaración de la Cámara de Diputados de la Nación votada el 16 de diciembre de 2004, en la que se expresa “Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo por intermedio del organismo que corresponda, arbitre los medios necesarios para proceder a la realización de un relevamiento de los shoppings e hipermercados de todo el país de manera tal de efectuar un control exhaustivo en todo lo referido a salidas de emergencias, sistemas contra incendios, estado, cantidad y detalle de escaleras y puertas automáticas de acuerdo a los metros cuadrados, verificación de las pertinentes habilitaciones municipales y demás medidas relativas a la seguridad de la población de nuestro país”.
m. El afiche colocado en las inmediaciones de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad y también en Once, relativo al local “Bronco”, advirtiendo el riesgo de un nuevo Kheyvis en dicho lugar, no solo por el exceso de publico sino también por la inexistencia de controles. Es de destacar que este afiche fue acompañado por diversas presentaciones formales hechas en la jefatura de gobierno, una de ellas reiteratoria señalando el citado riesgo, que paradójicamente ingresó el día 30 de diciembre de 2004 en horas hábiles.
n. el informe e intimación de un Juzgado Contravencional, que se dirige personalmente al Jefe de Gobierno, poniendo de resalto la desatención sobre el sector.
o. la ocurrencia de hechos similares y reiterados, que debieran alertar a quien tiene a su cargo la responsabilidad máxima en orden a la prevención de emergencias en la ciudad, a saber: - Local Kheyvis: El 20 de diciembre de 1993, el local con esa denominación, ubicado en Vicente López, Provincia de Buenos Aires, fue arrasado por un incendio, que costó 17 muertos (todos ellos jóvenes, salvo uno). Local Utopía:_El 20 de julio de 2002 se produjo otra masacre en el Distrito Santiago del Surco, de Lima, Perú. Esta discoteca estaba construida en el primer nivel de un centro comercial sito en la Avenida Javier Prado 4200, Monterrico, Surco. Según versiones de testigos que estuvieron en la discoteca, el incendio se originó en la cabina de control musical al manipular con fuego, el cual se prendió y propagó rápidamente por las instalaciones de la discoteca. Como resultado 29 jóvenes murieron y 54 quedaron heridos. También pueden listarse otros hechos que debieran constituir claras advertencias: - 1 de noviembre de 1970, 146 personas murieron en un incendio que devastó la disco “5-7” en Saint-Laurent-du-Pont, Francia; - 25 de marzo de 1990: 87 muertos en un incendio provocado en un club en Nueva York (Estados Unidos); - 27 de noviembre de 1994: 234 muertos en el incendio de una discoteca en Fuxin, China; - 8 de diciembre de 1994: 325 muertos, la mayoría escolares, en un cine de Karamay, en Xinjiang (noroeste de China); - 15 de febrero de 1995: 67 muertos en un bar de Taichung (Taiwan); - 18 de marzo de 1996 en Manila, Filipinas, donde murieron 153 personas; - 26 de diciembre de 2000: 309 personas perecen en un incendio que arrasa un centro comercial y una discoteca en Luoyang, China; - 18 de agosto de 2001: 78 personas mueren en el incendio de un hotel en Quezon City, cerca de Manila (Filipinas); - 1 de setiembre de 2001: 44 muertos en un incendio en una sala de juegos en el barrio de Kabukicho, en Tokio (Japón); - 1 de diciembre de 2002: 50 personas mueren en el incendio de una discoteca en Caracas (Venezuela); - 20 de febrero de 2003: En EEUU, un incendio deja 100 muertos y 200 heridos en un club de West Warwick (Rhode Island).
4. Porque desatendió todas estas advertencias, ya que a pesar de señalársele que el sistema que implementó después de denunciar el “focazo de corrupción” era insuficiente, peligroso e inoperante, nada hizo.
5. Porque no ejerció el poder de policía en el sector, permitiendo que se sujetase a un sistema de direccionamiento (via handy: Cemento), prebendas o inasistencia (Cromañon).
