En mi opinión , lo peor es que pagas mucho dinero que no va al autor de 100 que pagas, algo así como el 30 va al sello o a la editorial, mucho en publicidad y solo el 7 o así para el autor.
Te pagan una sola vez lo que construyes, pero si lo que construyes es de tu propiedad, te siguen pagando cuando alguien lo usa.
2006-08-02 06:40:48
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answer #1
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answered by mutisamadis 3
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Son derechos de autor intelectual por crear algo original no de autor material por fabricar algo.
A ti te pagan cada vez qeu construyes o fabricas un objeto. Si quieres que te paguen por el uso de un objeto ese es otro tema. En ese caso deberías alquilarlo o rentarlo en vez de venderlo.
2006-08-02 13:42:33
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answer #2
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answered by ))<>(( forever. 5
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un albañil no, porque el no diseña, solo sigue ordenes y gana dinero por sudor, un florista podria pedir derecho de autor de algun arreglo floral, (no crees que seria un problema encontrar a todos los que usen su arreglo), un panadero podria pedir por una receta... los derechos de autor son los honorarios del artista, el que gane mas que otros es simplemente las vueltas que da la vida...
2006-08-02 13:40:59
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answer #3
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answered by dime 3
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Porque en los derechos de autor se trata de derechos intelectuales.
2006-08-02 13:40:44
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answer #4
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answered by Julián 5
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Que hay que respetarlos y pagar por ellos. A la piratería dile NO.
El albañil, el panadero y el florista no son autores de nada. Su trabajo es rutinario y mecánico, salvo que creen algo original, y en ese caso, podrían, tal vez, patentarlo.
2006-08-02 13:40:02
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answer #5
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answered by Carlanga 3
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El derecho de autor (del francés droit d'auteur) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística o científica, tanto publicada o que todavía no se haya publicado.
En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright que, por lo general, comprende la parte patrimonial de los derechos de autor.
Campo de aplicación
La protección del derecho de autor abarca únicamente la expresión de un contenido, pero no las ideas. Para su nacimiento no necesita de ninguna formalidad, es decir, no requiere de la inscripción en un registro o el depósito de copias, los derechos de autor nacen con la creación de la obra.
Son objeto de protección las obras originales, del campo literario, artístico y científico, cualquiera que sea su forma de expresión, soporte o medio. Entre otras:
Libros, folletos y otros escritos;
Obras dramáticas o dramático-musicales;
Obras coreográficas y las pantomimas;
Composiciones musicales con o sin letra;
Obras musicales y otras grabaciones sonoras;
Obras cinematográficas y otras obras audiovisuales;
Obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía;
Obras fotográficas;
Ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas relativos a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias;
Programas informáticos.
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris). Por ejemplo, en el derecho europeo, 70 años desde la muerte del autor. Dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales.
2006-08-02 13:38:43
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answer #6
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answered by cristina_xar 5
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