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2006-08-02 06:50:06 · 8 respuestas · pregunta de Anonymous en Ciencias sociales Otros - Ciencias sociales

8 respuestas

El PCE considera que los pueblos tienen el derecho a la autodeterminarse; a elegir su manera de gobernarse y relacionarse con el resto. Ahora bien, el sujeto de este derecho no es la "nación" como concepto abstracto basado en una identidad étnica, lingüístico-cultural o mitólogica, sino los ciudadanos y las ciudadanas concretas que viven y trabajan en un territorio.

2006-08-02 06:53:59 · answer #1 · answered by Anonymous · 0 0

El PCE considera que los pueblos tienen el derecho a la autodeterminarse; a elegir su manera de gobernarse y relacionarse con el resto. Ahora bien, el sujeto de este derecho no es la "nación" como concepto abstracto basado en una identidad étnica, lingüístico-cultural o mitólogica, sino los ciudadanos y las ciudadanas concretas que viven y trabajan en un territorio.

2006-08-05 00:01:20 · answer #2 · answered by Final Hope 4 · 0 0

Que es independiente de todo, No necesita de retroalimentacion con su entorno.

2006-08-02 16:34:32 · answer #3 · answered by siakito167 3 · 0 0

cuando un estado goza de independencia politica...asi puede gobernarse mediante sus propias leyes, obviamente sin q esten en contradiccion con las leyes superiores a este estado...
en cambio, los estados autarquicos son los q pueden administrarse por si mismos, o sea tiene independencia economica...ellos recaudan para sus gastos...

2006-08-02 14:09:08 · answer #4 · answered by archi_lucky 2 · 0 0

"Varios pueblos y civilizaciones vivieron en la Península Ibérica. El proceso de formación de España y su unidad fue largo y difícil. Los pueblos de la meseta fueron, entre todos los hispánicos, los que se esforzaron por conseguir y mantener la unidad. Los de la periferia costera se inclinaron hacia la autonomía y la dispersión. Ésta es la razón de que siempre se haya manifestado, con más o menos vigor, un cierto enfrentamiento entre las tendencias disgregadoras de signo autonomista y el centralismo unionista que predominó desde el Renacimiento y se impuso a principios del siglo XVIII.

La unidad política total de la Península Ibérica sólo fue efectiva, por otra parte, bajo la tutela de Roma. Ni siquiera la común dependencia de los Estados español y portugués de un mismo soberano, entre 1581 y 1640, contribuyó al reforzamiento de los ideales unitarios.

La Constitución de 1978 asume la tradición autonómica de los pueblos y de las nacionalidades hispánicas. El Estado español está integrado, en consecuencia, por las Comunidades Autónomas siguientes: Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Cataluña, Comunidad Balear, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, La Rioja, Comunidad Autónoma de Madrid, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco, Principado de Asturias y Región de Murcia.”

[Quesada Marco, Sebastián: Curso de Civilización Española. Alcobendas (Madrid): Sociedad General Española de Librerías, 1987, pp. 14-15]

“La división de España en comunidades autónomas está basada en la propia historia de los pueblos que hoy constituyen el Estado Español. La mayoría de los historiadores coinciden en que fue el periodo de la Reconquista (722-1492), es decir, de la conquista de los territorios ocupados por los árabes, el que determina la actual división territorial de España.

La pervivencia de algunas características propias de determinadas comunidades después de la unidad política de España (1492) pudo deberse, entre otras zonas, a la existencia de otras lenguas, además del castellano, a la debilidad del poder real o a que en España no se produjo una verdadera revolución burguesa.

España se dividía en reinos y principados hasta que la constitución de 1812, inspirada en las corrientes reformadoras y uniformistas de la revolución francesa, determinó otras divisiones territoriales y en 1833 se crearon 49 provincias. El número aumentó a 57 provincias en el año 1845 y esta división, con pequeñas reformas, pervivió hasta la I República de 1873, durante la cual se discutieron otros posibles sistemas de gobierno territorial de España: cantonalista, federal, unitario, etcétera.

Fue la II República (1931-1936) la que trató de solucionar constitucionalmente el problema territorial, mediante una fórmula intermedia entre el estado unitario y el federal, con el denominado Estado Integral, compatible con la autonomía de municipios y regiones. Durante el periodo de la República y como desarrollo de la Constitutión de 1931, se instauró en Cataluña un régimen estatutario, ratificado en plebiscito en 1931 y aprobado por las Cortes en 1932. En el País Vasco también fue votado en plebiscito, con la autoexclusión de Navarra, un estatuto autonómico que entró en vigor en octubre de 1936, pero su desarrollo fue interrumpido bruscamente por la Guerra Civil.

Por último, el Estatuto de Galicia, aprobado en junio de 1936, ni siquiera llegó a ser sancionado por las Cortes. Estas tres comunidades – Cataluña, el País Vasco y Galicia – se denominaron comunidades históricas por haber disfrutado, en maroy o menor medida y duración, de un régimen autonómico. El comienzo de la Guerra Civil el 18 de julio de 1936 impidió el desarrollo de estos estatutos autonómicos y, finalizada la guerra, el triundo del Movimiento Nacional implantó la unidad nacional y se suprimieron las autonomías.

En 1975, con el restablecimiento de la Monarquía, comenzó un nuevo proceso autonómico. Después de la publicación de la Ley para la Reforma Política (4-I-77) y de la celebración de las primeras elecciones para el Congreso y el Senado (15-VI-77), comenzaron a constituirse por decreto-ley diferentes regímenes preautonómicos (1977.1978).

En la actualidad, con la excepción de Ceuta y Melilla, ciudades españolas en la costa de Marruecos, existen diecisiete comunidades autónomas."

[Moreno de los Ríos, Belén: Buscando España. Madrid: Ministerio de Cultura, Dirección General de Cooperación Cultural, Sevicio de Difusión del Español, 1991, pp. 9-14]




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La Constitución Española de 1978 garantiza e instituye el llamado Estado de las Autonomías, por el que se reconoce y protege las diversas nacionalidades y regiones que constituyen España.

La Constitución garantiza el derecho al autogobierno de todas las nacionalidades y regiones del país y establece un sistema abierto y flexible para acceder a ése autogobierno, basado fundamentalmente en la capacidad normativa para redactar y aprobar sus propias leyes

2006-08-02 14:00:54 · answer #5 · answered by HL 4 · 0 0

El Estado de la Autonomías es cuando se reunen el parlamento autonómico para dar los datos del gobierno autonómico, ya hablan y hablan y piden y piden y piden tambíen puede ser lo de abajo.
Se entiende que por lo visto que Europa va a ser un Estado con regiones y se va a comer a todas las naciones y hay regiones que quieren ser Estados dentro de las naciones; pero si Europa va a ser un estado no admitirá estados; sino regiones,

2006-08-02 14:00:03 · answer #6 · answered by Fora Aranda de Duero Villaba 7 · 0 0

los que se valen por si mismos

2006-08-02 13:56:00 · answer #7 · answered by Anonymous · 0 0

La autonomia del estado es la potestad del ente federal de gestionar libremente las materias de su competencia. En este sentido, la constitucion y las leyes le asigna a los entes potestades necesarias para realizar sus competencias sin el intervencionismos de estados extranjeros.

2006-08-02 13:54:13 · answer #8 · answered by POW 3 · 0 0

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