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En México

2006-07-07 11:54:52 · 3 respuestas · pregunta de V V 4 en Educación Educación Universitaria y Post Grados

3 respuestas

todo este rollo lo saque de este portal, es importante considerar que si es despido injustificado no aplica la indemnizacion de tres meses..

saludos

Qué significa esto? Como tú sabes, cada año de trabajo te da derecho a determinados días de vacaciones. Los días son los mínimos de Ley, si es que tu patrón no te otorgaba más. Por ejemplo, el primer año tienes derecho a 6 días. Para el segundo año tienes derecho a tomarte 8 días.
Si nunca tomaste vacaciones significa que has devengado 6 días por el primer año y, como trabajaste 6 meses en el segundo año, significa que devengaste 50% de los 8 días. Te da un total de 10 días (6+4).

Ultimo salario diario X 10 días = Vacaciones

Si te tomaste las del primer año, nomás tienes derecho a 4 días.


(2) prima vacacional

Por Ley tienes derecho al 25% del importe de las vacaciones. Al menos que tu patrón te haya otorgado una prestación superior (30%, 35%...)

Importe de las vacaciones X 25% = Prima Vacacional


(3) Aguinaldo proporcional a los días trabajados en el año. El mínimo de Ley son 15 días. A menos que tu patrón ofreciera una prestación mayor.

[ (Ultimo salario diario X 15 días ) / 365 días ] X Número de días transcurridos desde el primero de enero de 2006 a la fecha de tu renuncia.

Desde luego, se te deben entregar tus aportaciones y las del patrón al fondo o caja de ahorro, con sus respectivos rendimientos, si es que el patrón tenía establecida esta prestación.

Generalmente también se incluye en el mismo finiquito (liquidación) los salarios y las demás prestaciones devengadas (por días laborados) que no se hayan pagado al trabajador. Por ejemplo: si lo liquidas el día 9, de la quincena del 2 al 16 del mes, incluirías el sueldo y las demás prestaciones correspondientes a los 8 días laborados.


Si la relación de trabajo era por tiempo indefinido, en caso de despido injustificado el patrón está obligado a pagar:

1. Indemnización equivalente a 3 meses de salario (generalmente se utilizan 90 días).
2. Indemnización equivalente a 20 días de salario, por cada año de servicio. Desde luego, si no tiene un año de servicio completo, no tiene derecho a esta indemnización.
3. Parte proporcional de la prima de antiguedad. Por cada año de servicio deberá pagársele 12 días de salario. Sin embargo, el salario que se considere para el cálculo no podrá exceder de 2 veces el salario mínimo del área geográfica en donde preste sus servicios.
En el caso de la prima de antiguedad, sólo las fracciones de antiguedad superior a 6 meses se considerará un año completo de servicio. Por ejemplo: 5 años y 2 meses = 5 años; 3 años y 7 meses = 4 años.


Nota: Respecto a qué debe entenderse por "salario" para el cálculo de la indemnización, existe el criterio (jurisprudencia) que debiera ser un "salario integrado" (no hay que confundirlo con el del IMSS), que incluya todas las remuneraciones que se le hacían al empleado por su trabajo.

Sin embargo, la totalidad de los pagos de indemnización ESPONTANEOS que yo he examinado utilizan el SALARIO DIARIO del trabajador.

2006-07-08 06:52:45 · answer #1 · answered by KUNN 7 · 4 0

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2017-03-03 21:34:28 · answer #2 · answered by ? 3 · 0 0

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2016-07-12 21:33:21 · answer #3 · answered by Anonymous · 0 0

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