Hola, soy cubana, casada con español y nacionalizada española desde 2003. En 2001 mis padres estuvieron aquí con visado de turistas. Quisiera saber cuál es el procedimiento para traerlos a vivir conmigo, a mi cargo. Tienen 66 y 67 años y son jubilados en Cuba.
El Real Decreto 2393/2004, define la reagrupación familiar como
«el extranjero que haya sido autorizado a permanecer en España en virtud del derecho a la reagrupación familiar ejercido por un extranjero residente»
pero en este caso, yo ya no soy extranjera residente, sino española. Entonces no sé si procede esta figura.
Tampoco en los artículos del Código Civil referentes a la nacionalidad, mis padres entrarían en los supuestos en que los correspondería adquirir la nacionalidad.
¿Qué procedimiento ampararía que ellos pudieran venir a conmigo? ¿Sería una residencia temporal ordinaria no lucrativa? ¿Suelen conceder la residencia en estos casos?
Muchas gracias de antemano a quien pueda aclararme algo.
2006-12-17
05:54:47
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pregunta de
Anonymous
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Inmigración