La constitución estipula la división de poderes de Montesquieu típica de un Estado de Derecho, y estos son Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Es decir, que el poder JUDICIAL (es decir, los jueces) debe ser independiente, no así los Fiscales.
El Ministerio Fiscal es por definición dependiente del Gobierno (art 124. de la CE), TODOS los fiscales están subordinado al Fiscal General del Estado y le deben obediencia, y a este lo nombra el Gobierno.
De hecho, el Ministro de Justicia ya dijo la famosa frase de que eran "sus" jueces y "sus" fiscales (antes de negarlo, miradlo).
Con lo de los jueces ya se pasó 3 pueblos.
2007-03-23
12:08:42
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Anonymous
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