Quería saber que pasos debe seguir el abogado, en el juzgado, luego que se dictaminó la sentencia del divorcio vincular en común acuerdo. Mi divorcio ( art.214 inc 2°, 232, 217,218 del C. civil y 335 de CPCC), debíamos pagarlo ambos cónyuges y solo lo pagé yo, mi abogado dio constancias de pago, aporte e ingresos brutos y especificó que lo pagué yo, además solicitó a través de mi, peticionar que se expida el testimonio y oficio respectivo. El juez, da cumplimiento a ésto y dice que : Previo a lo solicitado en el el cuarto párrafo ( que es el de la petición de testimonio y oficio) dése cumplimiento con la notificación ordenada a fs.31. Yo al abogado le pagué en Febrero y recién en Mayo, luego de varios pedidos de terminar con ésto, eso es lo tengo en el expediente del divorcio. Mi duda, es si el oficio debe presentarlo mi abogado ante el tribunal, se que son tres copias de oficio, y eso luego se presenta en la Plata y después el testimonio. Juzgado de Flia N° 3 de Lomas.
2007-06-06
13:25:12
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pregunta de
Anonymous