6. porque “REPUBLICA CROMAÑON” no era inspeccionado desde el 29 de marzo de 2003 y de no existir ningún reclamo (o algún hecho como el que nos ocupa) seguramente hubiera continuado en funcionamiento en el estado en que estaba por mucho tiempo más. Ésto, a pesar de que existían los recursos para hacer las fiscalizaciones necesarias y cumplir con las tareas exigidas. La cuestión es que no se tomó la decisión de controlar aquellos lugares, sino que prefirió avocarse a otras cuestiones de la “agenda política” (declarado en la interpelación de febrero de 2005). Véase la evidencia con la evolución del numero de inspectores: Marzo/Abril 2004: 50 inspectores; - Mayo 2004: 110 inspectores: - Junio 2004: 130 inspectores; - Julio 2004: 156 inspectores; - Septiembre 2004: 200 inspectores; - Octubre/Diciembre 2004: 196 inspectores.;
7. Porque no previno ni preparó el sistema de emergencias, a pesar de que la ciudad padeció situaciones extremas como Embajada de Israel, Amia y Lapa.
En la emergencia
8. Porque en la emergencia concreta, como Jefe de Gobierno y, en consecuencia, titular del Comando Operativo de Emergencia, no condujo el operativo, lo que dio lugar a un desarrollo anárquico del rescate de las víctimas, delegado en ellas mismas, y con una inexistente clasificación por su gravedad, lo que impidió su atención medica adecuada, agravada por la derivación a centros sanitarios por quienes manejaban móviles policiales sin ningún criterio médico ni apoyo logístico y, en menor medida, por ambulancias -en general no provistas de oxigeno-, aumentando el resultado fatal de Cromañón. Se ha estimado en un 60% los jóvenes fallecidos por abocarse a la tarea solidaria de rescatar a otros jóvenes.
9. Porque se abandonó a su suerte a las victimas secundarias (familiares y allegados), que no sólo no recibieron información durante la noche del 30.12.04, sino que tampoco fueron ayudadas en tan traumáticas instancias ni siquiera con orientación.
10. Porque se produjo el abandono de los cuerpos de los fallecidos y falta de coordinación con la morgue judicial, lo que dio lugar a que infinidad de fallecidos estuvieran transitando en morgueras, sometidos a altas temperaturas mientras la capacidad de frío del cementerio de la Chacarita (suficiente para albergar a la totalidad de las victimas fatales: 195 cuchetas) no fue empleada.
11. Mientras lo relatado en los puntos 9 a 11 anteriores ocurría, el Jefe de Gobierno se preocupaba en conocer quien era el fiscal de la causa (1.30 A.M. del 31.12.04) y en propiciar una conferencia de prensa del secretario de Salud que mostraba una imagen falaz del manejo de la emergencia, enfatizando que el local estaba habilitado (alrededor de 2.00 A.M. del mismo día).
Después de Cromañon
12. Porque con las mismas normas, luego de producida la masacre, adoptó la decisión política y funcional de hacerlas aplicar y la mayoría de los establecimientos no pudieron funcionar por incumplimientos de las medidas de seguridad, por un lapso que se extendió en la mayoría de los mismos durante un mínimo de cuatro meses.
De dichas imputaciones surge que el negligente obrar del Jefe de Gobierno exponenció los niveles de riesgo, convirtiéndose en la condición necesaria para que la masacre tuviera lugar, perpetrándose luego por la concurrencia de otros factores privados y públicos, de los cuales algunos –como vimos- también fueron de su competencia.
Sin estas negligentes decisiones, la masacre no habría tenido lugar. Sin las otras negligentes acciones posteriores la cantidad de muertos y heridos hubiera sido mucho menor.
ESTOS SON HECHOS, NO CONJETURAS, QUE HOY SE SILENCIAN.
ESTOS SON HECHOS QUE JUSTIFICAN SOBRADAMENTE EL JUICIO POLÍTICO Y POR ESO SE ENCUBREN.
CONÓZCALOS Y DIFÚNDALOS Y ASI HABREMOS CONTRIBUIDO A QUE NO SE REPITA
ES HORA DE QUE EN NUESTRO PAIS SE TERMINE CON LA IMPUNIDAD. ÉSTE PUEDE SER EL COMIENZO.
2006-08-07 11:57:54
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answer #1
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answered by okkkk 2
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